28/05/2007

«Por nuestro derecho a decidir: Aborto legal y gratuito para TODAS»

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Bajo el lema «Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir», la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto presentó hoy, lunes 28 de mayo un proyecto de Ley por la legalización del aborto en Argentina, con el objetivo de lograr que todas las mujeres puedan acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud. Actualmente en Argentina hay 20 veces más muertes por aborto que en los países que lo han legalizado, que podrían evitarse, así como las graves secuelas y daños para las mujeres que acuden a ésta practica, si estuviera garantizado el derecho a decidir sobre su propio cuerpo.


Reproducimos la Difusión del Proyecto de Ley que se presentó al Congreso de la Nación por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito:

«En diciembre de 2006 logramos consensuar el proyecto de ley que presentamos como Campaña al Congreso Nacional. Este consenso fue producto de un largo proceso de intercambios, debates, consultas y de la comparación con legislaciones de otros países.

La Campaña 2007 se propone su presentación en el Congreso y una amplia difusión en la sociedad, para que más mujeres y varones apoyen esta iniciativa.

Nuestro objetivo es lograr la despenalización del aborto y el acceso de todas las mujeres, que así lo decidan al aborto legal, seguro y gratuito. Partimos del reconocimiento de los avances realizados gracias a la formación de una gran alianza que incluye organizaciones de mujeres, feministas, movimientos sociales, organismos de derechos humanos, partidos políticos y funcionarios de diferentes niveles.

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El aborto como hecho social, tiene que ver con todas las redes que entran en juego cuando una mujer quiere practicarse un aborto: la amiga, la vecina, la madre, la hermana…Tiene que ver con la posición social de cada una y con el control social. Las mujeres abortan, pero la presión social las silencia.

Dada su complejidad, cuando el aborto voluntario está penalizado, su clandestinidad restringe los derechos sexuales y reproductivos, pero también otros: el derecho a la integridad de la persona, el derecho a no ser objeto de tratos degradantes, porque la clandestinidad en sí es algo degradante y lesivo. Es así que la situación de clandestinidad del aborto lesiona muchos más derechos que los sexuales y reproductivos y va en contra de los derechos humanos de manera integral.

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También es importante señalar que las realidades que enfrentan las mujeres en Argentina respecto al acceso a servicios de salud, información, asesoramiento, orientación y atención en su salud sexual y reproductiva a lo largo de nuestro país son diferentes y generan una injusta disparidad de oportunidades. Así lo demuestran las variaciones de las tasas de mortalidad materna y las causas que las provocan en las diferentes regiones. Son particularmente altas en
las provincias del Norte, donde el poder de la Iglesia , sumado a una cultura de tradición conservadora y clientelista, hacen mucho más difícil la concreción de políticas públicas sobre los derechos sexuales y reproductivos.

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Ya se ha producido un cambio positivo en la opinión pública puesta de manifiesto con motivo de los casos que tomaron estado público durante el año 2006 y comienzo del 2007 donde se obstaculizaba el aborto legal a las menores con problemas mentales, oportunidad en la que el 90 % de la población se expresó a favor de la práctica del aborto en esos
casos y de modificar la legislación. Además de los estudios realizados por consultoras nacionales de reconocida trayectoria, que comparando con estudios de hace más de dos años, visualizaban una clara modificación en la opinión pública favorable a la despenalización del aborto.

Nuestro lema -así como nuestro trabajo de años- es integral: «educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir». Esto implica realizar modificaciones en los sistemas de Educación, Salud y Justicia acompañados por profundos cambios culturales.

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Garantizar servicios de aborto legal, seguro y gratuito, se fundamenta en una razón de salud pública: la gran cantidad de abortos que se producen a diario con graves secuelas y daños para las mujeres que acuden a ésta practica, y que podrían evitarse si estuvieran garantizados servicios integrales para mujeres y niñas. Según estimaciones del INDEC, el 37 por ciento de los embarazos que se registran en el país terminan en aborto. De ellos, cerca del 15 por ciento corresponde a adolescentes menores de 20 años. La clandestinidad del aborto no impide su realización, solamente aumenta los riesgos y atenta contra la dignidad de las mujeres y de toda la sociedad. Numerosos estudios muestran que la legalización del aborto disminuye su número, en la medida en que suele estar acompañada de otras políticas públicas que garantizan el derecho a la vida y la salud de las mujeres. En Argentina hay 20 veces más muertes por aborto que en los países que lo han legalizado.

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Convocamos a todas las fuerzas políticas, sociales y organizaciones que, como la Campaña, tengan la convicción de que el derecho al aborto legal y seguro es imprescindible para alcanzar la igualdad política de las mujeres con los varones y la igualdad social de las mujeres entre sí, como así también igualar oportunidades de trato y atención de la salud basada en una concepción de derechos humanos.

