07/03/2013

La Plata: Justicia Ya exigió el desalojo del destacamento de Arana

foto_tapa-3.jpg El organismo presentó esta mañana una carta al Gobernador Daniel Scioli reiterando el reclamo por el incumplimiento de la orden judicial emanada por el Juzgado Penal Federal Nº 3 que hace más de cuatro años solicitó el desalojo del destacamento policial ubicado en lo que fue parte del Centro Clandestino de Detención de Arana. Además, recordaron que el fallo del juicio por el Circuito Camps, emitido en diciembre pasado, también instó a que la Provincia cese la utilización por parte de la policía de las dependencias que funcionaron como centros clandestinos.


Reproducimos el comunicado de Justicia Ya en La Plata:

7 de Marzo de 2013

COMUNICADO DE PRENSA

Justicia Ya en La Plata informa que en el día de hoy entregamos una carta al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, reiterando el reclamo al Poder Ejecutivo provincial por el incumplimiento, ya no sólo la orden judicial de hace más de cuatro años, emanada por el Juzgado Penal Federal Nº 3 a cargo del Dr. Corazza, solicitando el desalojo del Destacamento de Arana, sino que este incumplimiento se ve drásticamente agravado a partir del fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata, integrado por el Dr. Carlos Alberto Rozanski en calidad de Presidente, y los Sres. Vocales, Dres. Roberto Atilio Falcone y Mario Portela, el día 19 de Diciembre de 2012, emitido luego del juicio seguido a 24 represores del denominado Circuito Camps en dónde se insta a la provincia para que cese la utilización por parte de la policía de las dependencias que funcionaron como Centros Clandestinos de Detención durante la última dictadura cívico-militar, especialmente el Destacamento de Arana, la Comisaría 5ta de La Plata, la Brigada de San Justo, Puesto Vasco que funcionó en la Subcomisaría de Don Bosco y el COTI Martínez”.

En la misma insistimos lo paradojal que resulta que el Gobierno anuncie la intención de construir en algunos CCD espacios de memoria, sin reparar en la violencia simbólica de la presencia de la misma fuerza represiva que lo habitaba durante la dictadura militar. De igual modo recordamos al Sr. Gobernador que para poder avanzar en la realización de las investigaciones que quedan pendientes en estos lugares es imprescindible el desalojo y la preservación de los mismos.

Recordamos también al Dr. Scioli que debe ordenar la inmediata baja por exoneración, como lo indicara el mencionado Fallo del TOF al condenar por el delito de Genocidio a los reos juzgados y declarados culpables en el juicio al denominado Circuito Camps.

A pocos días de cumplirse 37 años del golpe genocida esperamos la única respuesta posible por parte del gobernador, el inmediato desalojo del destacamento policial de Arana y demás lugares donde funcionaron CCD tomando los recaudos necesarios para poder avanzar en el conocimiento del destino de muchísimos compañeros que fueron secuestrados, torturados y que hoy permanecen desaparecidos, habiendo sido comprobado su paso por esos centros de exterminio y a hacer efectivo el cumplimiento de la baja por exoneración de los policías condenados.

CONTACTOS DE PRENSA

Nilda Eloy 0221-15 5865035

Lucía de la Vega 0221-15 4768819

Carlos Zaidman 0221- 15 5731407

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A continuación, la carta presentada al Gobernador Daniel Scioli:

La Plata 7 de Marzo de 2013
Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires:
Daniel Scioli
S______/____D
Motiva la presente carta la necesidad urgente de reiterar el pedido que realizamos desde Justicia Ya La Plata acerca del desalojo del destacamento policial ubicado en lo que fue parte del Centro Clandestino de Detención de Arana.

Desde Justicia Ya La Plata volvemos a recordarle que el Gobierno Provincial, cuyo ejecutivo Ud. preside, continúa incumpliendo, ya no sólo la orden judicial emanada por el Juzgado Penal Federal Nº 3 a cargo del Dr. Corazza solicitando el desalojo del Destacamento de Arana, sino que este incumplimiento se ve drásticamente agravado a partir del fallo emitido por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata, integrado por el Dr. Carlos Alberto Rozanski en calidad de Presidente, y los Sres. Vocales, Dres. Roberto Atilio Falcone y Mario Portela, el día 19 de Diciembre de 2012, luego del juicio seguido a 24 represores del denominado Circuito Camps en cuyo decisorio que llevan los números 12 y 13 del mencionado fallo dicen:

