13/09/2017

Instancia final en el juicio a los oficiales del COT de Tigre

Imagen de la brutal golpiza de los oficiales del COT de Tigre, Humberto Eusebio Sosa y Gustavo Leonel Castillo, al trabajador José Ojeda (2016) Durante el mediodía de hoy en los Tribunales de San Isidro se dictará la sentencia en el juicio contra los oficiales del COT de Tigre, Humberto Eusebio Sosa y Gustavo Leonel Castillo, por haber golpeado brutalmente al trabajador José Ojeda en 2016. Estuvimos presentes en las dos audiencias realizadas hace dos semanas y repasamos los detalles de un proceso que una vez más llevó al banquillo de los acusados a Sosa, un miembro de la policía bonaerense con un prontuario impune de casos de gatillo fácil durante el período 1999-2006. Por ANRed.

Crónica/relato de una defensa (estatal) anunciada

Luego de que se pospusiera la instancia original de juicio contra los dos integrantes de la fuerza de «seguridad” tigrense a principios de agosto (en el marco de la campaña por las PASO y del desembarco del ex alcalde de Nueva York, Rudolph Giuliani en tierras del massismo) finalmente las dos audiencias se concretaron los días 28 y 29 de agosto, ante un edificio del poder judicial rodeado de militantes de organizaciones populares de la región y vallado por patrulleros y «custodiado” por integrantes de la fuerza provincial.

Como en un combate pugilístico, no gana el más fuerte, si no el más astuto y el/la que sabe dar golpes contundentes. Como en todo deporte, regido por intereses corporativos (en este caso estatales) los jueces que «observan” el desenlace de los sucesos y dictan sentencia en base a los relatos que se puedan ofrecer sobre los mismos. De un lado del cuadrilátero, una defensa floja de papeles pero con la legitimidad brindada por la institución policial y el incondicional (y atemporal) apoyo de un tribunal que ha fallado a favor incontables veces, aun con sobradas pruebas en su contra, por los crímenes cometidos. De este lado, una querella forjada por los años de experiencia en la calle y con la certeza de la palabra (y la convicción del cuerpo) de quien ha sufrido la represión en carne propia: José Ojeda. Se disponen las piezas del juego sobre el tablero, con la no tan novedosa particularidad de contar con una hinchada propia que arenga desde las afueras del palacio de justicia.

Otros/as, que también saben de que se trata el palo y el garrote en las propias espaldas, se disponen organizados/as para denunciar a vivas voces que es lo que se está juzgando durante la jornada del 28 y 29 de agosto.

Se presentan los jueces. Todos de pie. Previa identificación, los presentes en la sala se conjugan en una parte mayoritaria del lugar que ya denota a quienes tienen las de perder aunque salgan impunes en esta nueva contienda. Se presentan los dos acusados, de nombres Héctor Eusebio Sosa y Gustavo Leonel Castillo. Subinspector «jubilado” el primero y sargento el segundo respectivamente. En una nueva maniobra dilatoria por parte de la defensa de Castillo (a tono con la primer suspensión del juicio de principios de agosto) se arguye un supuesto desconocimiento de la causa y la dificultad del mismo para realizar una «defensa idónea” de su cliente. Aunque el abogado se siente «incomodo” para proceder con la atención de su parte, el tribunal decide continuar con la audiencia mencionando artículos del Pacto de San José de Costa Rica y hasta advirtiendo al detractor de una posible sanción del Colegio de Abogados por no corresponder de manera adecuada al «debido proceso”.

El fiscal de la causa, plantea los lineamientos generales de la acusación contra Sosa y Castillo. Los detalles del caso en donde en el día 13 de octubre de 2016 es golpeado José Ojeda, 56 años, de oficio repartidor de harinas. Lesiones contra su cuerpo, graves, calificadas por el hecho de ser integrantes de una fuerza de seguridad son tipificadas por el código penal en sus artículos 80 (inciso 9) y 90 en relación con el 92. Politraumatismo de cráneo y fractura del peroné son los datos precisos de los que se disponen para demostrar la veracidad de los acontecimientos. En una primer instancia, bajo la intervención de la UFI Nro. 5 de Benavidez (Tigre). La defensa de Castillo, con la latente perseverancia por dar la nota, manifiesta la «ajenidad” en los hechos de los cuales se le acusa.

