11/11/2021

Chaco: la Justicia suspende fumigaciones en campos de Eurnekián luego de que 700 personas fueran hospitalizadas

Captura de una fumigación aérea en el establecimiento Don Panos. | Foto: archivo.

El juez de Garantías subrogante de la ciudad de General San Martín (Chaco), Luis Eugenio Allende, hizo lugar este miércoles a una medida cautelar y ordenó la suspensión de todo tipo de fumigaciones con agroquímicos «hasta tanto se verifique su realización conforme las normativas aplicables y con seguridad para el medio ambiente y la población en general». La medida comprende al Establecimiento Don Panos, Eduardo Eurnekián, Unitec Agro S.A., Unitec Bio S.A. y Marpfra S.A., y señala a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente del Chaco por presunta «violación al deber de cuidado y contralor». Además, fijó una primera audiencia para que los impulsores de la acción de amparo presten caución juratoria y programó una audiencia para el miércoles 17 de noviembre a las 11 horas, a la que deberán concurrir las partes interesadas. La medida se da luego de que 700 personas fueran hospitalizadas con cuadros de intoxicación, vómitos, diarrea y deshidratación, tras fumigaciones masivas con agrotóxicos de una avioneta de la Cabaña Don Panos, de la empresa Unitec Agro, de Eduardo Eurnekián, sobre las poblaciones de Pampa del Indio y Presidencia Roca. Por ANRed.


Así lo informó el portal chaqueño Litigio Periodismo Judicial: «el juez de Garantías subrogante de la ciudad de General San Martín (Chaco), Luis Eugenio Allende, hizo lugar este miércoles a una medida cautelar innovativa y ordenó la suspensión de todo tipo de fumigación con agroquímicos ‘hasta tanto se verifique su realización conforme las normativas aplicables y con seguridad para el medio ambiente y la población en general‘. La medida judicial comprende al Establecimiento ‘Don Panos’, Eduardo Eurnekian, Unitec Agro SA, Unitec Bio SA y Marpfra SA y en forma subsidiaria a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente del Chaco por presunta ‘violación al deber de cuidado y contralor’.

La medida judicial se luego de que una avioneta de la Cabaña Don Panos, de la empresa Unitec Agro, fumigó con agrotóxicos sobre las poblaciones de Pampa del Indio y Presidencia Roca, al este de la provincia de Chaco, desconociendo una medida cautelar del 2012 que limita la fumigación en la región. Días después 700 personas tuvieran que ser hospitalizadas con cuadros de intoxicación, vómitos, diarrea y deshidratación. Vecinos y vecinas aseguraron que las fumigaciones también secaron las huertas familiares, los árboles y los mini emprendimientos de zapallos, sandías, maíz y tabaco. 

Ante esa situación, hubo una acción de amparo – a la que hizo lugar el juez Allende – impulsada por el concejal del Frente de Todos de Presidencia Roca, Gustavo Latapié y de Facundo Silvestri, con el patrocinio del abogado Juan Alberto Sánchez, en la que solicitaron que de manera urgente «cesen las fumigaciones/pulverizaciones aéreas, terrestres con biocidas que vienen realizando en la zona rural y/o suburbana de la ciudad de Presidencia Roca llamada Colonia San Francisco y sobre el pueblo de Presidencia Roca hasta que se verifique la seguridad de las mismas y su no afectación a las comunidades lindantes y al medio ambiente».

«Aparece con suficiente claridad que los demandados se dedican a la actividad agrícola y por lo tanto usan fertilizantes, lo que debe suspenderse provisoriamente hasta tanto se dicte sentencia de fondo o los organismos determinen que los demandados cumplen con todos los recaudos y condiciones legales para el uso de las mismas. Mantenerse dichas fumigaciones con agrotóxicos no resulta razonable, tampoco estrictamente necesaria, ni proporcional, y tampoco se ajustan a los derechos constitucionales que rige en la materia. Atento a lo expuesto y al peligro en la demora, comprobada la verosimilitud del derecho que se pretende asegurar, a fin de evitar circunstancias que hagan difícil o frustren en definitiva la realización de la tutela jurisdiccional de los accionantes y de toda la ciudad de Presidencia Roca y sus colonias, estimo que resulta procedente la medida cautelar peticionada», sostiene el juez Allende entre los fundamentos del fallo, que comprende al Establecimiento Don Panos, Eduardo Eurnekián, Unitec Agro S.A., Unitec Bio S.A. y Marpfra S.A., y señala a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente del Chaco por presunta «violación al deber de cuidado y contralor».

Asimismo, en su resolución, el juez libró oficios al Juzgado de Presidencia Roca para que notifique a los involucrados y fijó una primera audiencia para que los impulsores de la acción de amparo presten caución juratoria. En ese contexto, programó una audiencia para el próximo miércoles 17 de noviembre a las 11 horas, a la que deberán concurrir las partes interesadas, informó Litigio Periodismo Judicial.

«Es un hecho más de los que durante años ha cometido esta empresa. Debe hacerse un control y seguimiento epidemiológico de las personas afectadas», sugirió en su momento Alejandra Gómez, integrante del equipo de coordinación de la Red de Salud Popular Dr. Ramón Carrillo de Chaco, en diálogo con ANRed.

En tanto, por su parte, la antropóloga Malena Castilla destacó que las personas afectadas en «gran parte es población rural dispersa, en zonas que bordean los campos de los empresarios sojeros que se establecieron sobre territorios indígenas ancestrales y de pequeños productores del Chaco».


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