10/09/2008

«Cromañón pone de manifiesto la lógica a través de la cual funcionan dentro del capitalismo las empresas»

Cromagnon_13.jpg A poco más de tres semanas de comenzado el juicio por las 194 muertes ocurridas por el incendio en el boliche Cromañón el 30 de diciembre de 2004, ANRed charló con María del Carmen Verdú acerca de los alcances del juicio y sobre el enfoque legal con el que encara la causa el grupo de querellas al que representa. «Este es un juicio profundamente incompleto porque faltan Ibarra, López, Antuña, y todos los demás funcionarios intermedios en la cadena jerárquica», del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, señaló la abogada.


Como ya se encargaron de reflejar los medios masivos, la causa Cromañón comenzó hace 24 días en Tribunales. Cada padre o familiar damnificado que acusa se constituyó, así, en una querella. Y debido a cómo se estructuró desde un principio el juicio, las querellas se agruparon en cuatro grupos. María del Carmen Verdú representa, junto con otros abogados a uno de esos cuatro grupos de familiares. En esta entrevista con ANRed la abogada habló sobre cómo se instruyó el juicio y de los alcances del mismo, como así también de las ausencias políticas entre los acusados, los niveles de responsabilidad en el caso Cromañón y porqué no acusan a Callejeros.

 ANRed: ¿Cómo está estructurada la causa?

 María del Carmen Verdú: Hay cuatro grupos de querellas. A partir de la gran cantidad de personas fallecidas y que (creo que están todos los familiares de estas personas presentados como querellantes, más los 1500 y pico de sobrevivientes), los cuales, muchos, están presentados como querellantes, la jueza que intervino en la instrucción- la dra. Crotto- decidió muy temprano requerir a todas las partes que se unificaran en alguna de las querellas que ya estaban presentadas. Esto generalmente se hace cuando la causa ya está elevada a juicio. O sea, durante la instrucción generalmente no hay problema en que haya muchas querellas. Total, es todo por escrito.

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En realidad, la única complicación real para el tribunal es que cada vez que tienen que notificar algo, tienen que sacar tantas cédulas como partes hay. Entonces, gastan un poco más de papel. Pero, en este caso, la jueza Crotto pidió unificación de las querellas en los primeros días de enero del 2005. De hecho, me acuerdo que estaba todavía el expediente en secreto de sumario y ni siquiera sabíamos cuál era el planteo que estaban haciendo los demás colegas que estaban interviniendo por otras partes. Además, decidió en forma absolutamente irregular que se unificara en un querellante en particular, el doctor Iglesias, que tiene la particularidad de ser abogado; por lo que se autopatrocina. En realidad, está mal que los medios hablen de las querellas por los nombres de los abogados. En realidad, el cabeza de querella es un querellante, un padre de una víctima o un damnificado pero se identifica con el abogado porque en el caso de Iglesias coinciden en la misma persona ambos caracteres.

En aquel momento no coincidíamos con lo que, al menos públicamente, venía diciendo el doctor Iglesias (porque no habíamos visto el expediente ni mucho menos) en cuanto a las presentaciones de las personas imputadas, la calificación de los delitos, la estrategia general en la causa. Entonces, pedimos ser tenidos como grupo de querella autónomo. Sumado a esto que otros colegas que ya estaban presentados se encontraron con el mismo problema. Nos conocíamos de algunos casos y entonces conformamos esta agrupación en la cual quedamos los doctores López S. y Parrilli, y yo, como co-patrocinantes de Leticia Gómez, que es nuestra cabeza de querella.

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Sin perjuicio de que después se fueron acumulando porque cada querellante que se presentó en la causa tuvo que optar por una u otra agrupaciones de querella. Después se abrieron otras dos agrupaciones. Así se conformaron las cuatro que hay ahora. Cada una reúne una cantidad no sólo de querellantes propios sino de estudios que han unificado con esa cabeza de querella. En el caso de este estudio, Stragá-Verdú, tenemos 25 querellas que son clientes del estudio pero, además, hay alrededor de 18 colegas que, cada uno con su respectiva cantidad de querellantes, han unificado con nosotros.

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 ANRed: ¿Qué grados de responsabilidad hay en el caso Cromañón?

 M.C.V.: Nosotros, desde el principio, planteamos que la responsabilidad penal básica está reposando en dos sectores de imputados: lo que podemos llamar el sector de la explotación comercial y empresarial, básicamente representado en este caso por Chabán y Villarreal, y el otro sector, que nosotros entendemos de mayor responsabilidad inclusive, que es de los funcionarios del Gobierno de la Ciudad, que no solamente omitieron una serie de actos que hubieran evitado la tragedia sino que además tenían la responsabilidad legal porque su función era garantizar la vida, la integridad física y la seguridad de las personas que iban a un lugar público, sometidos a su poder de policía.

Por eso, en el requerimiento de elevación a juicio, que ha sido coherente con el planteo que hicimos desde la primera querella el 3 de enero, planteamos que tanto Chabán como Villarreal como los funcionarios municipales debían ser condenados por homicidio simple con dolo eventual, teniendo en cuenta que cada uno de ellos tuvo el dominio del hecho sobre una porción de esos hechos.

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 ANRed: ¿porqué no acusan a Callejeros?

 M.C.V.: Más allá de que hay elementos técnicos y jurídicos para considerar que su responsabilidad desde el punto penal es mucho menor. Creemos que esforzarse en condenarlos a ellos puede llevar a descuidar el objetivo fundamental que nos han encomendado los querellantes que representamos, que es garantizar la condena de Chabán y Villarreal, y lograr la condena de los funcionarios municipales por un delito más grave que por el que los acusa la fiscalía.

