31/07/2012

Persecución en COTO: la justicia consideró nulo el despido de Tonarelli

indy1-2.jpgEn el largo listado de conflictos laborales en Rosario el caso de Cristian Tonarelli, referente gremial en la cadena de supermercados COTO, es emblemático. No sólo en su recorrido, que conllevó persecución dentro del ámbito laboral, elecciones gremiales fraudulentas, despido injustificado y la represión violenta de la protesta por parte de fuerzas oficiales y de seguridad privada de la empresa. Sino en la posibilidad de que el fallo que se desprende del juicio laboral iniciado en 2009 siente jurisprudencia, al reconocer al joven como referente de hecho de los trabajadores y considerar su despido como discriminatorio y ligado a su activismo sindical. Por Indymedia Rosario .


Cristian Tonarelli ingresó a trabajar en la red de supermercados de
COTO CICSA en noviembre de 2004. Durante su relación laboral, el personal
reclamó derechos laborales básicos como jornada laboral de 8hs,
pago de horas extras, cese de despidos, descanso dominical, entre muchas otras.
Encabezados por la agrupación Resistencia Mercantil, a la que
pertenecía Cristian, las demandas fueron el inicio de una prolongada
persecución, probadas éstas en la causa llevada adelante en el
Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Laboral de la 2ª Nominación
de Rosario, a cargo de María Andrea Deco
.

Yo te conozco…

El día 23 de abril de 2006, Tonarelli es electo delegado de la Sucursal
Nº 99 de COTO
. Dos meses después, realizando una protesta frente
a dicha sucursal, los mercantiles denunciaron presiones y amenazas de la
empresa
para que cesen con los reclamos, lo que fue coronado con 7 despidos.

Impedimento de ingreso al lugar de trabajo, seguimiento «cuerpo a cuerpo
por personas puestas por la empleadora al punto de seguirlo hasta al sanitario
de la sucursal”
, golpizas y arresto dentro del mismo comedor de COTO
fueron algunas de las acciones llevadas adelante por la patronal contra el gremialista
y denunciadas ante la justicia.

Reelecto en su cargo como delegado, el joven fue por otro mandato en 2008.
Pero el acto electoral tuvo ciertas irregularidades que llevaron a un pedido
de impugnación del mismo frente al Ministerio de Trabajo de la Nación.
«Quince días antes del acto, por orden de la empleadora, varias
personas de la ciudad de Buenos Aires que decían ser empleados de la
patronal fueron trasladadas a la sucursal 99 de Rosario, modalidad de «traslados
masivos” que nunca había existido hasta ese entonces, personas que
se retiran (en su mayoría) de Rosario luego de realizado el fraudulento
acto electoral”
, denunció Tonarelli, declaraciones que retoma
Deco en su fallo.

Justo un año después, cuando se vencía la protección
que establece la Ley de Asociaciones Sindicales
para quienes detentaron
cargos gremiales, COTO despide al referente de Resistencia Mercantil. «Lo
despiden sin justa causa, lo que se rechaza planteando que la verdadera
causa del mismo era su activismo sindical. Nosotros consideramos que el despido
era nulo por ser discriminatorio. Durante todo su mandato oficial fue un
reconocido referente de sus compañeros
, esto es el meollo de la cuestión”
,
apuntó Matilde Gatti, abogada de Tonarelli y miembro de la Asamblea
Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Rosario y de la Asociación
de Abogados Laboralistas
. En ese momento se inicia el largo camino judicial,
exigiendo la reinstalación por considerar el despido discriminatorio
y por ende, nulo.

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Una de cal y una de arena

La resolución de primera instancia, resulta contundente en
sus considerandos
. Entre los argumentos de la jueza, la representación
que Cristian ejercía «de hecho” ante sus compañeros
es un dato significativo que se sale de los cánones de los fallos
de la justicia laboral santafecina.

