12/12/2006

Urgente. Asamblea de Almagro convoca a defender el inminente desalojo

Los integrantes de la Asamblea de Almagro (Medrano 475, casi esq. Sarmiento) llaman a las organizaciones sociales a que se acerquen al lugar para resistir ante inminente desalojo.

Hace algunas horas recibieron una orden de desalojo preventivo por el inmueble que poseen.

La asamblea comenzó a funcionar en enero de 2002 en un espacio abandonada hasta que este año se presentó una persona con un bono de compra y venta, lo cual los llevó a un juicio que aún no ha finalizado.

Mientras ya está librada la orden, los asambleístas convocan a vecinos/as y compañeros/as quienes puedan solidarizarse, a hacerse presentes en el lugar.

Además, mañana miércoles 13 de diciembre, a las 20 horas realizarán una reunión con los vecinos y las organizaciones presentes.

Para mayor información comunicarse al: 4865- 8209


A continuación reproducimos la orden de desalojo:

Buenos Aires, Diciembre de 2006.-GC

Por no ser manifiesta se difiere para la definitiva la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta a fs. 132vta., cuyo traslado fuera contestado a fs. 167/168 y no existiendo hechos conducentes y controvertidos que ameriten ordenar prueba, se declara
la cuestión de puro derecho. Notifíquese.-

En atención a lo solicitado a fs. 168 punto 4, y encontrándose prima facie acreditada la verosimilitud del derecho invocado en la demanda, de conformidad con lo normado por los arts. 680bis y 684bis del C.P.C.C. (ley 25488), previa caución real que deberá prestar la parte actora y que se fija en la suma de $15.000, procédase a la entrega inmediata del inmueble sito en la calle Medrano 475/79 (sin chapa municipal) entre los Nros. 485 y 467, cortina metálica y demás identificaciones indicadas en autos. A cuyo fin líbrese mandamiento de lanzamiento contra ………., y demás subinquilinos y ocupantes del
inmueble mencionado. Se autoriza al Sr. Oficial de Justicia a hacer uso de la fuerza pública, allanar domicilio y violentar cerraduras mediante los servicios de un cerrajero, en caso necesario. Queda asimismo autorizado para designar depositario de los bienes muebles que hubiere en el lugar para el supuesto de que la persona por la cual fuere atendido no aceptare el cargo que le propondrá, haciéndosele saber que los muebles de los ocupantes desalojados deberán ser conducidos a depósitos particulares o municipales según corresponda. Hágase constar las personas autorizadas para intervenir en la diligencia.-

En atención a la cantidad de personas involucradas y las actividades que se desarrollarían en el inmueble referenciado, líbrese oficio al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comunicándole la orden de lanzamiento a los efectos que pudieran corresponder.-



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