31/03/2017

¿Hay un golpe de Estado en Venezuela?

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Diferentes reacciones ha causado, a nivel nacional e internacional, la sentencia 156 emitida este miércoles en la noche por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la que se declara que, mientras persista la situación de desacato, las competencias de la Asamblea Nacional serán ejercidas directamente por la Sala Constitucional del máximo tribunal del país. Julio Borges, presidente del parlamento, aseguró que hay un «golpe de Estado” y llamó a desconocer al TSJ. Luis Almagro, secretario general de la OEA, también ha calificado la sentencia de un «auto-golpe de Estado” y convocó urgentemente a un nuevo Consejo Permanente de la organización. Perú retiró a su embajador en Venezuela, argumentando que la sentencia es «una ruptura del orden constitucional y democrático”. Las redes sociales posicionan la frase «Golpe de Estado” en primer lugar. Mientras tanto, el país continúa funcionando en completa calma, y en las calles no se ve ninguna alarma por lo ocurrido. ¿Qué pasa realmente? Por Alba Ciudad (LBR)


Como se recordará, el Poder Legislativo venezolano, de mayoría opositora al gobierno de Nicolás Maduro, se encuentra en desacato desde 2016.

En las elecciones legislativas del 6 de diciembre de 2015, se denunciaron hechos de fraude en el estado Amazonas, respaldados por grabaciones en las cuales la entonces secretaria de la gobernación de Amazonas, Victoria Franchi, ofrecía sumas de dinero a grupos de personas para votar por los candidatos opositores. Por ello, el TSJ suspendió las proclamaciones de los diputados de Amazonas.

Sin embargo, la Asamblea Nacional persistió en juramentar como diputados a tres candidatos del estado Amazonas.

Su juramentación era importante para la oposición, pues le daba la posibilidad de tener mayoría absoluta en la Asamblea Nacional (dos tercera partes de los diputados), lo que les daba nuevas facultades y atribuciones, incluyendo la de derogar o reformar leyes orgánicas, como la Ley del Trabajo o la Ley de Educación.

Por realizar dicha juramentación ilegalmente, el Tribunal Supremo de Justicia declaró a la Asamblea Nacional en desacato y señaló que sus decisiones son nulas mientras continúen en esa situación. La junta directiva de la AN se ha negado a anular la juramentación de estos tres ciudadanos, lo que requiere una serie de pasos y debe ser realizado por la Junta Directiva que los proclamó.

Posteriormente, en enero de 2017, la Asamblea Nacional continuaba en desacato, pero aún así fue juramentada una nueva Junta Directiva, y el diputado Julio Borges se autojuramentó como nuevo presidente de la Asamblea, acto realizado el pasado 5 de enero.

Cuatro días después, el 9 de enero, esta Asamblea Nacional declaró el supuesto «abandono de cargo” del Presidente Nicolás Maduro, uno de los causales en la Constitución por las cuales se puede convocar a nuevas elecciones presidenciales. En esa misma sesión, la nueva Junta Directiva previamente anuló la juramentación de los 3 diputados de Amazonas, alegando que así no se podría argumentar que están en desacato.

Si bien esta decisión no tuvo validez legal «•obviamente el Presidente Maduro no ha abandonado el cargo»• buscaba suprimir al poder Ejecutivo desde el Legislativo, lo que, de haberse materializado, hubiera constituido un golpe de Estado. Por esta razón, el Bloque de la Patria (que agrupa a los diputados que apoyan a Maduro) introdujo ante el TSJ un recurso de nulidad contra este decreto.

El máximo tribunal del país respondió en una nueva sentencia el 31 de enero, fijando los criterios en los cuales se puede declarar abandono de cargo, y declarando que los actos de la nueva Junta Directiva son nulos, pues la misma fue juramentada estando la Asamblea Nacional en desacato (la directiva anterior era la que debía anular las juramentaciones de los diputados).

Por ello, la anulación de los 3 diputados de Amazonas hecha el 9 de enero no se consideró válida.

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Dos sentencias trascendentales

Este miércoles, la Sala Constitucional del TSJ emitió la sentencia 156 en la que resolvió, «ante el desacato de la Asamblea Nacional”, que «no existe impedimento alguno para que el Ejecutivo Nacional constituya empresas mixtas en el espíritu que establece el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos”.

En sus puntos, la sentencia también «declaró la Omisión Inconstitucional parlamentaria” y advirtió que, «mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”.

Previamente, el martes fue emitida otra sentencia por la misma Sala Constitucional, la 155, que señala que la inmunidad parlamentaria de los diputados sólo los ampara durante el ejercicio de sus funciones, lo que no es el caso al estar la Asamblea Nacional en desacato. También le concede al Presidente Maduro la posibilidad de revisar la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar, para «conjurar los graves riesgos que amenazan la estabilidad democrática, la convivencia pacífica y los derechos de las venezolanas y los venezolanos”.

Esta sentencia fue calificada como «histórica” por el Presidente venezolano, Nicolás Maduro, quien recordó que, días atrás, la propia Asamblea Nacional había aprobado un acuerdo llamando a la aplicación de la Carta Democrática contra Venezuela, lo que él calificó de un grave delito de traición a la Patria.

Maduro señaló el pasado martes que las instituciones públicas constituidas legal y constitucionalmente, deben dar un paso al frente en la defensa al derecho de la integridad de la nación. «Nuestros equipos jurídicos están estudiando la implicación de estas decisiones tan importantes para garantizar la paz, la legalidad, la constitucionalidad y el funcionamiento de los Poderes Públicos y los pasos futuros para restablecer el poder legislativo”.

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La AN puede hacer marcha atrás

Es de notar que ambas sentencias señalan el carácter temporal de su decisión: las competencias del parlamento serán ejercidas por la Asamblea Nacional siempre que «persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional”.