Estamos a favor de la libertad de decidir, estamos a favor del derecho al aborto, estamos a favor de la libertad de creencias. Sólo un Estado laico puede garantizar la libertad de actuar según sus propias convicciones a todos los ciudadanos/as. En una sociedad compleja, la libertad se organiza en sistemas de derecho, de leyes que habilitan y aportan la posibilidad de acción de las personas. Y el poder de las personas se obtiene por el ejercicio efectivo de
sus derechos y, en este caso, de sus derechos sexuales y reproductivos, que se definen por la posibilidad de tomar decisiones autónomas sobre su sexualidad y su capacidad reproductiva y que dependen en amplia medida del acceso a los medios tecnológicos y científicos y de las políticas públicas de salud que se implementen.

Aspiramos a que la maternidad sea una elección y no un mandato. Para eso, todas las mujeres deben poder decidir la interrupción de un embarazo sin arriesgar su vida, su salud física y psíquica.

El sistema de salud debe tomar responsabilidad y extremar sus políticas de prevención y provisión de servicios de calidad.

El sistema educativo debe hacer suyas las políticas de educación, no sólo sexual, sino también las políticas de educación que implican pautas estereotipadas de género y de violencia.

Los y las legisladores/ as deben modificar las normas que penan el derecho a decidir y asegurar que las mujeres puedan practicarse un aborto en las mejores condiciones en un hospital público o en las Obras sociales

El sistema jurídico debe cumplir con la ley vigente y ser garante del respeto a los derechos humanos de las personas

Los medios de comunicación han contribuido a cambiar la imagen del aborto, que aparecía como una experiencia marginal, cuando -como demuestran las encuestas recientes- es una realidad vivida para la mayoría de la población.

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Muchos movimientos sociales, ya han hecho suyo cómo el tema de la salud de las mujeres y el aborto, atraviesa a toda la sociedad y no sólo afecta a las mujeres. Son los sectores populares los más afectados por las condiciones en las que se realizan la mayoría de los abortos en condiciones de precariedad y de clandestinidad

Nuestro proyecto establece la despenalización del aborto, salvo que se realice contra la voluntad de la mujer y la legalización del aborto voluntario, lo que significa que ser realice por decisión de la mujer, hasta las 12 semanas de gestación y sin límite de tiempo en los casos de violación, peligro de salud o vida o malformaciones fetales graves.

Consideramos que la defensa del derecho al aborto es una causa justa en razón de su contenido democrático y de justicia social, que asegura el goce de los derechos humanos a las mujeres hoy privadas de ellos.»

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Invitamos a leer, debatir y apoyar nuestro Proyecto de Ley:

 Art. 1º: Toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional.

 Art. 2º: Toda mujer tiene derecho a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud, en las condiciones que determina la presente ley.

 Art.3º: Fuera del plazo establecido en el art 1º toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción del embarazo en los siguientes casos:

Si el embarazo fuera producto de una violación, acreditada con denuncia judicial o policial o formulada en un servicio de salud.

Si estuviera en riesgo la salud o la vida de la mujer.

Si existieran malformaciones fetales graves.

 Art. 4º: Previamente a la realización del aborto en los casos previstos en la presente ley, se requerirá el consentimiento informado de la mujer expresado por escrito.

 Art.5º: Los servicios de salud del sistema público garantizarán el acceso gratuito a las prestaciones mencionadas en los arts. 1º Y 3º y los de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones. Asimismo deberán garantizar en forma permanente las prestaciones enunciadas en la presente ley, incluyendo el personal de salud, instalaciones e insumos requeridos.

 Art. 6º: Aquellos médicos/as y demás personal de salud que manifiesten objeción de conciencia para intervenir en los actos médicos a que hace referencia esta ley, deberán hacerlo saber a las autoridades de los establecimientos a los que pertenezcan dentro del plazo de treinta días corridos contados a partir de la promulgación de la presente ley. Quienes ingresen posteriormente podrán manifestar su objeción de conciencia en el momento en que comiencen a prestar servicio. Los/as profesionales que no hayan expresado objeción en los términos establecidos no podrán
negarse a efectuar las intervenciones. En todos los casos la autoridad responsable del servicio de salud deberá garantizar la realización de la práctica.

 Art.7º: Las prácticas profesionales establecidas en la presente ley se efectivizarán sin ninguna autorización judicial previa.

 Art.8º: En caso de que la interrupción del embarazo deba practicarse a una mujer de menos de catorce años se requerirá el asentimiento de al menos uno de sus representantes legales, o en su ausencia o inexistencia de su guardador de hecho. En todos los casos la niña deberá ser oída y frente a cualquier otro interés se considerará primordial la satisfacción del interés superior de la niña en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 23.849).

 Art. 9º: Si se tratara de una mujer declarada incapaz en juicio se requerirá el consentimiento informado de su representante legal.

 Art. 10º: Derogase el Art. 85 inc. 2 del Código Penal de la Nación.

 Art. 11º: Deróganse los Arts. 86 y 88 del Código Penal de la Nación.

 Art.12: De forma.


Más información en:

www.abortolegal.com.ar


Fotos: gentileza La Casa del Encuentro



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