06/07/2017

Mano dura: se aprobó la reforma carcelaria

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La Cámara de diputados aprobó en sesión especial la limitación de las excarcelaciones y transformó en ley las modificaciones ya votadas en el Senado. El proyecto de ley había sido impulsado por el oficialismo luego del femicidio de Micaela García. Por ANRed


La cámara de diputados aprobó en sesión especial la limitación de las excarcelaciones, por 170 votos a favor, 8 en contra y 7 abstenciones. Para el manodurismo, hubo un amplio consenso entre el oficialismo y la oposición. Luis Petri (UCR), iniciador del proyecto, y el líder del Frente Renovador, Sergio Massa, contó con el respaldo del oficialismo, el massismo, el bloque justicialista y el Frente para la Victoria. Los ocho votos que rechazaron el manodurismo fueron emitidos por Pablo López, Soledad Sosa, Juan Carlos Giordano, Nathalia González, del Frente de Izquierda; Araceli Ferreyra, Movimiento Evita; Alcira Argumedo (Proyecto Sur); Julio Raffo (Diálogo y Trabajo) y Jorge Taboada (Chubut Somos Todos).

En contra de todos los argumentos esbozados por los diferentes organismos de derechos humanos, especialistas y organizaciones políticas que participaron del debate sobre la reforma de la Ley de Ejecución Penal, el congreso votó hoy la modificación que implica un grave retroceso en materia de derechos humanos y garantías constitucionales. En esa oportunidad la antropóloga argentina Rita Segato, argumentó con datos contundentes, que una mayor rigidez en las penas no sería el camino para solucionar los problemas vinculados al delito, especialmente aquellos crimenes contra las mujeres «Hay que trabajar en la sociedad. No se puede actuar, legislar, sentenciar, condenar ni castigar, sin pensar. Lo que estamos viendo es el intento de actuar sin pensar. (…) Es tan absurda la solución punitivista que consiste en enviar al violador a una verdadera escuela de violación como es la cárcel, Las cárceles de mujeres y de hombres, inclusive las juveniles, son verdaderas escuelas de violadores.» sostuvo la investigadora.

La reforma contradice principios constitucionales y normativas internacionales a las cuales el Estado argentino ha suscripto. Además, confiere mayor poder de decisión a un Servicio Penitenciario que sistemáticamente abusa de su poder; basta leer los informes que realiza el Comité contra la tortura. Recortar los derechos como las salidas transitorias que, en los hechos, alargará el tiempo de permanencia de las personas tras las rejas sin ofrecer herramienta alguna a la hora de salir en libertad. Esta ley exige ademas todo el cumplimiento de la pena sin ningún tipo de beneficio o incentivo para las personas que están alojadas en las Unidades Penitenciarias.

Principales reformas de la ley de Ejecución penal

Se eliminaron las salidas anticipadas a los condenados por homicidios agravados, delitos contra la integridad sexual, trata de personas, narcotráfico, financiamiento del terrorismo, contrabando agravado, secuestro extorsivo seguido de muerte y tortura seguida de muerte. Tampoco los reincidentes podrán obtener el derecho.

Los delitos de homicidio simple, contrabando simple y delitos contra el orden financiero fueron quitados del listado de figuras penales que no contarán con los derechos de la libertad asistida.

El juez de ejecución de la pena será el funcionario encargado de seguir los procesos de progresividad del recluso. En el proyecto original, aquella tarea era encomendada, casi en exclusiva, por el director del Servicio Penitenciario. Tras las fuertes críticas de diversos especialistas, la función recayó nuevamente en el juez.



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