27/12/2020

La Violencia Obstétrica es una gravísima violación a los Derechos Humanos

Desde hace 4 años, la iniciativa Marea Primal (en proceso de consolidación como ONG) viene trabajando en el campo del Derecho, la Ciencia Jurídica y la Sociología Jurídica para visibilizar y erradicar la Violencia Obstétrica y otros tipos y modalidades de violencias basadas en el género que aparecen ejercidas durante los embarazos, parto/nacimientos, puerperios, lactancias y crianzas. Las abogadas Moira Goldenhörn, Florencia Gut y Cecilia Sanabria proponen un abordaje interdisciplinario y federal de la temática, junto a la Licenciada en Psicología con formación Perinatal Jésica Basabilbaso y la Licenciada en Obstetricia Lorena Warzel. Conversamos con algunas de sus integrantes para visibilizar la Violencia Obstétrica en el marco de los 16 días de Activismo. Por Diario Digital Femenino


“Nosotras partimos de la interpelación al ordenamiento jurídico en la insuficiencia de la normativa para dar respuestas a los casos concretos. Y vamos más allá: desde la base que para abordar la Violencia Obstétrica, tenemos que entender que ésta no es tan sólo una modalidad de violencia de género, sino que en su comisión se conjugan casi todos los tipos y formas de violencia establecidos en la ley 26485: simbólica, institucional, psicológica, contra la libertad sexual y reproductiva, y la mayoría de las veces también física y que además impacta en múltiples sujetos.” Expresa Moira Goldenhörn, fundadora de Marea Primal y autora del artículo “La Violencia Obstétrica como Mala Praxis Médica, enfoques sociológicos y de los Derechos Humanos para un cambio de Paradigma”, presentado en 2018 y publicado en 2019.

-“Junto a la Dra. Florencia Gut, cofundadora de Marea Primal y ex compañera de la facultad, nos re-encontramos compartiendo maternidades contemporáneamente y también el post trauma de partos muy violentos. En ese tiempo, se nos hizo muy difícil encontrar vías de reclamo para la violencia obstétrica: caminos administratvos que no llevaban a nada, negativas de algunos organismos a establecer un régimen sancionatorio y a admitir el daño provocado por la violencia obstétrica en las madres y sus hijes. Entonces nos pusimos a trabajar en concreto para transformar el campo jurídico-legal sobre la materia”.  nos cuenta la Dra. Goldenhörn.

”El artículo de Moira fue disparador de muchos aspectos. Primero puso de manifiesto que el Derecho y también la Ciencia Jurídica en cuanto sistema de normas y abordaje desde la dogmática son insuficientes para explicar algunos fenómenos, y que también el Derecho y la Ciencia Jurídica son machistas, racistas y clasistas; por lo que nunca vamos a poder cambiar las cosas para dejar de oprimir y someter mujeres y niñeces con algunos dogmas propios del sistema. Ella propone una visión feminista crítica del Derecho desde la Sociología Jurídica, pero también impugna la Ciencia Jurídica y las prácticas judiciales y administrativas que cuajan en el sistema médico hegemónico, reproduciéndolo y sosteniéndolo. Partiendo de esas premisas empezamos a trabajar en Marea Primal como tribu donde todas aportamos elementos y labor concreta, incluyendo también aspectos que tienen que ver con lactancia, crianzas y muerte gestacional y perinatal”, expresa la Dra. Florencia Gut.

Así, Marea Primal trabaja para replantear las bases en las que se asienta el andamiaje conceptual del Derecho, sobre el que se edifican prácticas institucionales en el campo judicial pero también médico-sanitario. Ellas plantean, con estudios interdisciplinarios, que la Violencia Obstétrica es una forma de violencia especial y grave a la que llaman “calificada” por intervenir en ella múltiples factores de vulnerabilización en las víctimas, a la par de una exagerada desigualdad de poder en cabeza de las personas que ejercen violencia.

Hablan además de una vulnerabilidad “interseccional”, conformada por múltiples factores, que según la Corte IDH, derivan en una forma específica de vulnerabilidad,  (y por ende: de violencia), que resulta de la intersección de todos los factores que la conforman.

