06/02/2019

Chubut: absuelven a la médica Estrella Perramón

El Superior Tribunal de Justicia del Chubut absolvió a la médica generalista Estrella Perramón tras revocar la sentencia condenatoria de la Cámara de Apelaciones de Esquel, en la causa relacionada con la muerte de una joven de 17 años a quien la profesional le practicó un aborto en diciembre de 2015 en la localidad de El Maitén, Chubut. En primera instancia, la médica había sido condenada a un mes de prisión en suspenso y a un año de inhabilitación. Sin embargo ahora el STJ dispuso la absolución. Por ANRed


La causa se relaciona con la muerte de una joven de 17 años a la que la profesional Estrella Perramón, le practicó un aborto, en El Maitén, en diciembre de 2015.

En primera instancia, el juez Colabelli absolvió a la médica por el delito de aborto consentido seguido de muerte, pero condenó a la nombrada a un mes de prisión en suspenso y a un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina, circunscribiendo el hecho al delito de lesiones culposas, en perjuicio de Keila Jaqueline Jones.

Sin embargo, ayer el Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Esquel y absolvió a la Dra. María Estrella Perramón.

La Red de Profesionales por el Derecho a Decidir, conjuntamente con la Campaña por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito emitieron un comunicado:

Garantizar derechos no es delito

Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir, celebramos el fallo emitido por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Chubut, que absuelve a María Estrella Perramón y fundamenta que “cumplió con su deber de médica, acompañando y participando de la atención de una Interrupción Legal del Embarazo solicitada por una joven de 17 años en el Hospital Subzonal de El Maitén”.

Después de un proceso judicial de tres años, La resolución judicial agrega que la doctora Perramón intervino de acuerdo con los protocolos médicos existentes y que al día de hoy se desconoce la causa del desmejoramiento de la salud y la muerte de la joven en cuestión.

Este fallo histórico en la Argentina demuestra una vez más que GARANTIZAR DERECHOS NO ES DELITO, que la práctica del aborto legal, seguro y gratuito, encuadrada según lo establecido por la normativa actual —artículo 86 inciso 1 y 2 del Código Penal de la Nación (CPN, 1921) — y bajo la realización del Protocolo de Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (Ministerio de Salud de la Nación, 2015), es una práctica vigente en la Argentina, compatible con la Constitución Nacional y las convenciones y pactos internacionales que reconocen los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

En este sentido queda de manifiesto que el acceso a las interrupciones legales del embarazo depende de la responsabilidad y el compromiso de profesionales de la salud entrenadxs y capacitadxs con perspectiva de género para la atención integral de los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos de todas las mujeres y personas con capacidad de gestar.

 



0 comentarios

1000/1000
Los comentarios publicados y las posibles consecuencias derivadas son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Está prohibido la publicación de comentarios discriminatorios, difamatorios, calumniosos, injuriosos o amenazantes. Está prohibida la publicación de datos personales o de contacto propios o de terceros, con o sin autorización. Está prohibida la utilización de los comentarios con fines de promoción comercial o la realización de cualquier acto lucrativo a través de los mismos. Sin perjuicio de lo indicado ANRed se reserva el derecho a publicar o remover los comentarios más allá de lo establecido por estas condiciones sin que se pueda considerar un aval de lo publicado o un acto de censura. Enviar un comentario implica la aceptación de estas condiciones.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Ir arriba