25/07/2021

Domiciliarias para cuatro de los jóvenes de Puan: “Una causa armada como tantas otras»

En estos días fueron otorgadas detenciones domiciliarias a cuatro de los 14 jóvenes de Puan que aún estaban detenidos en la cárcel de Villa Floresta.  Se han cumplido ya 7 meses del megaoperativo montado por la bonaerense, con Sergio Berni a la cabeza, de la mano del fiscal Mauricio Del Cero -el ya icónico en la causa “cogollero gris”, como le denominara el periodista Emilio Ruchansky en una lúcida nota acerca de este fiscal provincial.  Recordamos que en aquella oportunidad, en diciembre de 2021, fueron detenidos 20 jóvenes sin antecedentes penales en el marco de un operativo donde 200 efectivos allanaron en la madrugada en todos sus domicilios. El montaje se basó en mostrar armas obsoletas secuestradas en el campo de un abuelo de uno de los chicos, plantas de cannabis pesadas en su totalidad, con ramas, troncos, raíces, y el vergonzoso y ofensivo spot de Sergio Berni  donde los califica de “peligros banda narco”. «Estamos ante un problema social o de salud pública más que ante un caso de banda o cartel de narcotráfico» sostienen las familias y organizaciones. Por ANRed.


En estos días y a pedido de los abogados defensores  de los cuatro jóvenes se otorgaron cuatro detenciones domiciliarias que se suman a la de una jovencita otorgada a la semana de producida la detención. Estamos ante una causa  muy compleja, por las irregularides que están en su origen, por la cantidad de imputados, de defensas y familias, por la problemática social que envuelve, por el cuestionamiento que existe en torno a la legislación sobre el tema y por el contexto en el que se desarrolla.

A lo largo de estos siete meses, diferentes organizaciones políticas, sociales, de derechos humanos, medios masivos y alternativos  locales y nacionales, así como espacios académicos han seguido y acompañado el caso de los «jóvenes de Puan» que entraña enormes irregularidades e injusticias. Donde el Ministerio de Seguridad de Axel Kicillof ve una organización de narcotráfico, las familias y organizaciones que asisten a los jóvenes de Puan sostienen que estamos ante una  práctica social que es el consumo de cannabis que está siendo regulado en varios países y Argentina va en camino a ello.

El inicio del montaje

Como hemos venido mencionando a lo largo de estos meses desde ANRed, el inicio mismo de la causa está plagado de irregularidades. Un supuesto tráfico de estupefacientes desde la provincia de La Pampa hacia la localidad de Puan ya daría lugar a una causa que tramita en fuero federal y no provincial, y el inicio de la misma se habría originado a partir de una declaración de Kevin Torres quién manifestó no haber hecho tales declaraciones, las cuales señalan detalles sobre el trafico desde Guatraché, La Pampa y da nombres de jóvenes que estarían involucrados en este tráfico. Este joven ya declaró en la fiscalía en numerosas oportunidades por propia voluntad, refiriendo al hostigamiento policial que desde hace años viene sufriendo de parte de la policía de Puan y de encontrarse de repente con esta declaración que desconoce.  En la próxima semana se efectuará una pericia sobre las firmas que obran en la denuncia por un perito de parte para terminar de determinar su falsedad.

Todos los recursos del Estado puestos, el trabajo de la fiscalía, y de inteligencia de policías encubiertos,  que se dio de ahí en más, con seguimientos,  escuchas telefónicas durante dos años fue resultado de una denuncia falsa y otra anónima.  Esto es parte de todo lo que habilita y que se cuestiona  de las leyes vigentes, tornándose de un carácter “espurio” la investigación, tal como se señaló en un panel sobre el tema, el 80 % de las causas de narcomenudeo se inicia por llamados anónimos, o alguien que supuestamente denuncia y negó haberlo denunciado y tiene que ver con este poder que se ha dado a las policías, en este caso en connivencia con la fiscalía.

