11/09/2018

Extradición de Jones Huala: Sin argumentos, el Gobierno de Macri desconoció el pedido de la ONU

La foto policial a la que accedió Infobae

El Ejecutivo nacional respondió a las Naciones Unidas rechazando el pedido para que no se produzca la extradición del lonko mapuche. Aseguró que, en juicio, tuvo todas las garantías para su defensa, punto que fue cuestionado por el organismo internacional que vela por los derechos humanos. La abogada de Jones Huala fue notificada cuando su defendido ya estaba en el helicóptero que lo trasladó a Mendoza. Por En estos días.


En tiempo récord y con un tratamiento exprés, el Gobierno nacional desestimó los argumentos del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas y procedió a extraditar a Facundo Jones Huala a Chile.

Este martes se cumplieron los diez días hábiles que tenía el Presidente Mauricio Macri para pronunciarse sobre el traslado del lonko mapuche. Al no haber adoptado una decisión expresa al respecto, quedó concedido el pedido de la Justicia de Chile.

Así se lo comunicó este martes al Juez Federal subrogante del Juzgado de Bariloche, Gustavo Villanueva, el Director de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dr. Conrado Izura.

La medida se concretó sin que fuese notificada la abogada de Jones Huala, Sonia Ivanoff, sino hasta el momento en el que el detenido fue subido esposado a un helicóptero para ser trasladado desde la ciudad de Esquel hasta Mendoza, y desde allí a Santiago de Chile.

“Esto es muy grave”, interpretó Ivanoff en diálogo con En estos días, quien explicó que, con esta resolución, el Estado argentino está desconociendo los pactos y acuerdos internacionales que suscribió y consolidó en la Constitución Nacional, reformada en 1994.

Pocos minutos después de comenzado el operativo de extradición, el diario Infobae publicó las fotos policiales tomadas en el Penal de Esquel y el helicóptero.

Foto policial, publicada por Infobae

Según documentación a la que pudo acceder este medio, fue el doctor Javier Salgado, Director de Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación, quien se dirigió a las Naciones Unidas para justificar la posición del Gobierno de Mauricio Macri.

Fechado este mismo 11 de septiembre, la nota responde a la opinión del Comité sobre la “conveniencia de suspender la extradición del señor Jones Huala a la República de Chile, mientras dure el análisis de la Comunicación”.

En ese sentido, el funcionario de tercera línea del Ministerio de Relaciones Exteriores planteó que “el Estado ha examinado detenidamente dicha solicitud” e interpretó que “no surgen argumentaciones o hechos que resulten novedosos a la luz de lo ya resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Es decir, que el Estado argentino considera que los expertos internacionales en materia de derechos humanos que intervienen en el caso desde la ONU, evalúan erróneamente la situación.

“En todas las instancias, las autoridades judiciales desestimaron los argumentos que ahora se exhiben ante ese Ilustre Comité como fundamento para requerir la adopción de las medidas antes citadas”, planteó el funcionario, y agregó que Jones Huala “ha tenido oportunidad de ejercer su derecho a la defensa de manera irrestricta durante todo el proceso judicial de extradición, llegando incluso a ser objeto de tratamiento por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

La intervención de la Corte no es un favor extraordinario que el lonko mapuche haya logrado, sino una instancia lógica tras las previsibles apelaciones al fallo original del Juez Federal Gustavo Villanueva.

“El Estado -continúa la nota enviada por el Gobierno de Macri a las Naciones Unidas- considera que, de los hechos relatados a la luz de las constancias obrantes en el expediente judicial en cuyo marco tramitó la extradición, no surgen elementos que permitan concluir que, una vez entregado a las autoridades de la República de Chile, el señor Jones Huala pudiera estar en riesgo de ser objeto de persecución, malos tratos, torturas, y/o violación de su derecho a un debido proceso. En consonancia con ello el Estado ha tomado en consideración que en la República de Chile rige el sistema democrático y el estado de derecho”.

En este punto, también conviene aclarar que durante la sustanciación del juicio de extradición quedó en claro por los testimonios y aporte de pruebas, que las condiciones de detención en Chile son claramente desventajosas en relación a lo que sucede en la Argentina, y que el anterior paso de Jones Huala por una cárcel de aquel país supuso una serie interminable de vejaciones, por su condición de mapuche y argentino.

Finalmente, el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores visibilizó la intencionalidad política de la decisión, cuando admitió que realizará observaciones al planteo de la ONU, “tanto en materia de admisibilidad como de fondo, dentro de los plazos de dos y seis meses, respectivamente”. Es decir que el Gobierno se tomará ese tiempo para brindar una respuesta más acabada sobre el tema, pero mientras tanto avaló la extradición del joven mapuche.

En su resolución, los expertos de la ONU -de acuerdo a la denuncia presentada por la abogada de Jones Huala- habían observado tres artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El primero es el artículo 7 que indica que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”, un peligro latente en Chile, cuyas cárceles han sido muestro de ello, y en “ocasiones”, de “malos tratos”, como observó el Comité contra la Tortura de la ONU, en su examen de Chile el pasado 9 de agosto de 2018.

El segundo artículo del Pacto retenido por los expertos es el 14, que estipula que “todas las personas son iguales ante los tribunales, un principio supuestamente violado por las autoridades judiciales de Chile y Argentina para con Huala, en su calvario de tres años de persecución, de la que es objeto, acusado de haber participado de un incendio durante 2013 en Chile, mientras que los coacusados han sido absueltos”.

Finalmente, el tercer artículo observado desde la ONU es el 27 que exhorta a los países “en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en comunidad con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión, y a emplear su propio idioma”.

Esos puntos fueron los señalados por la ONU para pedirle al Gobierno de Macri que suspenda la extradición, mientras se aboca al análisis de la cuestión de fondo.

Pero, apurado y sin dar lugar al estudio del caso por parte de los expertos, el Gobierno de la alianza Cambiemos sentenció la suerte de Jones Huala y procedió a su extradición.



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