06/03/2021

Citan a nuevas indagatorias a los Albatros por el asesinato de Rafael Nahuel

El Juez subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Zapata, citó a ampliar la declaración indagatoria a los cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina que el 25 de noviembre de 2017 ingresaron al territorio de la comunidad Lafken Winkul Mapu. Ese operativo incluyó la persecución de los integrantes de la comunidad y el asesinato estatal por la espalda del joven Rafael Nahuel. Por Santiago Rey / En estos días.


Los citados son Sergio Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, y Carlos Valentín Sosa, todos miembros del grupo que disparó entre 114 y 129 proyectiles de plomo 9 mm, y que hirió a dos jóvenes además de matar a Nahuel.

Los uniformados deberán declarar por vía remota (zoom), entre los días 25 y 26 de marzo.

La primera pericia balística determinó que el disparo mortal fue realizado con el subfusil MP5 que portaba el Cabo Primero Pintos. Pero un segundo estudio realizado por Gendarmería no lo pudo confirmar, y una tercera pericia aseguró que el proyectil se corresponde con la pistola Beretta que llevaba el Cabo Primero Cavia.

Las contradicciones favorecen las estrategias de la defensa de los uniformados, y por ese motivo -siempre a partir de la finalización de esa tercera pericia balística-, la representación legal de la familia de Rafael y la querellante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Bariloche analizan solicitar diversas medidas de prueba en el expediente.

En tanto, el Juez Zapata resolvió aceptar a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación como querellante en la causa.

A partir de la resolución que la tiene por querellante, la Secretaría de Derechos Humanos “está en condiciones de acceder al expediente judicial, solicitar medidas de prueba, controlar las pruebas realizadas y las pendientes de producción, y recurrir las decisiones que se tomen respecto al devenir de la investigación”, se informó desde el organismo.

En los fundamentos de su decisión, Zapata planteó que “resulta incuestionable la capacidad de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación para intervenir en este expediente”. En ese sentido, el juez destacó que “del desarrollo efectuado por el Secretario de Derechos Humanos de la Nación se advierte con facilidad que en autos se pretende intervenir en el legajo como organismo dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, a fin de peticionar lo que a su criterio resulte necesario y conveniente para asegurar -con diligencia- la investigación y sanción de toda violación a los derechos humanos que podría eventualmente comprometer la responsabilidad internacional del Estado argentino”.

Fuente: En estos días



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