19/04/2013

Sentencias por el asesinato de Mariano Ferreyra: 15 años para José Pedraza

tapa_mariano.jpg Por el crimen del militante Mariano Ferreyra, el Tribunal Oral Nº 21 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a 18 años de prisión a Daniel Favale, Gabriel Sánchez y Pablo Díaz, mientras que sentenció a 15 años al histórico líder de la Unión Ferroviaria José Pedraza y a su segundo, Juan Fernández. Si bien hubo condena, el fallo no cumplió con las expectativas de distintas organizaciones políticas, sociales y de derechos dumanos. El Tribunal consideró que fue homicidio simple y que no se pudo probar que hubieran ido directamente a matar, desestimando de este modo el papel de la patota y sus vínculos. Por ANRed y La Retaguardia, en la RNMA.


Sentencia-MarianoFerreyra

La Retaguardia- RNMA

Alrededor de las 19 el Tribunal Oral Nº 21 de la Ciudad de Buenos Aires, integrado por los jueces Horacio Días, Carlos Bossi y Diego Barroetaveña, se dispuso a leer la sentencia del juicio por el asesinato de Mariano Ferreyra y las heridas sufridas por Elsa Rodríguez, Nelson Aguirre y Ariel Pintos, cuyos fundamentos se darán a conocer el 17 de junio. Mientras, sobre Comodoro Py, gran cantidad de organizaciones políticas, sociales, estudiantiles y de derechos humanos -que habían realizado una vigilia desde la noche del jueves- seguían atentamente la lectura del fallo por pantalla gigante.

Previo al veredicto, el presidente del tribunal, Horacio Días, dio un resumen de los fundamentos del fallo. Aclaró desde un principio que el mismo no iba a ser «ejemplar», como había solicitado la querella representada por CORREPI, ya que eso, consideró, implicaría forzar la interpretación de los hechos de la causa. «En la ejemplaridad está la sentencia injusta», señaló. Y justificó la decisión del tribunal: «La querella encabezada por la doctora Verdú con la teoría del plan de tres patas, muestra pero no demuestra lo que afirma; da cuenta más de su propia visión del mundo».

Pero el Tribunal también desestimó los audios de la causa, en los cuales se registraban diálogos entre el imputado José Pedraza y el ministro de Trabajo Carlos Tomada, por un lado, y, por otro, con la viceministra de la misma cartera, Noemí Rial. La explicación de Días fue que Tomada «se lo quiso sacar de encima” a Pedraza y relativizó la frase del Ministro –«la mejor defensa es un buen ataque» «“ ya que, según el juez, es lo mismo que «haber dicho siempre que llovió paró». (ver Pedraza-Tomada-Rial: las voces de la infamia).

Las sentencias

Cristian Favale y Gabriel Sánchez fueron sentenciados a 18 años por ser los autores materiales, aunque no se estableció cuál de los dos fue el que disparó. Misma condena recibió el jefe de la Comisión de Reclamos del sindicato, Pablo Díaz, como partícipe necesario.

Al líder de la Unión Ferroviaria José Pedraza, y a su segundo, Juan Fernández, se los condenó a 15 años, por ser penalmente responsables del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipes necesarios.

Respecto a los afiliados a la Unión Ferroviaria (UF) que formaban parte de la patota y los efectivos policiales, las condenas son de:

 11 años para Jorge Gonzalez y Salvador Pipitó.

 10 años para Luis Mansilla.

 8 años para Claudio Alcorcel y Jorge Ferreyra.

 2 años para Hugo Lompizano, Luis Echavarría y Gastón Conti.

 12.500 pesos de multa para David Villalba.
Mientras que fueron absueltos Juan Carlos Pérez, Guillermo Uño y Rolando Garay.

(Ver detalle de condenas al final de esta nota)

A las 19:50 aproximadamente se suspendió la lectura del fallo y se desalojó la sala. Según testigos que se encontraban en el lugar, las peleas se generaron en la parte superior de la sala, donde estaban, por un lado, los militantes que exigían cadena perpetua y, por otro, los familiares de los imputados. Media hora después se reanudó la audiencia y se leyeron las últimas sentencias.

Cabe señalar que el CELS -querella que representa a la familia de Ferreyra- había solicitado perpetua para 14 de los 17 imputados, mientras que la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) y la Asociación de Profesionales en Lucha (APEL) que representó a los heridos había solicitado 25 años para los 17 imputados. Por su parte la fiscalía había pedido cadena perpetua para el ex líder de la Unión Ferroviaria. Sin embargo, la condena mayor fue de 18 años.

