20/06/2016

Anulan condena a militares acusados del fusilamiento de 14 militantes del PRT-ERP en 1974

Comunicado de Prensa:

REPUDIAMOS EL FALLO DE LA SALA III DE LA CAMARA DE CASACION QUE DEJA LIBRES A LOS FUSILADORES DE CAPILLA DEL ROSARIO

La Sala III de la Cámara de Casación Penal en un fallo deplorable de los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci, con la disidencia de la jueza Ana María Figueroa, anularon las condenas al Capitán Carrizo Salvadores, al Teniente Nakagama y al Teniente primero Acosta, todos integrantes del Regimiento de Artillería 17 (RA-17) y ordenaron sus libertades a pesar de haber ordenado y participado del fusilamiento de 14 militantes del PRT-ERP en el año 1974

Según los jueces no hubo fusilamientos, sino todos murieron en un enfrentamientos con efectivos del ejército, a pesar de que ya en ese momento tres médicos forenses que participaron en la autopsia indicaron que murieron por impactos de bala ocurridos a corta distancia y en lugares vitales (fusilamientos), como así también lo atestiguaron en el juicio testigos, inclusive un conscripto. Los jueces Riggi y Catucci vuelven a reivindicar la teoría de los enfrentamientos con que los militares intentaron disimular desde el Operativo Independencia ocurrido durante el gobierno de Isabel Martínez hasta el final de la dictadura, lo que fueron verdaderos fusilamientos. Retrotrayendo con este fallo la lucha por Memoria, Verdad y Justicia a 1983.

Asimismo estos jueces plantean que el accionar de las FFAA en este hecho no formó parte de un plan sistemático, ya que se llevó adelante durante un gobierno constitucional, desconociendo toda la documentación que se fue reconstruyendo durante estos 12 años de juicios, y sin olvidar el juicio a las tres primeras Juntas Militares, que demuestran que el Plan de Exterminio se empieza a elaborar en el año 1968, y que mucho antes del golpe de estado de 1976 ya estaba diseñado. También ignora el funcionamiento durante el gobierno de Isabel Martínez de Centros Clandestinos de Detención y Torturas como fueron los que funcionaron en Tucumán durante el Operativo Independencia y que actualmente se están juzgando, como así también ProtoBanco en la División de Cuatrerismo de la Bonaerense y hasta la misma Esma, donde existen denuncias de su funcionamiento antes del 24 de marzo de 1976.

Argumentan los jueces que lo sucedido en 1974 en Capillas del Rosario (Catamarca) no puede ser considerado como crímen de Lesa Humanidad ya que las fuerzas armadas llevaron adelante su accionar a partir de órdenes de un gobierno constitucional, desconociendo que en esa época funcionaban a partir de decisiones de las máximas autoridades constitucionales y desde el propio estado grupos como la Triple A y los Comandos Libertadores de América que secuestraban, torturaban y asesinaban a opositores políticos, como pasó poco tiempo después de lo sucedido en Capilla del Rosario con Silvio Frondizi y Alfredo Curuchet, que como abogados defendieron a los sobrevivientes y denunciaron la masacre. Los otros abogados, que con Frondizi y Curuchet participaron de las defensas de los sobrevivientes fueron detenidos y pasaron 9 años encarcelados. Pero según los jueces Riggi y Catucci en 1974 no se violaban los derechos humanos ni se cometían crímenes de lesa humanidad.

Esta postura de los jueces Riggi y Catucci deja en total indefensión a todo el pueblo, ya que al plantear que durante gobiernos constitucionales no se violan los derechos humanos ni se cometen crímenes de lesa humanidad, permiten que desde el estado se comentan cualquier crimen, en particular contra los que defienden sus derechos ya que justifica a gobiernos como el de Hitler, que era constitucional.

Nos preocupa que esta sentencia de la Cámara de Casación Penal haya salido días después de que el presidente Macri dictara el decreto 721/16 que anula la supervisión civil sobre las FFAA, una de las primeras respuestas luego de la dictadura para controlar el accionar de las FFAA, y les devuelve no solo la potestad de definir sus estructuras sino también de volver a llamar a «retirados” para que participen en la formación de las nuevas camadas de militares.

Convocamos a todos los sectores populares a aunar fuerzas para no permitir ningún retroceso en la lucha contra la Impunidad, por la Memoria, la Verdad y la Justicia, y para lograr la reversión de este repudiable fallo y que nunca más vuelva a suceder.
30000 Compañeros Detenidos Desaparecidos! Presentes!

Asociación de ex «“ Detenidos Desaparecidos



0 comentarios

1000/1000
Los comentarios publicados y las posibles consecuencias derivadas son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Está prohibido la publicación de comentarios discriminatorios, difamatorios, calumniosos, injuriosos o amenazantes. Está prohibida la publicación de datos personales o de contacto propios o de terceros, con o sin autorización. Está prohibida la utilización de los comentarios con fines de promoción comercial o la realización de cualquier acto lucrativo a través de los mismos. Sin perjuicio de lo indicado ANRed se reserva el derecho a publicar o remover los comentarios más allá de lo establecido por estas condiciones sin que se pueda considerar un aval de lo publicado o un acto de censura. Enviar un comentario implica la aceptación de estas condiciones.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Ir arriba