04/11/2006

Demanda salvaje, oferta de vidas

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La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que 500.000 personas en la Argentina están involucradas en la trata de mujeres y el tráfico sexual de menores.


¿Cuánto vale la vida?… Se puede decir que una vida no tiene precio, sin embargo en la llamada «trata de personas» miles de vidas hacen facturar millones de dólares y no estamos hablando de trabajos en blanco o en negro, sino de mujeres, niñas y niños que, secuestrados por redes delictivas, son sometidos a la prostitución en contra de su voluntad. El tráfico de personas ocupa el tercer lugar entre las actividades ilegales más lucrativas del mundo, luego del tráfico de armas y antes que el de drogas y genera ganancias de 12.000 millones de dólares por año. Según el Fondo de Población de Naciones Unidas, cada año 4 millones de mujeres son vendidas con fines de prostitución, esclavitud o matrimonio y 2 millones de niñas son introducidas en el comercio sexual.

América Latina es el lugar de procedencia del 70 por ciento de las víctimas de trata a nivel mundial, y las organizaciones delictivas reclutan mujeres aprovechando las deficiencias legales de los países de la región en el tema. La Argentina es ante todo un país de destino para la trata de mujeres con fines de explotación sexual y laboral dentro del mapa latinoamericano. Peruanas, dominicanas, paraguayas, entre otras, llegan aquí traídas con engaños o a la fuerza por las redes de prostitución.

Pero el tráfico interno es intenso también. Gabriela Salinas, vendedora de cosméticos; Florencia Penacchi, estudiante universitaria; Fernanda Aguirre, estudiante secundaria; Marita Verón, comerciante; son ejemplos que podemos mencionar de desapariciones relacionadas a la trata de personas en nuestro país. Sara Torres, co-coordinadora de Red No a la Trata explica que lo que se esconde detrás del crecimiento de la prostitución es que «está naturalizado el consumo de niños, niñas y adultos como mercancía. Acá la víctima todavía tiene que demostrar que es víctima».

Nuestro país ratificó en 1957 el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (Decreto Ley 11.925), aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas el 2 de diciembre de 1949 y aprobó la adhesión al protocolo final anexo al Convenio en el año 1960 (Ley 15.768). Visto este Convenio y anexo mencionado, nuestro país es considerado como «abolicionista» respecto a la prostitución. Esto significa que el estado argentino se comprometió «a adoptar medidas para la prevención de la prostitución y para la rehabilitación y adaptación social de las víctimas de la prostitución y de las infracciones» a las que se refiere el Convenio. Esto implica que el Estado argentino asumió el compromiso de desarrollar legislación y aplicar políticas públicas que se diferencian de las que pueden articularse desde perspectivas «legalistas» o «prohibicionistas». Esta perspectiva abolicionista implica penar el tráfico, pero no el ejercicio individual.

Esta es la postura que la República Argentina también sostuvo y ratificó en el Comité Especial para la Elaboración de una Convención sobre la Delincuencia Organizada Transnacional: finalización y aprobación del
instrumento legislativo internacional adicional para luchar contra la Trata de Personas, en particular mujeres y niños (Viena, 2 al 6 de octubre
de 2000). Las mujeres y niñas en estado de prostitución son consideradas «víctimas de tráfico» y se les asegura protección de sus derechos.

marita_20veron.jpg Marita Verón fue secuestrada el 3 de abril de 2002 en San Miguel de Tucumán. Tenía 23 años y una hijita de 3. Su desaparición se convirtió en un caso revelador de la existencia de redes de trata de mujeres para la prostitución. «El caso de Marita Verón es el ejemplo de que las mafias están en connivencia con el poder. Su madre, Susana Trimarco, ha hecho una tarea increíble. Ella sola, buscando a su hija, pudo rescatar a 92 mujeres de la trata. Lo que no puede hacer la justicia, lo que no pueden hacer los municipios, ella sola lo ha hecho buscando a su hija», destaca Torres.

Día a día la lista de nombres aumentan y los episodios, de a miles, se desgranan. Mientras, el Estado hace caso omiso, como si esas vidas que se llevan las redes de trata nunca hubieran existido. Es cómplice, participa de la lógica del mercado esclavista, oferta y demanda de cuerpos, de vidas. Sin embargo eso no desalienta la lucha de cada familiar -que apoyados por las organizaciones- continúan en busca de la tan ansiada justicia, que no se rige por las leyes de ningún mercado nefasto.


Marco legal y ausencia del Estado

En el 2000, las Naciones Unidas adoptaron el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, protocolo que brindó un marco internacional compartido para la trata.

Existen varios elementos importantes en la definición del Protocolo sobre la Trata: define la trata de una manera que abarca más que la explotación que se realiza mediante la violencia explícita o el engaño absoluto; reconoce que con frecuencia las mujeres están en una situación de desigualdad en términos de poder y toman decisiones debido a que carecen de opciones o a la autoridad de la persona o las personas con las que están tratando; la trata abarca una amplia gama de actividades, incluyendo la explotación sexual, el trabajo forzado y la remoción de órganos. El Protocolo sostiene que el consentimiento de una persona no es absoluto: cuando el consentimiento de alguien se procura mediante amenazas, engaño, abuso de poder u otras formas de garantizar el control sobre la persona, ese consentimiento es irrelevante; y, finalmente, la trata no consiste sólo en el cruce de fronteras internacionales y reconoce la trata dentro de las fronteras nacionales.

La Argentina ratificó en el 2002 mediante la Ley 25.632 e incorporó a la legislación a través de la Ley 25.763 la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Transnacional Organizado y el Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir, y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

Pero a pesar del compromiso internacional asumido por el país, aún no se ha tipificado este delito en nuestro Código Penal. Tampoco se puso en funcionamiento un plan nacional de acción para la lucha contra este terrible flagelo.

Según el Protocolo de Palermo, que no cumple el gobierno Nacional, el plan debería incluir: la prevención de la trata, la asistencia a las víctimas así como herramientas para investigar las causas y el procesamiento de los imputados.


Ernestina Arias



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