07/12/2022

La ciudad de La Plata fue condenada por no dar información sobre el acceso al aborto

Foto: Danisa Morales

A partir de  un amparo para exigir acceso a la información iniciado por organizaciones de derechos humanos y feministas, una jueza ordenó a la municipalidad de La Plata cuyo Intendente es Julio Garro, dar información sobre la implementación de la Ley 27.610 que le había sido solicitada para conocer cómo se garantiza el acceso al aborto en dicha ciudad. Por ANRed


El fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo No. 1 de La Plata se dictó en el marco de un amparo por acceso a la información iniciado por por Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Campaña Nacional por el derecho al aborto legal seguro y gratuito Regional La Plata,  la Red de profesionales de la salud por el derecho a decidir La Plata, Berisso y Ensenada y Desobedientes Socorristxs La Plata y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) frente a la omisión del municipio de brindar información completa, accesible y veraz.

De las 15 preguntas realizadas en el pedido de información, 9 no fueron respondidas y las restantes 6 lo fueron de modo incompleto.

Entre otras preguntas, el municipio omitió responder:

– cuántas prácticas de interrupción voluntaria del embarazo se realizaron en centros de salud municipales desde la entrada en vigencia de la Ley 27.610;

– cuáles son los centros de salud del primer nivel de atención que garantizan el derecho;

– qué medidas se adoptaron para garantizar información sobre la derivación adecuada en casos de objeción de conciencia.

La sentencia señala que el municipio no solo debe dar información requerida vinculada con la ejecución de la norma que conste en los registros comunales, sino que además tiene la obligación de hacerlo de manera “proactiva”. Es decir, los datos deben estar disponibles y accesibles para toda la población sin necesidad de petición alguna porque “no es posible ejercer un derecho si no se lo conoce”.

Finalmente, y tal como señaló la magistrada, la ley 27.610 coloca al acceso a la información como un pilar fundamental para el efectivo goce del derecho al aborto, en línea con las obligaciones internacionales tendientes a erradicar la discriminación por motivos de género y promover el empoderamiento de las personas gestantes.



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  1. Mientras tanto … (007) – Andrés R López Raml (Prensa) · 2022-12-13 09:26:13
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