Declaraciones

Jorge Altamira, titular del Partido Obrero (PO), donde militaba Mariano, consideró que «el fallo no habla para nada de la Secretaría de Transporte (…) Busca acomodar los hechos a un resultado determinado. El fallo primero expone las cosas de modo tal que revela un plan criminal y, luego, no hace lugar a eso. Si quieren encontrar la refutación de este fallo lo van a encontrar en la misma lectura del juez. El fallo no está a la altura de lo que pide la sociedad argentina».

Por su parte, Néstor Pitrola, también dirigente del PO, denunció: «Acá hay una complicidad, un amparo que debe ser indagado, porque se ha buscado salvar a las tres patas del estado (…) El estado generó el área liberada para que actuara la patota, creemos que hay una ruta de responsabilidades penales que van mas allá de Pedraza, que derivan en Aníbal Fernández como responsable de la Policía Federal hasta el Ministerio de Trabajo, donde en los audios se lo escucha al ministro Carlos Tomada preguntando si no les encontraron las armas.»

En otras ciudades

En distintas ciudades se siguió la lectura del veredicto. En Neuquén capital alrededor de 300 personas se convocaron para seguir los pasos de la jornada final del juicio. Los oradores del acto fueron Patricia Jure (PO), Daniel Huth (ATEN) y Raúl Godoy (Zanón). Repudiaron el veredicto e hicieron énfasis en que el asesinato de Mariano fue un crimen de clase, como también lo fue el del maestro Carlos Fuentealba.

En Rosario, Santa Fe, organizaciones de derechos humanos, gremiales, sociales y políticas convocaron a un acto frente a la Bolsa de Comercio. Luego de la lectura del fallo, se realizó un corte de calles para manifestar el descontento por las condenas.

601824_10151545997638750_1098232878_n.jpg


Detalle de las sentencias:

 José Ángel Pedraza: fue condenado a 15 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.

 Juan Carlos Fernández: fue condenado a 15 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.

 Pablo Díaz: fue condenado a 18 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.

 Cristian Daniel Favale: fue condenado a 18 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de coautor.

 Gabriel Fernando Sánchez: fue condenado a 18 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de coautor.

 Jorge Daniel González: fue condenado a 11 años de prisión, por ser coautor penalmente responsable del delito de coacción en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa, este último en calidad de partícipe necesario.

 Francisco Salvador Pipitó: fue condenado a 11 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser coautor penalmente responsable del delito de coacción en concurso ideal con homicidio, el que concurre idealmente con homicidio en grado de tentativa, en calidad de partícipe necesario.

 Claudio Fernando Alcorcel: fue condenado a 8 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe secundario.

 Luis Osvaldo Mansilla: fue condenado a 10 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.

 Jorge Raúl Ferreyra: fue condenado a 9 años de prisión, accesorias legales y costas, por ser penalmente responsable del delito de homicidio en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa en calidad de partícipe necesario.

 Hugo Ernesto Lompizano: fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble tiempo y costas, por ser penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor.

 Luis Alberto Echavarría: fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble tiempo y costas, por ser penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor.

 Gastón Maximiliano Ezequiel Conti: fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble tiempo y costas, por ser penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor.

 David Ismael Villalba: fue condenado a la pena de $12.500 de multa, inhabilitación especial por un año y costas, por ser penalmente responsable del delito de omisión de deberes de oficio en calidad de autor.

 Juan Carlos Pérez: absuelto.

 Guillermo Uño: absuelto.

 Rolando César Garay: absuelto.



0 comentarios

1000/1000
Los comentarios publicados y las posibles consecuencias derivadas son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Está prohibido la publicación de comentarios discriminatorios, difamatorios, calumniosos, injuriosos o amenazantes. Está prohibida la publicación de datos personales o de contacto propios o de terceros, con o sin autorización. Está prohibida la utilización de los comentarios con fines de promoción comercial o la realización de cualquier acto lucrativo a través de los mismos. Sin perjuicio de lo indicado ANRed se reserva el derecho a publicar o remover los comentarios más allá de lo establecido por estas condiciones sin que se pueda considerar un aval de lo publicado o un acto de censura. Enviar un comentario implica la aceptación de estas condiciones.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Ir arriba