Si la Asamblea Nacional cumpliera todos los pasos para eliminar la condición de desacato, incluyendo la anulación de la juramentación de los diputados de Amazonas, la propia sentencia señala que la inmunidad y las competencias parlamentarias retornarán de nuevo a la Asamblea Nacional.

El pasado mes de febrero, el Presidente Nicolás Maduro dio a conocer que había sectores racionales de la oposición interesados en echar para atrás la condición de desacato y restaurar el funcionamiento normal de la Asamblea Nacional. Esto se estaría conversando en las mesas de diálogo entre el gobierno y la oposición. Pero todo parece indicar que los sectores opositores más extremistas, que buscan una intervención internacional a través de la OEA, se han impuesto por los momentos, por encima de los sectores opositores más racionales.

Julio Borges dice que desconoce al TSJ

Este jueves, el presidente de la Asamblea Nacional y diputado por el partido de derecha Primero Justicia, Julio Borges, reaccionó ante las dos sentencias del Tribunal Supremo. Realizó una rueda de prensa en la que anunció que desconocía al TSJ y que «se rebela” ante la decisión de la Sala Constitucional. Igualmente, solicitan al sector militar ser fieles a la Constitución.

Rompiendo una copia del documento, Borges señaló que «esta Asamblea Nacional desconoce el Tribunal Supremo de Justicia. A esos magistrados los eligieron para violar la Constitución. Por eso, ¡los 112 diputados queremos dejar claro que este parlamento se rebela ante esta decisión! ¡Toda sentencia contraria a la constitución es nula!”, dijo el presidente de la AN.

Asimismo, pidió el apoyo de todos los países de la Organización de Estados Americanos (OEA) para que se active la Carta Democrática y «que se realicen de una vez por todas las elecciones regionales. No se trata como dice el gobierno de que haya una intervención extranjera sino que todos los venezolanos se manifiesten a través del voto, eso es lo que queremos”.

Además Julio Borges hizo un llamado para que este sábado se realicen diferentes movilizaciones. «Convocamos para este sábado acción de calle y para la próxima semana una gran movilización”.

Por su parte, Henrique Capriles, excandidato opositor y gobernador del estado Miranda, aseguró en una rueda de prensa que el decreto del TSJ es un «Madurazo” y un supuesto golpe de Estado, y llamó a la Organización de Estados Americanos a convocar «de emergencia” a su Consejo Permanente. «Hay que convocar de emergencia al Consejo Permanente para que la instancia de América sea la primera en pronunciarse”, explicó el dirigente del partido Primero Justicia.

Luis Almagro califica de «auto golpe de Estado”

Por su parte, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, emitió un comunicado denunciando un supuesto «auto-golpe de Estado perpetrado por el régimen venezolano contra la Asamblea Nacional, último poder del Estado legitimado por el voto popular”.

«Aquello que hemos advertido lamentablemente se ha concretado”, sentenció el Secretario General.

En el comunicado, señala que «asumir la restauración de la democracia es tarea de todos. Hoy es hora de trabajar unidos en el hemisferio para recuperar la democracia en Venezuela, con cuyo pueblo todos tenemos deudas que nos obligan a actuar sin dilaciones. Callar ante una dictadura es la indignidad más baja en la política”.

Intentando citar al prócer independentista José Gervasio Artigas, Almagro continuó su comunicado con la frase: «La cuestión es sólo entre la libertad y el despotismo” y añadió: «nuestros opresores «•y son nuestros opresores porque la libertad de los pueblos es la esencia misma de nuestra libertad»• sólo por serlo forman el objeto de nuestra lucha”.

El Secretario General de la OEA dijo que es urgente la convocatoria de un Consejo Permanente en el marco del artículo 20 de la Carta Democrática.

Perú retira a su embajador en Venezuela

El Gobierno de Perú retiró definitivamente a su representante diplomático en Venezuela, según informó este jueves la Cancillería de esa nación en un comunicado en el que aseguran que hubo una «ruptura del orden institucional” en el país.

El presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski, tomó la decisión definitiva luego de que dos semanas atrás hiciera un retiro temporal de su embajador en Caracas por los «insultos” de su homólogo venezolano Nicolás Maduro.

«El Gobierno del Perú condena la decisión del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela de atribuirse las competencias parlamentarias que le corresponden a la Asamblea Nacional, arbitraria medida que violenta el Estado de Derecho y constituye una ruptura del orden constitucional y democrático en la República Bolivariana de Venezuela”, señala el comunicado.

También indican que «la Cancillería peruana ha iniciado consultas con países miembros de la Organización de los Estados Americanos para que, en el marco de la Carta Democrática Interamericana, se adopten con la mayor urgencia las medidas que correspondan ante la evidente ruptura del orden constitucional y democrático en Venezuela”.

Regresarán a la OEA

Todo parece indicar que los sectores de la derecha nacional e internacional aprovecharán la sentencia para intentar nuevamente la aplicación de la Carta Democrática contra Venezuela, esta vez con una nueva excusa: un supuesto «golpe de Estado”, que en realidad es una respuesta dada por el TSJ para intentar resolver la grave situación que vive el país, dado que la Asamblea Nacional no está ayudando en ese sentido, sino que prácticamente se ha anulado a sí misma.

Todo señala que la oposición venezolana necesita que la OEA invoque los artículos 21 y 22 de la Carta Democrática para lograr la suspensión de Venezuela en la organización, con el fin de lograr sanciones que empeoren la situación del país y causen una crisis humanitaria. Justo la condición que el Comando Sur estadounidense necesita para justificar una intervención militar a la nación con las mayores reservas petroleras del mundo.



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