La querella, representada por CORREPI en la voz y el cuerpo de María del Carmen Verdú plantea «conocer el legajo de Sosa desde hace 17 años”, ante la pregunta de uno de los jueces para revisar los legajos de los acusados que se presentaron como parte de prueba por parte del integrante del Ministerio Público Fiscal. La defensa de «el paraguayo” parándose desde un artículo del código penal rechaza la medida. En minoría, pierde y el tribunal opta por aceptar el material.

Primer testigo: relato en primera persona por parte del trabajador Ojeda. Secuelas de una pierna fracturada. No sólo es la policía la que ha golpeado sino también el sistema legal que rodea a las relaciones laborales, el que no le ha permitido recuperarse como era debido. Sosa y Castillo fueron asistidos por una ambulancia en un acto de «teatralización” al fingir estar golpeados. Relato de los hechos en la comisaria de Benavídez. Detención de tres testigos, junto con Ojeda. Defensa de Sosa, desde una postura moralista: «¿Por qué no espero un poco más para correr la camioneta?» Preguntas que orientan a la confusión son las que esgrime la defensa de Castillo: unos supuestos insultos a los oficiales implicados justificaría el amedrentamiento. Interrogantes improcedentes que tienden a trasladar culpas o responsabilidades.

Declaración de Héctor Eusebio Sosa: inspector de tránsito y chofer del COT, se resguarda en su «función” para justificar su accionar. Arguye que fue lesionado por los testigos del hecho. «Pierde el conocimiento” cuando «cae al piso”. Internado en terapia intensiva. «Lamenta lo sucedido” entre lágrimas de cocodrilo. Jubilado de la Bonaerense desde el 2007 con un 60 por ciento del sueldo (considerado «prescindible”). En mayo de 2016, retirado de la fuerza. Recupera la conciencia cuando lo atiende un medico en la estación de servicio.

Verdú: ¿Cuánto cobra Sosa? Incertidumbre sobre el aporte de todas y todos los ciudadanos a la caja de la policía, como argumento cortito y al pie. La institución, encerrada en su laberinto. Jaque mate del video viralizado en las redes sociales. «No quiero exaltar a la doctora”, por parte de Sosa. Viejos conocidos de contiendas anteriores.

El espacio

Testigos de la querella: legitiman la versión del trabajador golpeado y dimensionan la gravedad de lo acontecido. Mencionan incluso la intervención de una mujer policía para detener a Sosa y de otro, amedrentando a un joven que filmaba la escena. Esos dos sujetos declararían a continuación.

Oficial del COT, de apellido Masaro y Jorge Daniel por nombres. Cálculo de tiempo en que Sosa tuvo reducido a Ojeda, haciendo énfasis en una discusión donde hubo «dos partes”. Castillo con las esposas en la mano. Masaro es el oficial que intento detener la filmación del video difundido porque daba «una mala imagen”. Textual: «somos del COT, pero también nos podemos equivocar, somos seres humanos. El COT está para cuidar a la gente.” El abogado de Castillo apela al vínculo entre testigo de la querella y acusado. El tipo de relación «laboral” condiciona el grado de culpabilidad. Son compañeros en la misma fuerza.

Oficial del COT, Cruz Marcia. La mujer policía que interviene en el hecho para que suelten a Ojeda. Sosa le pide que «le pongan los ganchos” (en referencia a las esposas). Contradice la versión de que el acusado había perdido el conocimiento. Se menciona el tiempo que duró la «llave” (técnica de reducción policial) contra Ojeda.
Estrategia de la defensa de Castillo: quitar de la escena la presencia del sargento para compensar las culpas con Sosa.