En el caso de Chabán y Villarreal, coincidimos con la fiscalía en cuanto a la gravedad, si bien el fiscal acusa por estrago doloso, la pena sería más o menos equivalente a la del homicidio simple con dolo eventual. Pero en el caso de los funcionarios municipales, la fiscalía se limita al «incumplimiento de los deberes del funcionario público», que es un delito excarcelable, porque tiene una pena menor a cinco años. Mientras que nosotros sostenemos el delito de homicidio y, por ende, vamos a pedir una pena que va a rondar los 20 ó 25 años de prisión. Son nuestros querellantes los que han acordado, en función de esa estrategia, no formular acusación contra los integrantes de la banda, lo que no significa defenderlos.

 ANRed: ¿por qué no está Aníbal Ibarra ni como acusado ni como testigo en la causa?

 M.C.V.: Ibarra tiene un sobreseimiento firme dictado por la Cámara de Casación y avalado por la Corte Suprema. Planteamos desde el primer momento que la responsabilidad del sector público abarcaba desde la jefatura de gobierno hasta el último funcionario municipal, hasta el último inspector. Por eso, decimos que la éste es un juicio profundamente incompleto porque faltan Ibarra, López, Antuña, todos los demás funcionarios intermedios en la cadena jerárquica desde jefatura de gobierno hasta el último inspector que no hizo lo que debía. El problema es que se tardó mucho en lograr que el juzgado imputara a, por ejemplo, Ibarra; por lo cual, los tiempos requerían que se llegara a juicio este año porque, de lo contrario, como la fiscalía solamente está acusando por incumplimiento de los deberes de funcionario público a los tres funcionarios que están hoy sentados en la sala de debate (Torres, Fernández y Fizbin), de seguir demorando el trámite, la acción penal con respecto de ellos podía prescribir y es un riesgo que no se podía correr. Entonces, por eso hubo que admitir este desdoblamiento de las actuaciones. Sin duda, la situación ideal sería tener un juicio donde estuvieran todos.

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 ANRed: ¿Cuáles son las expectativas que tienen con respecto a las condenas finales en el juicio?

 M.C.V.: Nosotros lo que esperamos, y vamos a buscar, es la condena de aquellos que imputamos; de Chabán, Villarreal y de los funcionarios. Hago una aclaración con respecto de los policías porque podría parecer que no los estamos acusando. El tema es así: los policías llegan a juicio imputados por cohecho, es decir, por haber recibido coimas, delito del cual están imputados, a su vez, Chabán, Villarreal y los Callejeros, que son quienes habrían pagado las coimas. El punto es que ellos no fueron indagados por hechos vinculados al 30 de diciembre de 2004 sino por anteriores que es cuando se probó que recibieron coimas, en otros recitales, otros eventos que se hicieron en el local República Cromañón porque, de hecho, el incendio impidió que pasaran a cobrar la coima. Por otro lado, el delito de cohecho es un delito contra la administración pública, no es un delito del que resultan damnificadas ni las personas sobrevivientes ni los familiares de las víctimas fallecidas. Por lo tanto, ninguno de los querellantes individuales tiene lo que se llama «legitimación activa» para reclamar la elevación a juicio, acusar y pedir pena por un delito del que no son víctimas. Hacerlo implica la nulidad de ese acto procesal. Entonces, no es que nosotros no manifestemos en todas las presentaciones la comisión de este delito por parte de la policía: no tenemos legitimación para ser nosotros quienes impulsemos la acción porque es un delito por el que solo puede acusar el fiscal.

 ANRed: ¿Qué dice sobre la Argentina el caso Cromañón?

 M.C.V.: Pone de manifiesto cuál es la lógica a través de la que funcionan dentro del capitalismo las empresas. Es la lógica del capitalismo. Un empresario que privilegia el ánimo de lucro antes que todo, y un aparato gubernamental encargado de garantizar que haya cierto límite a partir del cual no se lucra, porque es el que tiene que ver con la garantía de seguridad, de integridad física que, lejos de eso, forma parte de ese mismo aparato, que no es corrupto porque haya uno, dos o 100 funcionarios corruptos, o 5000, sino porque así es como funcionan las cosas en el capitalismo. Porque la tasa de ganancia es el eje director de toda la estructura de la sociedad.

Lo que pasó en Cromañón podría haber pasado en un club de fútbol, en una cancha de tenis o en cualquier otro sitio de similares características que se hubieran dado las circunstancias que se dieron allí: una gran cantidad de personas, un lugar con una mínima medida de escape o salida. Sin puerta de emergencia o con puerta de emergencia, que para encontrarla había que llevar una lupa, con las puertas principales cerradas, con la puerta alternativa que además era la que tenía el cartel de «Salida» y, por lo tanto, atraía a la gente porque era un portón grande, trabado con cadenas, con alambres, con candados. Sumado a ello, la existencia de material altamente tóxico que al entrar en combustión era veneno puro, circunstancia que estaba allí presente por la cuestión de ahorrar plata. En fin»¦ Todas las circunstancias que produjeron la masacre tal como ocurrió.

El hecho de que fuera un lugar donde se escuchaba rock y no un lugar donde al mediodía se hacía una payada folclórica, fue simplemente una casualidad. Lo que pasa es que resulta más interesante vincular este tipo de hechos con un tipo de música o de grupo cultural. Cromañón se trata de un hecho diferente a la política represiva del Estado: se trata de un hecho que tiene que ver con la explotación capitalista. Cuando ocurre la detención y muerte de Walter Bulacio, salieron muchos periodistas «progres» a discutir el vínculo entre la violencia y el rock como si no hubiera torturas a detenidos en lugares diferentes a los recitales de rock, en canchas de fútbol, en bailantas o simplemente caminando en la calle a las tres de la tarde.



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