09/05/2017

Hecha la ley: sobre la «ley del 2×1” y el punto final judicial

18341982_10213064980484323_2398376704964632390_n-9df55.jpgEl fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que benefició al Genocida Luis Muiña con la aplicación de la derogada ley 24.390 (conocida como «ley del 2×1”) por tratarse de una ley penal más benigna, reafirma más que nunca la vigencia de este refrán al que se refiere nuestro título. Por Colectivo de abogadxs populares «La Ciega”.


Esta ley que rigió entre los años 1994 y 2001, establecía en su artículo 7 que, transcurrido el plazo de dos años previsto en la norma, se debía computar doble cada día de prisión preventiva.

El derecho nunca es neutral, pero el fallo de esta Corte -en tanto interpretación del derecho por el máximo Tribunal del país- nada tiene que envidiarle a los fallos de la nefasta Corte de la mayoría automática menemista, y desnuda como nunca nuestra afirmación. Días como el miercoles, reafirman la idea de que el papel del derecho depende siempre de la relación de fuerzas en la lucha de clases.

No somos ingenuxs. La misma fuerza política que hace días impulsó un proyecto de ley de ejecución penal que pretende restringir libertades condicionales, salidas transitorias y -en general- beneficios en la ejecución de la pena, hoy aplaude este fallo que permite que los peores criminales de nuestra historia terminen su vejez caminando entre nosotrxs, accediendo a los beneficios que ellos mismos pretenden abolir.

El proyecto de reforma a la ley 24.660 al que nos referimos, nació aprovechándose del legítimo dolor de millones de personas que se sensibilizaron ante la violación y el homicidio de Micaela García, por parte de un reincidente en el delito de violación. Ese proyecto recoge consignas como «entran por una puerta y salen por la otra”, «se tiene que cumplir toda la pena”, «no tienen que salir más”, «se tienen que pudrir en la cárcel”, «hay que hacer más cárceles”, etc.

Pero con el mayor de los cinismos, se intenta sancionar aquella ley en nombre de la histórica lucha que viene llevando adelante el movimiento de mujeres contra la violencia machista y contra el patriarcado.

Sabemos que de convertirse en ley, este proyecto recaerá mayoritariamente sobre lxs jóvenes pobres de nuestro país, encarcelados fundamentalmente por delitos contra la propiedad, y por eso nos oponemos a su dictado y repudiamos el intento de utilización de nuestras consignas en su nombre.

Pero la triste realidad que atravesamos no nos da descanso. En cuestión de días, nuestros argumentos en contra de aquella reforma y en defensa del acceso a beneficios en la ejecución de la pena, se utilizan para liberar a los peores criminales de nuestra historia, como si la comisión de cualquier otro delito -por mas grave que sea- fuera lo mismo que desarrollar un genocidio. Como si los delitos aberrantes cometidos como parte de un plan sistemático de exterminio a lo largo y a lo ancho del continente -que ofenden a la humanidad toda y configuran delitos de carácter imprescriptibles- pudieran ser evaluados con la misma vara que los delitos comunes.
Hace 40 años estos genocidas le asestaron un golpe definitivo a las organizaciones revolucionarias. Se llevaron a lxs mejores de aquella generación y terminaron con un proceso de activación social y política iniciado en la argentina a partir de 1955. Secuestraron, torturaron, violaron y asesinaron dejándonos un saldo de 30.000 compañerxs detenidxs desaparecidxs y más de 300 niñxs (hoy personas adultas) que todavía no conocen su identidad y seguimos buscando.

Y de pronto, para estos criminales «no se tiene que cumplir toda la pena, hay que reconciliarse, hay que ser humanitario, etc”.

Nunca más claro.

La realidad nos impone elegir en qué lugar estamos. Por eso decimos que la lucha de hoy es la misma que ayer. Hoy la más recalcitrante derecha de nuestro país, defiende a sus viejos con argumentos del garantismo.

Una Corte Derecha y Humana

Antes de comentar brevemente el fallo, diremos también que como en muchos otros casos, hay que desconfiar de estas decisiones divididas. Más allá de las eventuales disidencias, es indudable que los miembros de la Corte dieron su apoyo para esta nueva conformación. Y también hay que recordarle a lxs legisladorxs que le hicieron el juego a esta nueva conformación, votando afirmativamente los pliegos de los flamantes jueces de esta nueva Corte -legisladorxs macristas, radicales, peronistas y kirchneristas-, que en el breve período en que ha actuado viene dando muestras cabales de retroceso en materia de Derechos Humanos:

*El 14 de febrero de 2017 sostuvo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no puede revocar sentencias del Máximo Tribunal. La posición mayoritaria fue conformada por el voto conjunto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, y el voto propio de Horacio Rosatti (en disidencia votó Juan Carlos Maqueda).

*El pasado 18 de abril resolvió -con las firmas de Maqueda, Rosatti y Rosenkrantz- revocar la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que había dejado sin efecto el arresto domiciliario del genocida Felipe Jorge Alespeiti.