Criminalización de la juventud

La complejidad de esta causa radica en, como lo venimos señalando, una problemática que es la de la criminalización de las juventudes en nuestros países en toda Latinoamérica, y Argentina no es la excepción. En este caso nos centramos en la provincia de Buenos Aires en el contexto de una política de seguridad y de persecución penal, denominada como de “tolerancia cero” que con el actual ministro de seguridad Berni se ha profundizado, se implementan  políticas basadas en un encarcelamiento y punitivismo selectivo: esto es  la captación de los sectores pobres que forman parte de las cadenas más débiles del delito.

Los jóvenes son hostigados por la policía bonaerense, como lo vimos con el caso de Luciano Arruga,  con la desaparición y asesinato de Facundo Castro, cuya causa se encamina a determinar la responsabilidad de quien está a  la cabeza de esta institución, ni más ni menos que Sergio Berni, que sostiene una política de seguridad de mano dura, lejos de lo que tanto proclama el Frente de Todos, con Kicillof a la cabeza, que es quien lo sostiene en su cargo. El accionar policial con el operativo donde se allanó a los jóvenes de Puan fue utilizado como spot de campaña de Berni.

En el caso de los Jóvenes de Puan estamos ante un asunto que afecta a la juventud rural. Puan es localidad cabeza de distrito y tiene 5000 habitantes; en ese contexto la población vive mayoritariamente de las actividades agrícolo ganaderas y derivadas. Así, esta problemática social tiene particularidades como la dificultad de los jóvenes para insertarse laboralmente, la dificultad para estudiar por la poca diversificación de carreras, la dificultad para diseñar proyectos de vida que se sostengan.  Estos jóvenes son albañiles, tapiceros, trabajadores rurales, tienen pequeños emprendimientos, ayudan a sus padres. Han estudiado en la localidad en secundarios completos o incompletos, o en plan Fines.  Kevin Torres, hostigado por la policía también es trabajador como ellos, trabajador municipal en tareas rurales y ha estudiado también Plan Fines recientemente y antes en una escuela rural de la zona.

Hay jóvenes entre quienes se encuentran detenidos que cultivaban cannabis por razones de salud y tienen sus certificaciones.  Es diversa la imputación en cada caso pero hay casos en que les hallaron 3 plantines, a otros más o menos, en casi ningún allanamiento otra sustancia. Las prácticas por las que están detenidos son parte de estrategias de consumo de cannabis, como el autocultivo. Como plantean asociaciones canabicultoras y de derechos humanos, en casos en que estemos ante consumo recreativo, de adicciones y se generen estas estrategias nada tienen que ver con la comercialización o las bandas narcos y no podemos como sociedad pensar que la cárcel es la solución. Es un grave riesgo asociar consumo de drogas con delincuencia, alejándolo del plano socio cultural, de la  salud mental o de la salud integral.

El consumo de cannabis es una práctica social que está siendo regulada en varios países y Argentina va en camino a ello,  estamos ante un problema social o de salud pública más que ante un caso de banda o cartel de narcotráfico. Se trata de estrategias aisladas individuales y aisladas, eventuales, para poder consumir y sostener el consumo. En la causa de los Jóvenes de Puan, la única declaración que hablaría de transporte con vehículos desde Guatrache se cayó porque Kevin Torres declaró que jamás dijo eso y no existe otra prueba al respecto.

¿Cuál es el marco jurídico?

Hasta el momento, Argentina tiene dos leyes referidas a la droga, el cual define un marco jurídico sumamente cuestionado desde sectores de derechos humanos.

La ley de estupefacientes 23.737,  estipula para los delitos de tráfico, duramente reprimidos, una pena de cuatro a quince años de prisión (Art. 5 de la Ley 23.737), plantea penas mínimas muy altas y no discrimina responsabilidades. Han habido ya numerosos proyectos de ley para modificarla. En el contexto actual, con el endurecimiento de la llamada “guerra contra las drogas”, un tercio de las cárceles del país estarían ocupadas por quienes practican narcomenudeo, y en el caso de las mujeres según el Informe de la Procuración General provincial, el 36%  está detenida por la infracción a la ley 23.737 de estupefacientes. En 2019 está fue la mayor causa de detención de mujeres embarazadas y las madres con hijos/as menores de cinco años. Además de esto, los aplicadores de las leyes, los administradores de justicia hacen un uso abusivo e incorrecto de prisión preventiva, en un contexto social y comunicacional punitivo, de “tolerancia cero”, que propicia el encarcelamiento masivo de chicos pobres y jóvenes.