-“Nosotras mencionamos algunos puntos focales: uno es la situación de absoluta vulnerabilidad de la mujer o persona gestante en el momento del embarazo y particularmente del parto y puerperio, donde es necesario recurrir a la criterios objetivos de la biología y psicología perinatal para comprender qué está ocurriendo con esas dos personas en el pasaje de hábitat: del interior en el vientre materno al exterior de su cuerpo, para continuar la gestación durante el tiempo de exerogestación; esta situación de extrema vulnerabilidad es lo que posibilita la impronta tan grotescamente dañina y despersonalizante que acarrea la violencia obstétrica, por ello es definida como tortura por la Relatoría Especializada de la ONU contra la tortura en varios documentos desde hace algunos años.”, continúa Goldenhörn. Y agrega Gut -quien además de ser abogada litigante en daños, trabajó en Asuntos Constitucionales de la legislatura bonaerense-:“Otro de los puntos es la interseccionalidad, ya que no afecta de igual modo a todas las mujeres o personas gestantes por igual ni del mismo modo: las adolescentas o mujeres muy jóvenes, las mujeres migrantes, las indígenas, las que habitan en villas o asentamientos, lo mismo que las mujeres racializadas en el interior del país, son las que peores consecuencias se llevan en este asunto que, de tan habitual, parece normal y parte necesaria o inevitable de nuestra vida sexual y reproductiva”.

Es que ellas insisten en la necesidad de concientizar sobre el parto y la lactancia como eventos y procesos sexuales de las mujeres y personas gestantes “Es muy habitual que las mujeres narren vivencias de sus partos similares a violaciones, y, aunque parezca “una exageración” los efectos psicológicos en las víctimas son los mismos: stress postraumático, ataques de pánico, depresión, trauma sexual, aislamiento, dificultades para maternar, dificultades en la lactancia. Es que, pensemos en los actos que tienen lugar en un ‘parto habitual’, son sumamente vejatorios y ejercidos en función de la desproporcionada relación entre médico/paciente y ante el aval de todo un sistema institucionalizado: por ejemplo los tactos impuestos por personas extrañas, a la vista de varios que deciden ignorar que la mujer no quiere ser tactada, en un ambiente donde la multitud le exige de mala manera a la parturienta que se deje penetrar por varias personas desconocidas; los tactos no consentidos son abusos sexuales en un contexto de extrema vulnerabilidad y desprotección. Debemos ser conscientes que si cambiamos el contexto, nos quedaría claro que ese tipo de partos son violaciones lisas y llanas, agravadas por estar embarazada y pariendo, con terror de que le produzcan un daño a nuestre hije, además de a nosotras mismas.”

Desde marea Primal nos explican que la vulnerabilidad especial de las víctimas de violencia obstétrica es multicausal: partimos de su condición de mujer o persona gestante –que se consideran “grupos vulnerables” según la Corte I.D.H y nuestra propia Constitucion Nacional, entre otros instrumentos normativos- y agregamos que nos encontramos atravesando una particular situación biológica y psicológica durante la gestación, el parto/nacimiento y el puerperio; y que “esta situación particular en un grupo humano cuyos Derechos Humanos son frecuentemente vulnerados, nos coloca en un escenario macabro donde la crueldad absoluta puede desplegarse, por eso hablamos de tortura y violencia institucional: frente a  la exagerada desigualdad de poder detentada por les profesionales de la salud obstétrica (en cuanto su investidura y “portación del conocimiento médico hegemónico”), y por el ámbito institucional donde se cometen estos actos contra las madres y sus hijxs” explican Gut y Goldenhörn quienes citan documentos de la ONU sobre tortura en los que se menta expresamente a la violencia obstétrica como tortura.

“Otro acto de tortura sumamente normalizado es la episiotomía rutinaria, que ha sido calificada como mutilación genital femenina. Para mí fue muy clarificador encontrar estudios antropológicos sobre este punto porque vemos la necesidad de marcar los cuerpos de las primíparas con la episiotomía, que ya es naturalizada como el rito de pasaje propio de la maternidad: las mujeres, niñas, adolescentas y personas gestantes son “marcadas” sexualmente por la institución como madres para distinguirse de las personas con capacidad de gestar que no lo son”, señala Moira Goldenhörn para cerrar el punto sobre violencia obstétrica y tortura.

-¿Ha sido sencillo para tantas abogadas trabajar interdisciplinariamente? Hay una tendencia a pensar que el Derecho no es permeable a otros saberes, por el contenido axiológico que entraña.“Para nosotras fue un gran desafío pensarnos interdisciplinariamente, o aún en una transdisciplina jurídica, por ello el rol de la Licenciada Jésica Basavilbaso ha sido preponderante, porque trae un campo totalmente desconocido para el Derecho, que es la psicología perinatal”, remarca la Dra. Florencia Gut. “Por un lado, la mayoría de las formaciones profesionales están sesgadas por el patriarcado así como por el capitalismo; y por otro, la formación jurídica específicamente no prevé metodología de la investigación en la carrera, con lo que es difícil continuar, en pleno siglo XXI, abordando la realidad “desde arriba” con una pretensión de “deber ser” más que desde la realidad de lo que efectivamente es. Pareciera una vez más que el Derecho es una herramienta de consolidación de privilegios y un status quo hegemónico que de transformación de la realidad; por lo tanto, es todo un desafío para litigar el poder aportar prueba adecuada que ayude a cambiar el orden de cosas para el disfrute pleno de los Derechos Humanos de mujeres y niñeces”, apunta Goldenhörn y prosigue Gut: “Llama la atención la desinformación y la falta de formación específica sobre secuelas psicológicas de la violencia obstétrica en particular y psicología perinatal en particular que tienen la mayoría de les peritxs psicólogues, psiquiatras, médicxs y parterxs que operan en el marco de un juicio por daños lo que, sumado a los principios dispositivos que rigen en el derecho privado(fuero civil y contencioso administrativo), en especial en materia probatoria trasuntan en un terreno hostil a la hora de perseguir una reparación justa para las mujeres, personas gestantes y sus hijes nacidxs vivxs que han atravesado esta brutal forma de violencia. Su visibilización es un gran desafío que vamos dando muy a contramano de todo, tejiendo con parteras y psicólogas respetuosas y muy formadas, quienes, lamentablemente, son una minoría dentro del sistema aún”.

