29/04/2006

«La represión se ejerce selectivamente contra sectores empobrecidos y contra los que ponen en crisis la hegemonía»

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El 19 de abril de 1991 la policía detuvo a Walter Bulacio, junto a otras cien personas en la puerta de un recital de los Redonditos de Ricota. Una semana después, Walter falleció a causa de los golpes recibidos en la comisaría y desde entonces intervinieron en el expediente más de 30 jueces de primera instancia. Además, en 1992, la Cámara sobreseyó al comisario Miguel Angel Espósito. A quince años de uno de los casos emblemáticos de impunidad policial, CORREPI y familiares de las víctimas del gatillo fácil marcharon desde Congreso a Plaza de Mayo.

Imágenes de la Movilización: Luciano para ANRed


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La causa Bulacio se inició tres días después de la detención de Walter, ocurrida en la comisaría 35ª el 19 de abril de 1991, cuando el personal médico del Sanatorio Mitre denunció a la comisaría de su zona el ingreso de un menor con traumatismos y golpes faciales con un grave cuadro neurológico.

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El 26 de abril Walter murió y desde entonces intervinieron en el expediente más de 30 jueces de primera instancia. En mayo de 1992, la Cámara sobreseyó al comisario Miguel Angel Espósito, y sólo los padres de Walter, constituidos como querellantes, impulsaron la continuación de la causa. La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la querella, revocó el sobreseimiento y ordenó volver a procesar al comisario.

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En marzo de 1996, se clausuró la instrucción, elevándose a plenario con el procesamiento firme del comisario Miguel Angel Espósito por el delito de privación ilegal de la libertad calificada, reiterado en 73 oportunidades. La fiscalía pidió, por estos hechos, 15 años de prisión y 30 de inhabilitación.

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A partir de esta instancia, se inicia una etapa de dilatación de una causa que aún no posee una definición.

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«Todo el esfuerzo del Estado se ha dirigido a archivar la Causa Bulacio y a tratar de ocultar su trascendencia como bandera de lucha contra la represión y la impunidad. Y es lógico que así sea, porque el asesino es el Estado Argentino, que se defiende defendiendo a los ejecutores de sus políticas», declaraba Correpi en 2002, frente a la decisión de separar la querella de la causa, como una decisión que define aún más la política de hacer desaparecer del ámbito social este tipo de hechos y archivarlos para que pasen finalmente al olvido.

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Fue en 1997, cuando se cumplió un año de la paralización del trámite, que se formuló una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violación a los derechos garantizados en el Pacto de San José de Costa Rica. La presentación resultó admisible y fue notificado al Estado, que nada hizo al respecto. Como consecuencia, la Comisión y la familia Bulacio lo demandaron, en el año 2000, ante la Corte Interamericana de DDHH, que aceptó por primera vez una causa argentina generada por represión policial.

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En el informe presentado por los abogados de la familia se denuncia que el «Estado argentino continúa incumpliendo la parte más sensible de las resoluciones de la CIDH, aquélla que ordenara la prosecución del trámite judicial hacia la sentencia sin más dilaciones, con plena participación de la familia en el rol de querellante. El trámite de la causa penal se encuentra hoy, cuando se están cumpliendo 15 años de la muerte de Walter, en el mismo estado procesal que el 18 de junio de 1996, cuando la fiscalía presentó su acusación contra el comisario Miguel Ángel Espósito»

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La legislación vigente es la que habilita que la policía accione realizando detenciones arbitrarias que derivan en golpizas y torturas seguidas de muerte, ya que es así como trabajan las fuerzas de seguridad. Y los códigos contravencionales o los edictos policiales que facultan a la policía a detener personas sin orden judicial, siguen en vigencia.

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Testimonios de la marcha antirrepresiva, que partió de Plaza Congreso a Plaza de Mayo:

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 Gladis Da Silva, mamá de Miguel Da Silva, víctima del gatillo fácil: «Mi marcha y mi lucha empiezan el día en el que yo estaba enterrando a mi hijo y me entero que el policía que lo fusiló sigue levantando pibes en el barrio y con mucha impotencia salimos con todos los vecinos a pedir justicia y que se nos aclare por qué seguía trabajando.

«Esta convocatoria me da fuerza. Sé que no estoy sola que somos muchas las que venimos peleando contra la impunidad. Ellos matan jóvenes como nada. Hoy puede ser mi hijo y mañana otro. Cualquier mamá va a llorar igual que yo si estos policías siguen prestando servicio».

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 Flavio Rapisardi, del Área Queer: «Nosotros no creemos que exista diferencia entre represión y discriminación. La discriminación es un acto de represión. Entonces, la relación entre gatillo fácil y la cuestión de clase se amplía a su relación con género e identidad sexual. Alrededor de 200 travestis fueron asesinadas tanto por tiros de la policía como atropelladas por los mismos policías. La represión es ejercida de manera selectiva contra sectores empobrecidos y sectores que de algún modo ponen en crisis el status quo y la hegemonía. En este sentido ser travesti es un modo en el que se manifiesta la lucha de clases; ser travesti en la Argentina es ser pobre, ser lesbiana o gay también implica un menor acceso a circuitos de consumo. La represión cuando va en contra de gays, lesbianas o travestis o pibes de las zonas pobres es la misma represión ejercida contra un sector que pone en crisis la hegemonía».

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 Gustavo Lerer, de la Comisión Interna del Hospital Garrahan: «Donde haya represión, entendemos que los trabajadores tenemos que estar. Porque si consideramos que tenemos la posibilidad de cambiar esta sociedad, no solo hay que responder a las reivindicaciones específicas de los trabajadores sino también las reivindicaciones de todos los sectores explotados. Una de las lacras que tiene este sistema es el gatillo fácil, la policía que tiene la función de cuidar la propiedad privada de los grandes patrones y el gobierno que defiende esos intereses reprimiendo en Las Heras, a nosotros, en subte y también mantiene la impunidad como en el caso de Bulacio».

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Fuentes: Observaciones de los peticionarios a la Corte IDH respecto del incumplimiento de la sentencia. 17 de Abril 2006 / Cronología del caso: CORREPI.

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