31/08/2021

Santiago del Estero: el Pueblo Diaguita Cacano logra reconocimiento y reafirmación de sus derechos territoriales

Foto: Unión Solidaria de Comunidades del Pueblo Diaguita Cacano

La Unión Solidaria de Comunidades (USC) del Pueblo Diaguita Cacano de Santiago del Estero anunció que el miércoles 25 de agosto la Presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Magdalena Odarda y el Director de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas Alejandro Marmoni, se hicieron presentes en el territorio ancestral y les entregaron las Carpetas Técnicas de Relevamiento Territorial de cinco comunidades (Ayllus) ubicadas en los departamentos Atamisqui, Loreto, Choya y Guasayán, relevadas en el período 2018/2019. «Se dialogó sobre los valiosos logros alcanzados por los Ayllus Diaguitas Cacanos, particularmente en lo referido al reconocimiento de los derechos territoriales, pero también se pudo visibilizar las distintas necesidades y problemáticas que afectan la vida de las comunidades: incumplimiento de la Ley de Bosques; falta de agua, potabilizada y en cantidad suficiente para consumo humano, como así también para consumo animal y riego de subsistencia; y dificultades para el acceso a la salud y la educación», expresó la USC. Por ANRed.


Así lo anunció la Unión Solidaria de Comunidades (USC) del Pueblo Diaguita Cacano de Santiago del Estero en un comunicado: «el miércoles 25 de agosto, Magdalena Odarda, Presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), junto al Director de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas, Alejandro Marmoni, se hicieron presentes en el territorio ancestral del Pueblo Diaguita Cacano de Santiago del Estero con motivo de entregar las Carpetas Técnicas de Relevamiento Territorial de cinco comunidades (Ayllus) ubicadas en los Departamentos Atamisqui, Loreto, Choya y Guasayán, relevadas en el período 2018/2019«, detallaron las comunidades.

En la misma línea, celebraron que «por primera vez un presidente del INAI visita un Ayllu Diaguita Cacano («Ayllu Cacán Corazón de las Salinas», Puesto de Díaz, Atamisqui) para reunirse con autoridades tradicionales y representantes de comunidades indígenas pertenecientes a este pueblo originario».

A la vez, resaltó que además de dialogar «sobre los valiosos logros alcanzados por los Ayllus Diaguitas Cacanos, representados en la organización indígena Unión Solidaria de Comunidades (USC), particularmente en lo referido al reconocimiento de los derechos territoriales», también pudieron visibilizar las cosas que faltan, como «las distintas necesidades y problemáticas que afectan la vida de las comunidades: incumplimiento de la ley de bosques; falta de agua, potabilizada y en cantidad suficiente para consumo humano, como así también para consumo animal y riego de subsistencia; dificultades para el acceso a la salud y la educación; entre otras», detallaron.

Finalmente, las comunidades remarcaron que el hecho «significó el cumplimiento del mandato constitucional que obliga al Estado argentino a ‘reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan (las comunidades indígenas en nuestro país)’ (Art. 75, inc. 17, Constitución de la Nación Argentina). Además, destacaron que a su vez el INAI cumplió con su deber de «velar por el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, que en su Art. 14, inciso 2, establece que ‘los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión»; puesto que este Convenio fue suscrito por Argentina mediante Ley 24.071. Por otra parte, la Ley nacional 23.302, otorga al INAI la facultad para ‘elaborar e implementar planes de adjudicación y explotación de las tierras’ (Art. 6, inciso d.). Puesto que es obligación del Estado el ‘garantizar la protección efectiva de los derechos de propiedad y posesión’, es imperioso que el Congreso trate la prórroga de la ley 26.160 (vencimiento 23 de noviembre), hasta la sanción de la ley de propiedad comunitaria (Art. 18 Código Civil y Comercial de la Nación)», culmina el comunicado de las comunidades del Pueblo Diaguita Cacano.


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