08/03/2021

Bahia Blanca: una ciudad sin agua y el privilegio en las concesiones lo tiene el polo petroquímico

Foto: Rio Sauce Grande

Bahía Blanca viene atravesando una crisis hídrica de envergadura desde hace dos décadas. Verano tras verano la situación se hace cada vez más grave. En los últimos dos meses se llevaron a cabo movilizaciones, cortes de calles, petitorios de firmas. Un despliegue de acciones diversas desde la movilización social. Hubieron días de una intensa ola de calor. Por Corresponsal popular para ANRed


A las precarias condiciones de vida en muchos barrios, sin vivienda, sin trabajo, con dificultades de acceder a la alimentación, sin obras públicas, se suma la falta de agua potable. Actualmente vecinos se han autoconvocado y están organizados generando acciones de denuncia en la ciudad de Bahia Blanca.

En dicho contexto se presentó un amparo colectivo, firmado por la Dra. Sandra Vulih . En Bahía Blanca son 32 Barrios que han estdo días sin una gota de agua. En dicho amparo se pedían acciones urgentes que den una respuesta a los vecinos y vecinas ante tan grave situación. Seis jueces del poder judicial bahiense se excusaron, aludiendo a que son parte interesada por ser usuarios del servicio de agua, porque las sociedades de fomento de sus barrios realizaron reclamos. El amparo finalmente está en un juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial número 2 de Bahía Blanca que intimó a las empresas por las medidas cautelares, esto es, de suma urgencia que debían ser realizadas. Las empresas apelaron estas medidas cautelares y esto está en la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata.

En la última semana se presentó un Amicus Curiae firmado por el decano del Departamento de Humanidades de la Universidad Nacional del Sur, Emilio Zaina y Jessica Visotsky, profesora del Departamento de Humanidades, en la Cátedra de Educación y Derechos Humanos y la Dra. Mariana Katz, abogada ambiental, e integrante de un proyecto de investigación en dicha casa de estudios, con el patrocinio legal del abogado Leandro Aparicio.

En esta presentación desde la Universidad Nacional del Sur, plantea el caso reviste interés público, en tanto que las violaciones de derechos humanos sufridas por los habitantes de la Ciudad de Bahía Blanca, dado que la afectación al acceso al agua potable incide en violaciones a otros derechos como ser el derecho a la salud, a la alimentación adecuada, a la vida.

Se plantea que la ciudad de Bahía Blanca, está compuesta por 301.572 habitantes y de ésta cantidad, las Niñas, Niños y Adolescentes son un total 76.433, según el censo del INDEC del 2010. En el censo realizado por el INDEC se describe la situación de los 105.342 hogares existentes en nuestra Ciudad, de los cuales acceden al agua potable mediante la red pública un total de 84.702 hogares. Si bien los datos del censo mencionado ya llevan un decenio, los mismos no dan cuenta de la cantidad y calidad del agua para consumo humano al que accede la población. En esa línea, si tomamos el total de hogares existentes en la Ciudad de Bahía Blanca y restamos la cantidad de hogares a los que acceden al agua potable mediante la red pública, los mismos son de un total de 20. 640 hogares, los que no estarían accediendo al agua potable mediante la red pública en las condiciones de calidad y cantidad correspondientes a las obligaciones estatales en materia de derecho humano al agua.

Las dificultades, para el caso del total de la población que accede al agua potable mediante la red pública, van desde poca presión, agua de los grifos con olor, sabor y color, es decir no potable, hasta la inexistencia por completo de la misma. Respecto de la población que carece de agua potable mediante la red pública se debe a la inexistencia de obras públicas que garanticen el acceso en las viviendas.

El agua que llega a las viviendas de los bahienses, proviene del Río Sauce Grande, el que nace en Sierra de la Ventana y su curso continúa hasta la contención de la represa embalse Dique Paso de las Piedras, que es la única fuente de abastecimiento del acueducto que brinda agua a las dos plantas potabilizadoras dependiente de la empresa Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA), quien se encuentra a cargo de la potabilización y distribución a los hogares por una contraprestación dineraria que se encuentra determinada en la facturas que emiten a cada usuario. El mismo acueducto abastece de agua al Complejo Industrial Petroquímico. Cabe aclarar que desde el año 1999 se encuentra vigente un convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Bs As y ABSA, mediante el que se le otorgó prioridad al abastecimiento de agua al Polo Petroquímico, lo que fue dispuesto en el Anexo 0 del mencionado contrato. Esto es de enorme gravedad y ha sido denunciado por vecinos de Puertas del Sur y Tierras Argentinas en notas presentadas a defensor del pueblo, al intendente y al gobernador.

Es gravísimo que en el año 1999 cuando gobernaba Eduardo Duhalde la provincia se haya otorgado la prioridad en el uso del agua a las empresas del polo. En el Amicus Curiae se plantea la preocupación ante esto de otorgar prioridad de provisión de agua potable a un complejo industrial, puesto que pone en situación de extrema vulnerabilidad a los habitantes de la ciudad de Bahía Blanca y particularmente de los niños, niñas y adolescentes, a la población de tercera edad y con discapacidad.

Se hace mención en la misma a la idea de la ecologización de los derechos humanos y en esa línea afirma que debe primero tenerse en claro la existencia de una serie de derechos humanos autónomos e independientes entre sí, pero íntimamente ligados al derecho a un ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, conocidos en su conjunto como derechos humanos ambientales, los cuales de conformidad con la Opinión Consultiva OC-23-17 dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los informes del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos, relacionados con el disfrute a un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, se clasifican en dos grupos, por una parte los derechos de procedimiento o de acceso: derecho de acceso a la información ambiental, a la participación pública en la toma de decisiones y a la justicia ambiental; y por la otra los derechos sustantivos, entre ellos: derecho a la vida, a la integridad personal, salud, agua potable y saneamiento, alimentación, vivienda, propiedad, paz.

Se menciona a la utilización del agua para las huertas y el consumo en un contexto en que muchas familias de la ciudad apelan a las huertas como estrategias alimentarias.

Asimismo se hace énfasis en que el Estado debería ejercer el manejo de todos los recursos hídricos y protegerlos en conjunto con sus funciones ecológicas asociadas pero asimismo en el concepto de participación real de la población, lejos de los mecanismos de participación simbólica o seudo participación en que en asuntos ambientales solemos ser parte de maniobras y mecanismos que nada tienen que ver con una toma de decisiones autentica de los pueblos.



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  1. Federación Anarquista Noticias anticapitalistas y informaciones libertarias · 2021-08-20 11:11:44
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