18/06/2008

Antropólogos repudian a Oyarbide

COMUNICADO PUBLICO

El Colegio de Graduados en Antropología de la República Argentina hace
público su rechazo al uso erróneo e inadecuado de argumentos
antropológicos por parte del Juez Norberto Oyarbide en el fallo
correspondiente a la causa 4654/2007 en la que se vincula a los
responsables de la firma Soho con la explotación de trabajadores
bolivianos en talleres de confección de indumentaria ubicados en la Ciudad
de Buenos Aires.

Destacamos:

 El Juez ha utilizado una noción de «cultura» que es inaceptable a la luz
de la ciencia antropológica desde hace varias décadas. En el fallo ésta ha
sido asumida como una suma de elementos inmutables del pasado que deben
ser preservados -en este caso las costumbres ancestrales respecto del
trabajo-. Por el contrario, la dimensión cultural de las prácticas se
encuentra sujeta al cambio y a la reconstrucción. Entendemos que en este
caso aquél uso esencialista de «cultura» ha permitido justificar la
explotación presente.

 El caso Soho debe ser considerado en relación a las relaciones laborales
contemporáneas (caracterizadas, entre otras cuestiones, por la
descentralización de la producción, el abaratamiento de costos, la
flexibilización y precarización laboral) y no en relación a las
«costumbres ancestrales» de los trabajadores.

 Aunque el ayllu y el actual sistema de explotación laboral en la
industria textil son básicamente distintos y se enmarcan en contextos que
los vuelven incomparables, ambos son confundidos en el fallo. El mismo
desconoce la organización propia del ayllu que, fundado en torno de
valores como la reciprocidad y horizontalidad, contrasta con la asimetría
de la relación patrón-empleado. Ésta se agudiza cuando se enmarca en
condiciones de ilegalidad, como las que fueran objeto de la demanda
judicial.

 Al considerar la defensa que realizan los trabajadores de sus propios
empleadores, creemos que la misma debe ser analizada en el contexto de la
extrema vulnerabilidad social y laboral de los primeros. Más allá de la
defensa lógica de su fuente de trabajo, debería haber sido tenido en
cuenta el hecho de que los trabajadores no pactan las condiciones
laborales en condiciones de igualdad sino en una relación de poder
desigual profundizada por la condición irregular que los mismos
empleadores fomentan.

Para aquellos casos como el que aquí fuera planteado creemos absolutamente
necesario que con el objetivo de brindar un asesoramiento adecuado al
respecto, la justicia cuente con un peritaje antropológico de calidad
científica respaldada por las instituciones académicas argentinas.

Secretaría de Prensa y Difusión -CGA-

www.cgantropologia.org.ar



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