12. «EXHORTAR al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a fin que se desafecten las dependencias policiales que funcionaron como Centros Clandestinos de Detención durante la última dictadura cívico-militar, especialmente el Destacamento de Arana, la Comisaría 5ta de La Plata, la Brigada de San Justo, Puesto Vasco que funcionó en la Subcomisaría de Don Bosco y el COTI Martínez”.
13. INSTAR al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para que el «Destacamento de Arana” y la «Comisaría 5ta de La Plata” que funcionaron como Centros Clandestinos de Detención durante la última dictadura cívico-militar, sean destinados a sitios de «La Memoria”.
Los predios mencionados se encuentran, aún, al día de hoy ocupados por la Policía de la Provincia de Buenos Aires. El desalojo resulta imprescindible siendo que es necesaria su conservación como así también el poder avanzar en la realización de tareas investigativas que quedan pendientes lo cual resulta imposible dado el estado actual de ocupación.
Tanto el EQUIPO DE ANTROPOLOGIA FORENSE (distinguido en el mismo fallo por el trabajo realizado) como organismos de la Provincia de Bs. As. aseveraron que la primera etapa de todo plan de conservación es el desalojo del lugar, tal como sucediera en el denominado Pozo de Banfield todo lo cual hace que resulte escandaloso que a la fecha el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires no haya dispuesto de oficio el desalojo de los predios para dejar una mera custodia, mínima y elemental en medida de resguardo.
La magnitud probatoria hallada, por ejemplo, en el CCD Destacamento de Arana, siendo el primer centro clandestino donde se producen hallazgos de restos humanos hace aún más necesaria el cumplimiento urgente de la mencionada resolución del TOF .

El 25 de Marzo de 2009 se llevó a cabo frente al Destacamento de Arana un acto de señalización del Centro Clandestino de Detención, organizado por Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Resulta paradójico que el Gobierno señalice el lugar y anuncie la intención de construir allí un espacio de memoria, sin reparar en la violencia simbólica de la presencia de la misma fuerza represiva que lo habitaba durante la dictadura militar. Sorprende sobre todo, porque al momento de desalojar el Pozo de Banfield y otorgarle su custodia a la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Seguridad fundamentó tal decisión en la necesaria preservación de una dependencia que funcionó como Centro Clandestino de Detención, y sobre el cual pesan todavía medidas judiciales diversas, siendo que, como claramente indica el fallo del TOF, los responsables de los delitos que se cometieron en dichos Centros Clandestinos de Detención incurrieron en «la comisión del Delito Internacional de Genocidio (en las tipificaciones del art. 2 incs. a, b, c, y e, de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, que fuera ratificada por el decreto-ley 6.286, y conforme el art. 118 de la Constitución Nacional), en cada caso corresponde la condena por tal delito.”

A la urgente necesidad de dar cumplimiento a los desalojos le recordamos que lo dictado por el TOF en el mencionado fallo y siempre fundado en la comprobación del genocidio cometido, dice en la resolución dictada con el número 15: «HACER SABER al Poder Ejecutivo Nacional y al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires de las condenas dictadas en los puntos precedentes, a fin de que a través del Ministerio de Defensa de la Nación y del Ministerio de Justicia y Seguridad Provincial, respectivamente, se de cumplimiento al procedimiento de baja por exoneración, en los casos en que corresponda.”

Por todo lo expuesto, y visto que el Gobierno Provincial del cual Ud. es titular no ha tomado ninguna medida en ese sentido, atento el tiempo transcurrido, debemos reiterar que resulta imprescindible que de manera urgente se de cumplimiento a las resoluciones judiciales mencionadas y que el Poder Ejecutivo provincial disponga el inmediato desalojo de los predios mencionados, como así también la baja por exoneración a los genocidas del Circuito Camps.

JusticiaYA! La Plata está integrado por: Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos; Central de Trabajadores Argentinos (CTA) La Plata-Ensenada; Central de Trabajadores Argentinos (CTA) Prov. de Bs. As.; Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU); Centro por los Derechos Humanos Hermanos Zaragoza; Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Colectivo de Abogados y Abogadas Populares La Ciega; Comité de Acción Jurídica (CAJ); Comité de Defensa de la Etica, la Salud y los Derechos Humanos (CODESEDH); Familiares de Desaparecidos, La Plat; HIJOS La Plata; Liberpueblo; Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); Unión por los Derechos Humanos, La Plata; Asociación de Profesionales en Lucha ( APEL). Agrupación INSURRECTOS.



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