03/02/2022

La Justicia Federal ordena al Gobierno entregar un título de propiedad comunitario a la Comunidad Mapuche Millalonco Ranquehue

El miércoles 2 la Jueza Federal subrogante de San Carlos de Bariloche Silvina Domínguez le ordenó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) que «en un plazo de 60 días ejecute los actos tendientes a la instrumentación de la propiedad comunitaria en favor de la Comunidad Mapuche Millalonco-Ranquehue». En sus fundamentos, la jueza corroboró que el territorio de los Ranquehue ya fue reconocido por el Estado Nacional mediante la resolución 1174/2012 del INAI, paso necesario pero incompleto para garantizar la instrumentación efectiva del reconocimiento en un Título de Propiedad Comunitario de acuerdo a lo estipulado por el artículo 75, inciso 17 CN, 14 Convenio 169 de la OIT, 26 a 28 de la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas, que impone inscribir en los registros públicos de catastro y de la propiedad inmueble la realidad territorial indígena para que sea respetada por toda la sociedad. A lo largo de su historia y por varias generaciones, los y las integrantes de la comunidad tuvieron que soportar numerosos desalojos violentos impulsados por el Ejercito Argentino. Por ANRed.


En una sentencia emitida este miércoles 2 de febrero, la Jueza Federal subrogante de San Carlos de Bariloche Silvina Domínguez le ordenó al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que «en un plazo de 60 días ejecute los actos tendientes a la instrumentación de la propiedad comunitaria en favor de la Comunidad Mapuche Millalonco-Ranquehue», subsanando de esta manera la demora estatal en dar seguridad jurídica a los derechos territoriales de los pueblos originarios.

La sentencia se da luego de que la comunidad hiciera una presentación ante la Justicia Federal para que se cumpla con lo establecido en la Constitución Nacional y en los diversos tratados internacionales en materia de pueblos originarios, otorgándosele un título de propiedad comunitario y así lograr la seguridad jurídica que les permita vivir tranquilos en su territorio.

Entre sus fundamentos, la jueza Domínguez corroboró que el territorio de los Ranquehue ya fue reconocido por el Estado Nacional mediante la resolución 1174/2012 del INAI, paso necesario pero incompleto para garantizar la instrumentación efectiva del reconocimiento en un Título de Propiedad Comunitario de acuerdo a lo estipulado por el artículo 75. inciso 17 CN, 14 Convenio 169 de la OIT, 26 a 28 de la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas, que impone inscribir en los registros públicos de catastro y de la propiedad inmueble la realidad territorial indígena para que sea respetada por toda la sociedad. Asimismo, recordó que en la reforma constitucional de 1994 los constituyentes declararon que la finalidad de dicho artículo 17 es reparar la deuda histórica de la Nación argentina con los pueblos originarios argentinos, obligándose a adoptar todas las medidas adecuadas, asignando los recursos y generando mecanismos para hacerlos efectivos.

Este logro de la Comunidad Millalonco Ranquehue pone fin a los hechos que, a lo largo de su historia y por varias generaciones, sus integrantes tuvieron que soportar numerosos desalojos violentos impulsados por el Ejercito Argentino, en los que sufrieron el destrozo de viviendas, huertas, galpones, corrales e invernaderos. Una situación de violencia, discriminación y persecución que los y las condenó a vivir en la mas extrema pobreza y les produjo graves consecuencias tanto físicas como psicológicas.



0 comentarios

1000/1000
Los comentarios publicados y las posibles consecuencias derivadas son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Está prohibido la publicación de comentarios discriminatorios, difamatorios, calumniosos, injuriosos o amenazantes. Está prohibida la publicación de datos personales o de contacto propios o de terceros, con o sin autorización. Está prohibida la utilización de los comentarios con fines de promoción comercial o la realización de cualquier acto lucrativo a través de los mismos. Sin perjuicio de lo indicado ANRed se reserva el derecho a publicar o remover los comentarios más allá de lo establecido por estas condiciones sin que se pueda considerar un aval de lo publicado o un acto de censura. Enviar un comentario implica la aceptación de estas condiciones.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Ir arriba