16/03/2023

Caso Fuentealba II: condenan a cinco exjefes policiales por el uso arbitrario de la fuerza

Cinco exjefes policiales fueron condenados por abuso de autoridad. (Matías Subat)

Hoy condenaron a cinco exjefes policiales que condujeron la represión del 4 de abril de 2007 que terminó con el asesinato del maestro Carlos Fuentealba en Neuquén. Las penas que tendrán Carlos Zalazar, Moisés y Adolfo Soto, Mario Rinzafri y Jorge Garrido por uso arbitrario de la fuerza se conocerán la semana próxima. Sandra Rodríguez, compañera de Carlos Fuentealba expresó: «No se podía tolerar otro fallo que no fuera este: sí es próximo a la justicia completa. Porque vinimos muy condicionados a este juicio, no tiene todo lo que hubiéramos querido, pero sí sabemos que se hizo justicia hoy y que yo lo único que pienso es en Carlos, en Camila, en Ariadna y en la cantidad de compañeros de todo el país que esperaban este fallo. Nada más, yo solo puedo decir eso». Por ANRed

Hoy se conoció el veredicto sobre cinco exjefes policiales Carlos Zalazar, Moisés y Adolfo Soto, Mario Rinzafri y Jorge Garrido- que condujeron la represión del 4 de abril de 2007 que terminó con el asesinato del maestro Carlos Fuentealba en Neuquén. Todos ellos fueron encontrados responsables del delito de abuso de autoridad. En cuanto al comisario inspector Benito Matus fue declarado culpable del abuso de armas agravado, pero absuelto de lesiones leves.

El caso Feuntealba II juzgaba a ocho ex policías pero dos fueron absueltos: Julio Lincoleo y Aquiles González, imputados del encubrimiento de José Darío Poblete.

Así fue resuelto por unanimidad por el tribunal de juicio integrado por Luis Giorgetti, Raúl Aufranc y Diego Chavarría Ruiz. En una próxima audiencia se debatirán las penas que deberán cumplir.

En el primer juicio que se realizó por este caso, el cabo Darío Poblete fue condenado a prisión perpetua por homicidio calificado con alevosía en 2008. El 4 de abril de 2007 fue quien disparó una granada de gas lacrimógeno que impactó por detrás a Carlos Fuentealba causándole la muerte.  La represión a la manifestación del gremio docente en la ruta nacional 22, en cercanías del paraje Arroyito fue ordenada por Jorge Omar Sobisch, gobernador de la provincia en ese entonces.

Marcelo Medrano, abogado querellante, ni bien salió de la audiencia expresó: «Me parece que fue un fallo justo, la cuestión del abuso de autoridad era central porque era lo que todos y todas veníamos diciendo».

Respecto al exgobernador, quien ordenó el operativo que terminó con el asesinato por la espalda de un docente, pero nunca fue imputado, Medrano agregó: «Jorge Sobisch estuvo en carácter de testigo que nunca debiera haberlo sido en este juicio». Incluso, el testimonio de Sobish mostró inconsistencias respecto de sus dichos apenas sucedió el asesinato.

Por su parte la compañera de Carlos Fuentealba, Sandra Rodríguez expresó: «Yo lo único que quiero decir es que nosotros no tenemos odio, ni siquiera ese día teníamos odio, estábamos protestando. No se podía tolerar otro fallo que no fuera este: sí es próximo a la justicia completa. Porque vinimos muy condicionados a este juicio, no tiene todo lo que hubiéramos querido, pero sí sabemos que se hizo justicia hoy y que yo lo único que pienso es en Carlos, en Camila, en Ariadna y en la cantidad de compañeros de todo el país que esperaban este fallo. Nada más, yo solo puedo decir eso».

Al término de los alegatos de las y los querellantes habló la compañera de Carlos, Sandra Rodríguez, y reclamó justicia en nombre de las hijas del docente y «de todos y todas las maestras». Recordó la última vez que habló con él, cuando ya se estaba retirando. «La cruel verdad es que Carlos fue a una movilización y no volvió», dijo.

Sandra y el hermano de Carlos Fuentealba, Ricardo. (Foto: Florencia Salto)

El caso Feuntealba II juzgaba a ocho policías enjuiciados, dos fueron absueltos: Julio Lincoleo y Aquiles González que habían sido imputados por el encubrimiento de José Darío Poblete. Por su parte, Benito Matus, quien era oficial principal en 2007 y actualmente es comisario inspector en Chos Malal fue encontrado responsable de abuso de armas agravado en perjuicio de Angélica Cisterna, pero absuelto de lesiones leves agravadas contra Alejandro Castelar.

La acusación por abuso de armas, en concurso con lesiones leves fue por haberle disparado el 4 de abril a Angélica Cisterna, con una escopeta 12/70, en las inmediaciones de la estación de servicio YPF de Arroyito, mientras iba en el asiento trasero de una Ford Escort y poco después, a la altura del kilómetro 1.263, golpear con el arma a Miguel Alejandro Castelar, que se dirigía con las manos en alto hacia un cordón policial.

Las condenas y absoluciones

Carlos Zalazar exjefe: condenado por abuso de autoridad.

Moisés Soto exsubjefe: condenado por abuso de autoridad.

Adolfo Soto exsuperintendente de Seguridad: condenado por abuso de autoridad.

Mario Rinzafri exdirector de Seguridad Neuquén: condenado por abuso de autoridad.

Carlos Zalazar, exjefe de la Policía de Neuquén. (Matías Subat)

Jorge Garrido exjefe de Policía Metropolitana: condenado por abuso de autoridad.

Aquiles González exjefe de grupo especial: absuelto de encubrimiento agravado al Cabo Primero José Darío Poblete quien mató a Fuentealba.

Julio Lincoleo exjefe de grupo especial: absuelto de encubrimiento agravado al Cabo Primero José Darío Poblete quien mató a Fuentealba.

Benito Matus, era oficial principal en 2007 y actualmente es comisario inspector en Chos Malal: responsable de abuso de armas agravado en perjuicio de Angélica Cisterna, absuelto de lesiones leves agravadas contra Alejandro Castelar.

El texto del veredicto se leyó hoy pasadas las 13.30 y subrayó: «Hubo acciones incomprensibles desde que los manifestantes se retiraron (de la ruta) hacia la estación de servicio. La policía los perseguía a gran distancia de la ruta y la banquina para el lado del río, accionando escopetas con balas de goma y pistolas lanzagases».

Además puntualizó: «Es cierto que algunos manifestantes arrojaron piedras, pero no era una actitud masiva, sino de personas aisladas, que no sirve para justificar el uso indiscriminado de la fuerza sobre quienes huían del lugar más allá de las zonas aledañas a la ruta».

El veredicto fue leído por el juez Giorgetti, quien al finalizar expresó: «Creemos que era necesario escuchar a los involucrados en un ámbito de respeto y poder dar una respuesta del poder judicial no solo a las personas que participan de este proceso sino a toda la sociedad».



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