Mientras hay ocho proyectos para modificar la Ley de Estupefacientes, hay fallos que la han declarado inconstitucional como el fallo Loyola que está actualmente en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Como hemos señalado, hay una desproporción en las penas, con mínimos muy altos. En otros países se está avanzando en la regulación del consumo y comercialización como Uruguay, incluso Argentina está avanzando en este sentido, en debate, discusión y regulación incluso de su industrialización.

Este caso confirma la práctica del uso del encarcelamiento de consumidores o de los eslabones más débiles. A diario vemos en las ciudades y zonas rurales, un abuso de judicialización problemáticas sociales que hacen a la salud integral.

Por otro lado, en 2005 la provincia de Buenos Aires adhirió a la denominada ley de desfederalización para casos de menor gravedad, aquellos en que había entrega gratuita y narcomenudeo se habilita a que sea facultad de las provincias. Se ha dado mayor poder a las fuerzas de seguridad, a las policías provinciales y la realidad es que hoy la policía provincial es la que termina calificando los hechos,  en el marco de una “avidez”  por tener competencia cuando son casos que deberían ser trasladados por la cantidad o por las redes que se ven deberían ser trasladados a la justicia federal. Esta ley no obliga a los jueces o los fiscales a trasladar la competencia. Se denuncia que esta ley produjo un empoderamiento de las policías provinciales, que redunda en decidir que se persigue y que no se persigue. Es la policía la que filtra y activa o no las causas de narcotráfico. Y la realidad es que disminuyó la persecución de la organización criminal por delitos graves y un incremento desproporcionado de causas de  narcomenudeo. No se han desbaratado grandes bandas narcos y se apuntó adonde no hay que apuntar.

Sobre estas cuestiones a partir de este caso se profundizó en un panel virtual realizado desde la Cátedra de Educación y Derechos Humanos de la UNS , sobre el que se ahondó en notas anteriores en ANRed.

Tal como Nora Cortiñas señala en una videollamada en conferencia de prensa realizada el 17 de marzo en sede de la Universidad Nacional del Sur por esta causa, es de gran preocupación  la contradicción entre los avances en los debates sociales y legislativos en torno al cannabis y su uso y causas escandalosas de persecución y judicialización de lxs jóvenes, máxime en un caso en que se ha falsificado y tergiversado el testimonio que inicia la causa.  Manifestó su preocupación ante estas irregularidades en la causa y el apoyo a las familias y los jóvenes

Detención de los jóvenes y vulneración de los derechos humanos

Al trabajo de los abogados defensores se sumó desde un inicio el acompañamiento y la denuncia entre otros espacios y personas, de Nora Cortiñas, por  la Comisión Provincial por la Memoria y el Equipo Jurídico de la misma institución señalaron el contexto de pandemia máxime en las condiciones en las que se encuentran quienes están en condiciones de detención en cárceles bonaerenses y luego  denunciaron  las enormes irregularidades de la causa.

Se mencionaron a lo largo de la causa antecedentes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que cuestionan a la prisión preventiva usada como regla, y no como excepción.  Estos instrumentos internacionales denuncian la aplicación regular de la prisión preventiva y la reducción constante de las medidas alternativas al encierro.  Todo esto en complejos penitenciarios que alojan personas por encima de su capacidad.   La sobrepoblación genera hacinamiento y vulnera derechos básicos como el acceso a educación, trabajo, salud, visitas familiares,  alimentación  y crea condiciones para  que ocurran los hechos de violencia y tortura penitenciaria; los números arrojados en  materia  sanitaria  dan cuenta  que  la  desatención de la  salud  es  una  práctica  recurrente  y  extendida  en  todo  el  sistema  penitenciario provincial.