Más testigos: Walter, trabajador de una logística, es el joven que filma la escena represiva, «no estaba cometiendo un delito”. Damián, compañero de trabajo de Ojeda: «un funcionario público no puede cometer abuso de autoridad”.

Testigo de la defensa: Espinoza Iván, auxiliar mecánico. Un testimonio aunque mínimo, no menos importante para entender la naturalización de las prácticas represivas. Volviendo al énfasis de dos partes en torno a una discusión, «intenta tranquilizar a Ojeda”. Los demás testigos, continúan por este rumbo.

Segundo round y a barajar de nuevo

Una primera jornada de audiencia signada por casi diez horas de combate, entre esperas y llegadas tardes de parte de los recurrentes profesionales de la impunidad y en franca disputa militante del espacio visual de las calles lindantes al tribunal, son las que dan forma al segundo día de juicio contra los perpetradores de la política de control social del Estado.

Sin poder tomar nota directa de los sucesos acontecidos dentro del tribunal, tomamos testimonio directo de María del Carmen Verdú (CORREPI) cuya voz se entremezcla con bombos y manifiestos vivos de las organizaciones presentes y nos cuenta los detalles más importantes de la segunda jornada: «en el día de hoy (29 de agosto) declararon los dos testigos que faltaban, que ratificaron cómo sucedieron los hechos desde el momento en que el inspector Sosa increpó a José y luego lo tomo del cuello, lo tiro al piso, le quebró la pierna. En el medio de todo esto, el oficial Castillo le pego dos culatazos en la cabeza. Fuero dos testigos importantes porque vieron toda la secuencia desde el inicio hasta el final. Luego de un cuarto intermedio vimos el video que filmó ese muchachito que pasa por la vereda y que nos permitió reconocer inicialmente a Sosa en el atacante de José y finalmente por la tarde, empezaron los alegatos de la partes. El fiscal pidió la pena de seis años y seis meses de prisión para Sosa y Castillo por las lesiones calificadas en su condición de integrantes de una fuerza de seguridad y abuso de autoridad. En nuestro caso, desde la posición de particular damnificado, calificamos del mismo modo, pedimos el máximo de pena posible que son diez años. Pedimos también que se extraiga material y que se investigue el encubrimiento posterior, cuando fraguaron una causa que costó la detención de José y tres de los testigos imputados por «resistencia la autoridad”. Los delitos que hay que investigar son el falso testimonio, falsa denuncia, incumplimiento de deberes de funcionario público, falsedad instrumental de documento público, falsedad ideológica y fundamentamos el pedido de una pena tan elevada para un caso de lesiones cuando quien delinque es un integrante del aparato represivo estatal, el delito es mas aberrante porque no solamente se comete una violación al derecho individual de quien resulta víctima, si no que se lesiona al conjunto de la sociedad con una violación a los derechos humanos. Las defensas obviamente pidieron la absolución. En el caso de la defensa de Sosa, se dio toda una serie de alternativas: lesiones culposas, concurrencia de culpas, lesiones reciprocas o que se le diera la mínima, como en el caso de Castillo. El letrado de Castillo, muy ofendido con nuestra intervención, anuncio que me iba a pedir sanciones.”

La sentencia que inicialmente iba a dictarse el pasado lunes, se concretará finalmente durante el mediodía de hoy.

Como decíamos al principio, un combate se gana por la astucia y la contundencia de los golpes. En este caso por la contundencia de los hechos y la historia que precede no solo a los acusados, sino también a quienes imparten la «justicia”. Una vez más, como en 1999, 2006 y 2016 los hechos son relatados por los cuerpos de los que sufrieron la represión estatal en carne propia.

Algunos que no pudieron contar la historia como el «Frente” Vital, Jonathan Lorenzo o Jorge Andrés Martínez, que sucumbieron antes las balas disparadas por «el paraguayo” Sosa (como es conocido por la zona) y otros, sobrevivientes, como José Ojeda, que se cargaron al hombro la lucha contra el aparato represivo estatal y dispusieron de su testimonio en primera persona, para quebrar el manto de impunidad.



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