06/08/2021

Trabajadores aceiteros logran un nuevo acuerdo en la revisión salarial de la paritaria del sector

La Comisión Directiva de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (F.T.C.I.O.D y A.R.A.) anunció este jueves 5 que lograron firmar en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación un acuerdo con los representantes patronales de las cámaras CIARA, CIAVEC y CARBIO en la negociación por la revisión salarial del Convenio Colectivo de Trabajo 420/05. El acuerdo llevará el salario básico inicial a $100.059,31 a partir del 1 de julio de 2021 y $ 110.065,24 a partir del 1 de agosto de 2021 para las y los obreros y empleados aceiteros. «Se trata de un nuevo logro alcanzado gracias a la fuerza colectiva de todas las compañeras y compañeros aceiteros que una y otra vez han defendido en cada planta y cada sector el Salario Mínimo Vital y Móvil con conciencia del valor de la fuerza de trabajo, con solidaridad y unidad obrera, tal cual se realizó en las históricas huelgas de 25 días de mayo de 2015 y de 21 días de diciembre de 2020, y en cada momento que resultó necesario», remarcó la federación. Por ANRed.


Así lo anunció la Comisión Directiva este jueves 5: «en el día de la fecha los compañeros paritarios de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina firmaron en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación un acuerdo con los representantes patronales de las cámaras CIARA, CIAVEC y CARBIO en la negociación por la revisión salarial del Convenio Colectivo de Trabajo 420/05, que llevará el salario básico inicial a $ 100.059,31 a partir del 1° de julio de 2021 y $ 110.065,24 a partir del 1° de agosto de 2021 para las y los compañeros obreros y empleados aceiteros«, anunció la dirección de la federación aceitera.

«El planteo de nuestra organización se basó en el derecho a un Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, esto es, que asegure a los trabajadores ‘alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión’. – explicaron – En términos porcentuales esto implica un 48,5 % de aumento anual, considerando desde enero a diciembre del presente año para los aceiteros encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 420/05, sin considerar las sumas extraordinarias por única vez. Asimismo, en el mes de diciembre se efectuará una nueva revisión de este acuerdo, antes de comenzar la negociación de la paritaria 2022″, anunciaron.

También agregaron que «se acordó el pago de una suma extraordinaria de $40.000, que se abonará el próximo mes de septiembre de 2021, para aquellos trabajadores declarados esenciales y que cumplieron funciones durante la vigencia del ASPO, complementaria del bono de $90.000 acordado por ese concepto en diciembre de 2020″.

«Se trata de un nuevo logro alcanzado gracias a la fuerza colectiva de todas las compañeras y compañeros aceiteros que una y otra vez han defendido en cada planta y cada sector el Salario Mínimo Vital y Móvil con conciencia del valor de la fuerza de trabajo, con solidaridad y unidad obrera, tal cual se realizó en las históricas huelgas de 25 días de mayo de 2015 y de 21 días de diciembre de 2020, y en cada momento que resultó necesario», remarcó la federación, y agregó: «y también gracias a la construcción cotidiana de una organización gremial que ante la crisis sanitaria, económica y social continúa firme y comprometida con los derechos de todas las compañeras y compañeros representados utilizando todas las herramientas disponibles, fundamentalmente el derecho de huelga, ejerciendo la democracia sindical y practicando la solidaridad de clase. Por todo esto hoy reafirmamos para nuestras compañeras y compañeros trabajadores, y sus familias, como eje fundamental de nuestra política gremial el Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición legal en la Constitución Nacional y la Ley de Contrato de Trabajo. ¡Derecho de toda la clase trabajadora argentina!», culmina el comunicado.

En base al acuerdo suscrito, la federación anunció que los salarios quedan conformados de la siguiente manera:

Cat. Julio-2021 Agosto-2021

A $ 500,30 $ 550,33

B $ 542,20 $ 596,42

C $ 593,18 $ 652,50

D $ 649,31 $ 714,24

E $ 100.059,31 $ 110.065,24

F $ 108.440,28 $ 119.284,31

G $ 118.634,33 $ 130.497,76

H $ 129.860,98 $ 142.847,08



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