«En razón de todo lo hasta aquí analizado ha quedado
acreditado que el actor fue perseguido y presionado durante toda la relación
laboral
; que los compañeros que se le acercaban sufrían
amenazas
de traslados o despidos; que le fue prohibido el ingreso a su trabajo
desde la instalación de una carpa blanca (…) En suma, juzgando que
el despido dispuesto por la demandada fue un acto discriminatorio el
cual se encuentra prohibido por la Constitución Nacional art.16, y el
art.1 de la Ley 23.592, considero que el mismo es nulo (art.1.044 C.Civil) debiendo
ser el perjuicio reparado reponiendo las cosas al estado anterior al acto lesivo
(art.1 Ley 23.592 y 1.083 CC) condenando a COTO a abonar los salarios caídos
desde la fecha de la desvinculación hasta la efectiva reinstalación
del actor a su puesto habitual de trabajo
, afirma la sentencia
de Deco
.

Para Gatti, el fallo «sienta un precedente importantísimo, porque
son criterios a los que los jueces pueden adherir en casos similares. Creemos
que es importante que se reconozca a un trabajador como activista, como representante
de sus compañeros de hecho, más allá de su rol formal”
.

La Ley
23.592
, en su artículo 1º establece que todo acto que
sea discriminatorio, es nulo
y debe retornarse al estado anterior de que
se ejecute el mismo. No obstante, a la hora del fallo propiamente dicho, la
jueza dejó la puerta abierta para la monetarización del conflicto
.

«Condeno a COTO CICSA a reinstalar a CRISTIAN SAMUEL TONARELLI a su
puesto habitual de trabajo en el plazo de 10 días hábiles a partir
de la notificación de la presente y a pagarle los salarios caídos.
En caso de incumplimiento de la demandada con la reinstalación
ordenada, ésta quedará sustituída de pleno derecho por
la obligación de abonar, una indemnización adicional
equivalente
a un año de remuneraciones (13 salarios) correspondientes al momento
en que debió cumplirse la reinstalación, por el carácter
discriminatorio del distracto, amén de las indemnizaciones correspondientes
por despido incausado”
, sentenció Decco.

Basándose en el fallo del año 2010 de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación sobre el caso «Álvarez,
Maximiliano y otros c/ Cencosud S.A.
, la jueza contempla la
vía pecuniaria. «En el momento de esa resolución, la Corte
«“que tiene 7 miembros- tiene fallo dividido: cuatro reconocen que Álvarez
y sus compañeros habían sido despedidos discriminatoriamente y
mandan a reinstalarlo. Los otros tres jueces, adhieren en que el despido es
discriminatorio y deben reinstalarlo, pero terminan dando una opción
a la empleadora diciendo que si en 10 días no lo reinstalan tienen que
reemplazar la reinstalación con una sanción pecuniaria. Terminan
monetarizando el conflicto. Bueno, a ese criterio minoritario se adhiere el
fallo de Cristian Tonarelli”
, especificó la abogada de la APDH
Rosario.

No obstante, la ley que se invoca para introducir la monetarización,
no da esta opción
. «El acto discriminatorio es de nulidad
absoluta”
, definió Gatti. Por este motivo, el fallo actualmente
está parcialmente apelado
.

Una gota en el desierto

Los últimos datos que retoma el Observatorio
del Derecho Social
sobre cantidad de delegados y comisiones internas
en los lugares de trabajo, data de 2008. Según ellos, en el 85,8%
de las empresas no hay delegados
. En este marco, la existencia de precedentes
judiciales en el fuero laboral que tiendan a la preservación de derechos
básicos de los trabajadores, no deja de ser importante.

«Es una de las primeras en este sentido. Lo más importante de
la sentencia es que, además de la posibilidad de sentar jurisprudencia,
la Jueza dice que atenta a la prueba ofrecida por todos los testimonios surge
claramente de que él era un activista y representaba a sus compañeros,
aun terminado su mandato. Y plantea que esa fue la causa de su despido, por
lo que manda a reinstalarlo”
, apuntó Gatti.

Actualmente en la sucursal en la que Tonarelli se desempeñaba, el
activismo sindical sería casi nulo
. Cristian es hoy un empleado no
formal, que se esfuerza en desarrollar una carrera universitaria y sigue
luchando por su reincorporación en COTO
.

Sin lugar a dudas, el fallo tiene sabor a poco y la sentencia no es proporcional
al peso de los considerandos
, pero muestra una vez más que ante los
embates de las empleadoras, es la perseverancia y la disputa colectiva
las que pueden cimentar un camino que se erija en más justo para
los que viven del trabajo propio.



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