*Finalmente esta semana, la Corte creó un «punto final judicial”.

Los alcances de este fallo se verán con el correr del tiempo pero es muy importante resaltar que cientos de genocidas a lo largo y a lo ancho de nuestro país deben estar ordenando a sus defensores que invoquen este fallo para obtener su libertad anticipada.

También es importante resaltar que en virtud de nuestro sistema judicial, los jueces inferiores no están obligados a seguir este precedente y por ello es necesario hacerle saber a cada juez que le toque resolver estos pedidos, que nuestra lucha continúa y que no estamos dispuestxs a perder todo lo que ganamos en estos años sin pelear.

El fallo del punto final judicial

En el fallo en cuestión, Rosenkrantz y Highton consideraron que no debe hacerse distinción entre delitos comunes y delitos de lesa humanidad a la hora de aplicar la ley penal más benigna y que a los efectos de la aplicación de la ley 24.390 (conocida como «ley del 2×1”) lo que importa es que el delito se hubiera cometido durante su vigencia, siendo irrelevante que el imputado hubiera estado detenido o no durante dicho lapso.

Concluyeron estos 2 jueces que «la única manera de no parecerse a aquello que se combate y se reprueba, es el estricto cumplimiento de las leyes y de los principios que caracterizan el Estado de Derecho”.

El juez Rosatti agregó que «Un Estado de Derecho, no es aquel que combate a la barbarie apartándose del ordenamiento jurídico sino respetando los derechos y garantías que han sido establecidos para todos, aun para los condenados por delitos aberrantes. La humanidad contra la cual fueron cometidos estos crímenes exige del Estado de Derecho la necesaria imparcialidad en la aplicación de las leyes referidas a su juzgamiento, pues de lo contrario se correría el riesgo de recorrer el mismo camino de declive moral que se transitó en el pasado.”.

No son nuevos estos argumentos, son los mismos que hace años nos tildan de revanchistas.

Estos jueces millonarios parecen no diferenciar un pedido de justicia, de las más aberrantes conductas criminales imaginables (repetimos: secuestros, torturas, cautiverios inhumanos, violaciones sistemáticas, homicidios, desapariciones forzadas, robo de bebes).

Nos insulta que insinúen que el movimiento de derechos humanos -que se ha caracterizado como nadie en el mundo por reclamar justicia y no por buscar venganza-, tenga que soportar que los genocidas caminen a su lado para ser «igualados” a ellos.

¿Saben estos jueces qué sería parecerse a aquello que se combate? ¿Saben que sería recorrer el mismo camino de declive moral que los genocidas? El fallo que beneficia a Luis Muiña, denota con estas afirmaciones un cinismo sin precedentes.

Por otro lado, Lorenzetti y Maqueda sostuvieron que la «definición, calificación y persecución de este tipo de delitos es una política de estado, afirmada por los tres poderes, en diversas épocas, de modo que constituye parte del contrato social de los argentinos. Y que por esa razón es necesario calificar claramente la ejecución de la pena, como parte del concepto normativo de estos delitos.”.

Por otra parte, afirmaron que el carácter permanente de un delito (es decir, aquellos delitos cuya consumación se prolonga en el tiempo, por caso, las desapariciones forzadas de personas que continúan hasta el día de hoy) implica que si durante su lapso de consumación rigieron dos leyes, no se trata de un caso de sucesión de leyes penales (donde se debe aplicar siempre la más benigna), sino de coexistencia de leyes y que siguiendo este enfoque, se debe aplicar una sola ley que es la vigente en el último tramo de la conducta punible. En virtud de este otro argumento, concluyeron que a Muiña le resulta aplicable la ley 25.430 que derogó la disposición de la ley conocida como del 2×1.

Finalmente consideraron que esta regla es la aceptada también por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha establecido que «por tratarse de un delito de ejecución permanente, es decir, cuya consumación se prolonga en el tiempo»¦ la nueva ley resulta aplicable, sin que ello represente su aplicación retroactiva. En este mismo sentido se han pronunciado tribunales de la más alta jerarquía de los Estados del continente americano al aplicar normas penales en casos relativos a hechos cuyo principio de ejecución comenzó antes de la entrada en vigor del tipo penal respectivo” («Gelman vs. Uruguay”, sentencia del 24 de febrero de 2011, apartado 236).

Desde el Colectivo de abogadxs populares «La Ciega” y el MIU en CAUCE, coincidimos con la solución propuesta por los votos minoritarios, aunque sin embargo responsabilizamos a todos sus miembros de la actual conformación del máximo Tribunal, el cual ha resultado aliado de este gobierno en cuestiones fundamentales que hacen al empeoramiento de las condiciones de vida de nuestro pueblo.
Repudiamos este vergonzoso fallo y reivindicamos la lucha de los 30.000 compañerxs detenidxs desaparecidxs, la búsqueda de los más de 300 niñxs apropiadxs y las históricas consignas de cárcel común perpetua y efectiva para todos los genocidas.



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