En el actual contexto de pandemia tanto Naciones Unidas, como la OMS plantean que resulta insoslayable que en el actual contexto de pandemia la crisis humanitaria que atraviesa el sistema carcelario provincial se agrava exponencialmente. En virtud de los problemas estructurales de las cárceles bonaerenses, la propagación del virus es  una amenaza concreta y extrema para la salud y la vida de las personas privadas de su libertad.

La  CIDH  recomendó  la  adopción  de medidas para  enfrentar  el hacinamiento en las  unidades:  Entre  ellas,  instó  a reevaluar los casos de prisión preventiva para identificar aquéllos que pueden ser convertidos  en  medidas  alternativas  a  la  privación de la libertad.

El Subcomité  de  Naciones Unidas  para  la  Prevención  de  la  Tortura, mediante  el  dictado  de  una  serie  de  recomendaciones,  instó  a  los Estados  a  reducir  las  poblaciones  penitenciarias.  El Comité Nacional de Prevención de la Tortura emitió un documento de  medidas  concretas  y efectuó  recomendaciones  para  abordar  la  problemática.

Un  habeas corpus colectivo  presentado  por  Defensores Generales  de  la  Provincia  de Buenos  Aires  a  favor  de las personas privadas de su  libertad donde también refieren a esto.  Esas condiciones en contexo del Covid-19 constituyen  un  cóctel  explosivo  que  es  preciso desactivar,  con  la  mayor diligencia,  a través de  medidas  de carácter excepcional y urgente, desde la desprisionización (en  todos  aquellos casos en que el encierro carcelario riguroso pueda ser sustituido por otro  medio  menos aflictivo),  hasta  las mejoras sanitarias en las cárceles y  comisarías que son, por excelencia, focos de propagación de enfermedades, manifiestan.

Asimismo preocupa en materia de derecho penal y de derechos humanos, al  momento de dictar una coerción personal como lo es la prisión preventiva, cuestionada por los defensores  públicos y abogados  intervinientes, se planteaba que no solo debe valorarse la pena en expectativa, sino realizar un análisis concreto respecto a si hay reales peligros de fuga y entorpecimiento. Considerar las condiciones personales del imputado, la posibilidad de la declaración de reincidencia, si  hubiere  gozado de excarcelaciones anteriores que hicieren presumir fundadamente que el mismo intentará eludir la acción de la justicia entorpecer las investigaciones

Así, la prisión preventiva, como medida cautelar, sólo puede  tener fines procesales. Su carácter procesal significa que  la coerción se utiliza para garantizar «la correcta  averiguación de  la verdad  y  la  actuación  de  la  ley penal» . No se puede recurrir  a  la detención preventiva  para  obtener  alguna de  las finalidades  propias de la pena.

La Corte  Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)  ha  consagrado, dentro del  contexto  general  de  los instrumentos internacionales  vigentes,  que  la  prisión preventiva  es  una medida cautelar, no punitiva, y que a su vez no debe constituir la regla general,  como  expresamente  lo  consagra  el  Pacto  Internacional  de Derechos  Civiles  y Políticos (art. 9°.3), pues de lo contrario se estaría privando de la libertad a personas cuya responsabilidad criminal no ha sido establecida, en violación del principio de inocencia (8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 9.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).  Constituye la medida más severa que se puede imponer al imputado, por  ello  debe  aplicarse excepcionalmente. La regla debe ser la libertad del procesado mientras se resuelve acerca de su responsabilidad penal el dictado de la prisión preventiva no puede fundarse exclusivamente en la gravedad del delito imputado, sino que el tribunal debe atender las circunstancias objetivas que en el caso concreto permitirán formular un juicio sobre la existencia del peligro que genera  la  necesidad  de la medida de coerción”

Como se ha señalado ya, estamos ante jóvenes sin antecedentes. Sin peligro de fuga ni entorpecimiento de la causa. Jóvenes que en dos casos se entregaron. Y ante una situación en que se solicitó la nulidad de la causa.   Por otro lado estamos ante un contexto de Covid y de sobrepoblación de las cárceles bonaerenses.

