Media sanción para la Ley sobre derechos reproductivos para personas con discapacidad
La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción por 237 votos a favor, 1 en contra y una abstención, al proyecto de Ley que busca que las personas con discapacidad puedan decidir sobre su capacidad reproductiva, en relación a la anticoncepción quirúrgica. Ahora pasará al Senado para debatirse. Por ANRed
Con 237 votos a favor, 1 en contra y una abstención la Cámara de Diputados decidió dar media sanción al proyecto que modifica Ley 26.130 de Contracepción Quirúrgica.
Actualmente, los artículos 2 y 3 de la mencionada ley permiten que prácticas como la vasectomía o la ligadura de trompas se hagan sin el consentimiento de personas con discapacidad, solo a pedido de su familia o representante legal.
«Las anticoncepción quirúrgica es un método anticonceptivo, y, como todo método, debe ser elegido por la persona que lo va a usar. Autorizar estos procedimientos sin el consentimiento informado de las personas usuarias es violencia y una grave violación a los derechos humanos» expresaron mediante un comunicado organizaciones que luchan por los derechos de las personas con discapacidad.
El proyecto que obtuvo la media sanción incorpora que “todas las personas con discapacidad, sin excepción, tienen derecho a brindar su consentimiento informado para acceder a intervenciones de contracepción quirúrgica, por sí mismas y en igualdad de condiciones con las demás personas”.
“Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir información sobre las prácticas reguladas en esta ley en medios y formatos accesibles y a solicitar sistemas de apoyo y ajustes razonables que les permitan consentir en forma autónoma. Deben adoptarse salvaguardas para evitar la sustitución en la toma de decisiones”, agrega el nuevo artículo 3.
También, señala que “si se tratara de persona con capacidad restringida por sentencia judicial y la misma no refiere al ejercicio del derecho que otorga la presente ley, ella debe prestar su consentimiento informado sin ningún impedimento”.
“Si la sentencia de restricción a la capacidad designa apoyo para el ejercicio del derecho previsto en la presente ley, el consentimiento informado debe ser prestado por la persona con discapacidad con la asistencia prevista por el sistema de apoyos del artículo 32 del Código Civil y Comercial”, completa el texto del proyecto que ahora deberá ser analizado por la Cámara alta.
«Celebramos la media sanción de la reforma de la Ley 26.130 como un paso fundamental para erradicar prácticas violentas y construir una sociedad en la que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones con todas las personas. Esta iniciativa, impulsada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), CLADEM Argentina, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), FUSA Asociación Civil y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), y realizada en el marco del “Proyecto DeSeAr con inclusión” no podría haber llegado hasta aquí sin la fuerza colectiva de todes ustedes» finalizaron.