De la mano de la psicología perinatal al tratar la protección jurídica ante la muerte perinatal, se incorporó este año al staff de Marea Primal la Dra. Cecilia Sanabria, autora del ya célebre libro “La Mujer y el Nasciturus: protección jurídica ante la muerte perinatal”. “Cuando conocimos el trabajo de Cecilia, desarrollado con tanta seriedad y solvencia académica quisimos invitarla a formar parte de Marea ya que encontramos tensiones muy fuertes dentro del enorme movimiento feminista en relación al reconocimiento de derechos en muerte gestacional y perinatal y lo que algunas personas interpretan erróneamente como un obstáculo a la legalización del aborto, que sostenemos y acompañamos” expresa Goldenhörn, prosigue Gut “Nosotras entendemos siempre que lo que humaniza al feto y le da contexto es el deseo materno y la posibilidad comunitaria de acoger esa vida y darle posibilidad de ser. El deseo y la posibilidad concreta es lo que posibilita la dignidad humana que debe existir a la hora de decidir maternar. En ningún punto se opone la defensa de los derechos de los nacimientos sin vida a la legalización del aborto eso es un disparate dilatorio; necesitamos reconocer derechos, no elegir cuáles sí y cuáles no. Necesitamos reconocer todos los derechos ya mismo. Las vivencias de las mujeres que parieron sin vida, el resarcimiento por la violencia obstétrica al parir sin vida, el amparo de la identidad familiar de esa criatura deseada que no pudo nacer, la lactancia en duelo son temas que reconocemos como urgentes y por cuya defensa Cecilia es reconocida internacionalmente. No somos improvisadas, somos profesionales especialistas que militamos activamente por dotar de perspectiva de género al Ordenamiento Jurídico en temas que nos atañen inescindiblemente.”

Un punto más que, de la mano de la psicología perinatal, el equipo de Marea Primal ayuda a poner sobre el tapete  es que las víctimas de la violencia obstétrica, al igual que en la mayoría de las violencias basadas en el género, son múltiples, como explica la Dra. Florencia Gut: “A la hora de calificar a la violencia obstétrica tenemos en cuenta la pluralidad de sujetxs pasivos o víctimas; ya que la misma no sólo se dirige hacia las mujeres o personas gestantes causando daños, sino también hacia sus hijxs en pleno nacimiento, lo cual viene siendo largamente acreditado por la psicología perinatal y un amplio sector de la medicina y obstetricia críticas de las malas prácticas obstétricas institucionalizadas. No hay que olvidar que también el derecho protege a niñas, niños en tanto grupo vulnerable mediante un vasto plexo normativo nacional e internacional de los derechos humanos”. Y finaliza Goldenhörn “Es por esto que señala Flor que podemos decir que la violencia obstétrica excede ya su encasillamiento como forma o modalidad de violencia de género, por lo que debe darse tratamiento a la misma como una forma grave de violencia multicausal y compleja: violencia institucional, violencia estructural y de género en cuanto violencia simbólica, sexual, psicológica, física, económica;  y con pluralidad de personas que la padecen, la que, en perspectiva interseccional, nos obliga a hablar también de también de violencia racial y discriminación social. La violencia obstétrica es una gravísima y flagrante violación a los derechos humanos”.

 

(*) Moira Goldenhörn es abogada y escribana; PG en Cultura y Comunicación (FLACSO) y Maestranda en Cs. Sociales y Humanidades (UNQ). Además, es docente e investigadora en Sociología Jurídica, y consultora jurídico-legal en transversalidad de género para políticas públicas

(**) Florencia Gut es abogada con una amplia trayectoria en litigio de daños y perjuicios, fuero administrativo y laboral. Docente y ex miembra de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, formada en Género y Abordaje de Violencias (UNC).

 



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