Las familias

La incansable lucha de las familias desde el primer día, han realizado marchas en la localidad, conferencias de prensa en Bahía Blanca, notas en medios, participación en entrevistas, llamadas, sacado comunicados de prensa. Han sido madres, padres, compañeras, hermanas, hermanos, amigos quienes han estado sin parar, en la calle, en los teléfonos, en redes sociales.  Hablamos con tres de las familias de los jóvenes que salieron con domiciliarias.

Fabiana Herrero, madre de Nicolás Lupín de 34 años, nos decía:  “Mis expectativas como familia y como mamá de Nicolás (Lupin) es que se compruebe que esta es una causa armada como tantas otras que hay armadas por la policía bonaernese para imputar a jovenes que lo único que tienen es una cultura cannábica y un uso del cannabis recreativo y que se logre llegar a una libertad de los chicos”, y mencionaba lo absurdo de que se hable de una banda organizada.  Comentaba a Ared que esperan como familia que esta causa termine pronto, que cada uno pueda volver a una vida normal pero agregaba que sin embargo  “Somos muy concientes que somos parte de un gran cambio necesario de mentalidad en la sociedad y que estos temas se tienen que hablar y se tienen que poner en discusión, si hoy nos tocó a nosotros darle batalla para que en el día de mañana las futuras generaciones tengan una libertad diferente y  una forma de pensar distinta, es lo que nos tocó”.  A lo largo del proceso el Dr. Carlos Carnevale, de la defensa pública ha estado acompañando jurídicamente el caso.

Carina Loverde, madre de Lautaro Van Schaik, de 21 años,  nos decía que las expectativas hoy están puestas en la pericia de esta semana respecto de la firma de Kevin Torres, y que los chicos queden libres para que puedan hacer su vida normal,  como debería haber sido y que nunca debería haber pasado esto, queremos, la libertad total de ellos”. Señalaba que el abogado defensor Mauro De Mira ha estado realizando presentaciones incluso hasta llegar a Cámara de Casación en estos meses.

Casandra Bustos, compañera de Gonzalo Gómez, de 41 años nos decía que esperan “que salga lo más pronto posible el fallo a favor nuestro con la pericia de la firma de Kevin Torres, que salgan libres y que salga a la luz la verdad… Esas son nuestras expectativas como familia , así pueden salir a trabajar y hacer su vida normal”. La situación económica de familias en cuyo casos eran sostén de hogar se ha visto tremendamente afectada. Casandra mencionaba que el Dr. Hernán Silva ha realizado presentaciones incluso en Cámara de Casación respecto de estos pedidos otorgamiento de la libertad mientras dure el proceso.



1 comentarios

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  1. Alexandra Jalaris · 2021-07-25 18:04:54
    CAUSAS AR-MA-DAS POR PERSONAS Y FISCALES CO-RRUP-CION EN LA JUSTICIA DE BAHIA BLANCA • Ceferino ROTILI: Le armaron una causa con testigos falsos, el Fiscal colaboró ignorando pruebas y lo condenó el Tribunal Criminal 1. Inocente. Nadie le devuelve la vida perdida. • Gabriel GARCIA: Le armaron una causa por Violencia de Género, basada en un falso testimonio de una ex empleada resentida. Sin ninguna prueba Objetiva y fáctica la justicia avanzó sobre él. Se suicidó, nadie le devuelve la vida. • Leandro VOGEL: le armaron una causa con escuchas mendaces y no se le secuestró un gramo de droga. Permanece más de un año detenido injustamente. Nadie le devuelve la vida perdida. • Gustavo VECCHI: Le armaron una causa con escuchas truchas, el Fiscal se encaprichó en meterlo preso sin pruebas. Absuelto dos veces en dos Juicios Orales. Inocente. Nadie le devuelve la vida perdida. • LOS PIBES DE PUAN: Sin pruebas concretas u objetivas. Sin un gramo de droga incautada. TR

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