09/06/2018

El «5% adicional» del macrismo a los salarios: lo único importante es lo que no se dice

Mientras todos hablan del FMI, por obvias razones, ayer se publicó en el Boletín Oficial el decreto que “habilita” la negociación de un 5% adicional en las paritarias. La historia podría llamarse: mucho ruido y ninguna nuez. Van algunas precisiones. Por Luis Campos | Observatorio del Derecho Social.

-El decreto 508/18 jurídicamente es la nada misma. No le otorga a los sindicatos ningún derecho que no tuvieran ni tampoco pone límites adicionales a los ya existentes (al menos en la lectura literal)

-La norma establece que los sindicatos y las cámaras que ya cerraron acuerdos para este año (en cualquier fecha, por cualquier porcentaje) pueden negociar voluntariamente un adicional del 5% en dos cuotas y que el Ministerio de Trabajo lo homologará rápidamente

-Esto aplica para sindicatos que negociaron en diciembre (UTEDyC) y para sindicatos que superaron el 15% (aceiteros, obras sanitarias, construcción, etc). Quedan afuera los trabajadores del sector público

-Según la ley 14.250 las partes son libres de llegar a acuerdos sobre lo que quieran, cuando quieran y como quieran. El único límite es que no pueden violar el orden público ni afectar el interés general

-Si existe un acuerdo entre la partes, no hace falta esperar al momento de la cláusula de revisión. El incremento adicional se puede negociar en cualquier momento y por cualquier porcentaje. El decreto 508/18 no agrega nada nuevo al respecto

-La novedad pasa por la creación de un “procedimiento simple” para la homologación de los acuerdos (art. 4). Aquí lo único importante es lo que no se dice. El diablo está en los detalles

-La creación de un “procedimiento simple” para homologar los acuerdos que siguen las pautas fijadas por decreto por el PEN da cuenta de que la homologación de aquellos que no las sigan estará más “complicada” (siendo generoso)

-Desde hace unos cuantos años el Ministerio de Trabajo pone límites “en los hechos” a la homologación de acuerdos salariales que vayan más allá de la “pauta sugerida”, pero nunca se había animado a ponerlo por escrito

-De más está decir que la no homologación de acuerdos salariales que no son del agrado del PEN es una violación abierta a la ley 14.250, al Convenio 98 de la OIT y al art. 14 bis de la CN, aunque está claro que esto no importa mucho

-Dicho esto: ¿qué se llevó la CGT de la reunión de ayer? Si es por el decreto 508/18, nada nuevo. Las negociaciones dependerán de la fuerza de las partes, serán más o menos rápidas, y pactarán aumentos de magnitudes diversas…o no

-¿Qué es lo más importante del decreto 508/18? El blanqueo indirecto de una práctica existente hace años. El Ministerio de Trabajo no homologará acuerdos que vayan más allá de su “pauta”. Solo zafarán los sindicatos más fuertes, que tendrán apelar mucho a la contabilidad creativa



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