12/07/2013

El Juez Garrido rechazó el veto de Macri por la ley de aborto no punible

En el programa OID, MORTALES !!! que se emite por AM 690 y www.laretaguardia.com.ar los lunes a las 20 hs., el lunes 8 de julio la Dra. Analía Más analizó la medida tomada por el Juez Garrido contra el veto a la ley de aborto no punible vetada por el Gobierno de Mauricio Macri.


En el 2012 se votó un proyecto de ley que presentó la legisladora María Rachid y fue consensuado por toda la oposición de la Legislatura de la Ciudad. Por primera vez se logró votar una ley que el bloque del PRO en pleno votó en contra. «En la Ciudad, la oposición somos muy variados, porque son muchos partidos políticos diferentes. Fue, no solo redactarla, sino también todo el trabajo que hizo la diputada Rachid en unificarla, en hacer un texto que todos estén de acuerdo, y votarla. Fue un trabajo nuestro, de los asesores durante todo el año. Fue muy difícil, peleado. El día de la votación terminó a la madrugada, con muchas discusiones. Fue agotador. Y cuando termina en un veto sin sentido, sin fundamentación es frustrante”, manifestó la Dra. Analía Más..

Una vez sancionada la ley por parte de la Legislatura, Macri emite una resolución a través del Ministerio de Salud, que era un protocolo de Aborto no Punible sumamente restrictivo, dictado por el ex-Ministro de Salud Lemus y que fue lo que lo llevó luego a renunciar. Este protocolo establecía equipos interdisciplinarios, que el Código Penal no lo pide, «y que el fallo de la Corte decía específicamente que no los hubiera”, aclaró Más. Asimismo, «se pedía la autorización del Director del hospital. Se estableció un plazo de hasta doce semanas, que el Código no establece”. La abogada recordó el caso de la mujer embarazada víctima de trata del hospital Ramos Mejía, que tenía 12 semanas de gestación: «Se había hecho una resolución para que fuera imposible de aplicar en los casos reales”. Y agregó que en su fallo, la Corté pidió a cada provincia que hiciera un protocolo. «En Córdoba se hizo uno similar y una organización, Pro-Vida, lo impugnó y un juez le hizo lugar; hay provincias donde está sucediendo lo que intentó Macri”.

«Ante estos hechos, estábamos peor que antes del año 2012”, declaró Analía Más, con lo cual, con la diputada Rachid presentamos un amparo. Lo primero que ocurrió fue que la Jueza López Vergara dictó una cautelar que le quitó a esa resolución del Ministerio de Salud lo peor que tenía. Por ejemplo, «establecía equipos interdisciplinarios; tenía que hacer un dictamen de equipos interdisciplinarios, que el Código Penal no lo pide”. El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación decía específicamente que no los hubiera porque siempre se usaban los comités de ética, y estos equipos interdisciplinarios, se usan para prolongar y revictimizar, y que pase el tiempo.
Por último, Macri veta esta ley que está prevista en nuestro Código Penal desde hace más de 90 años, desde 1921. Prevé el caso de que, si bien el aborto es un delito, no lo será en caso de que se trate de un embarazo que pone en peligro la vida de la mujer o su salud. O en los casos de violación.
Ante la petición de inconstitucionalidad del veto, por parte de la legisladora Rachid, el juez Roberto Gallardo hizo lugar al pedido. Lo que dice el magistrado es que la facultad de dictar decretos es extraordinaria y se tiene que dictar en situaciones específicas y de gravedad, entendiendo además que Macri era un vetador serial. «María utilizó esa frase y se tomó. Porque nosotros habíamos sacado la cantidad de vetos de Macri desde que está en el gobierno, y él vetó el 25% de las leyes. Con lo cual, lo que entiende el juez, es que él se está robando facultades legislativas”.
Analía Más explicó que lo que aclara el juez Gallardo, es que la ley sancionada por la Legislatura «respondía totalmente a las premisas que fijaba el fallo de la Corte Suprema”, en tanto que la resolución del Ministerio de Salud «la violaba absolutamente”. Ahora, si hay que llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, porque Macri vaya a apelar la resolución de Gallardo y si es consecuente con el fallo que dictó el año pasado, no tendría que haber inconvenientes en ratificarlo.
También sostuvo que en la ley que sancionó la Legislatura se entienden los riesgos de salud de acuerdo a cómo lo concibe la Organización Mundial de la Salud (OMS): en el sentido físico, sicológico y social. «Solo una mujer sabe en qué condición social, sicológica o física se encuentra. Esto es algo muy importante y que el juez lo remarca. Tiene que quedar en claro que alcanza la voluntad y manifestación de la mujer. No es necesario hacer una denuncia penal, porque nuestra ley no lo exige”, añadió la Dra. Más.

Remarcó asimismo que «se fijó la edad en 14 años «“cuando Macri la había fijado en 18 y donde se pedía autorización de los padres»“, siendo que a veces hay casos de violación intrafamiliar y se le está pidiendo autorización al propio violador y se debe proceder y se la debe informar, sin revictimizar. El personal tiene que estar capacitado para contener, y actuar en consecuencia”.
Desde el momento que se publique en el Boletín Oficial estará vigente esta medida cautelar. Hay que entender que en la ley que sancionó la Legislatura se atienden los riesgos de salud como lo entiende la OMS. No solo la ausencia de enfermedad, sino salud en el sentido físico, sicológico y social. «En realidad, es una apertura la legalización del aborto, porque solo una mujer sabe en qué condición social, sicológica o física se encuentra y entiende que no puede continuar y entiende que debe interrumpir ese embarazo. Esto también es algo muy importante y que el juez lo remarca, que es salud en el sentido integral que establecen las convenciones internacionales”, concluyó la Dra. Analía Más.



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