Luego de la denuncia por contagios, Coca Cola suspende y cierra turnos

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En el marco de la pandemia desatada por el Covid-19, desde la compañía productora de aguas y gaseosas Femsa-Buenos Aires se anunció de forma sorpresiva la reducción inflexible de las jornadas laborales, más la medida de cierre de turnos completos. El argumento esgrimido por la patronal se basa en la supuesta y abrupta reducción de pedidos hacia la planta. La disposición, que deja a la productora de bebidas casi paralizada, ya fue homologada por el Ministerio de trabajo y el Sindicato Unido de Trabajadores de la Industria de Aguas Gaseosas (SUTIAGA). Por Máximo Paz, para ANRed.
Luego de que la empresa Coca-Cola Femsa fuera denunciada por sus propios trabajadores a partir de la detección de 25 compañeros contagiados por no dar cumplimiento con los protocolos mínimos de bioseguridad en el marco de la pandemia, ahora decidió aplicar una reducción generalizada de la jornada laboral y el cierre de turnos completos debido, según anunció la compañía, a una repentina reducción de pedidos.
La medida fue comunicada el día martes pasado a las y los trabajadores y pudo ser llevada a cabo de modo expeditivo a partir de la ejecución del artículo 223 bis de la Ley del Contrato del Trabajo, ítem legal que se transformó, conforme fue avanzando la pandemia, en el artilugio recurrente de las patronales para aplicar las suspensiones que considere hacia su cuerpo asalariado.
“Los empleadores podrán disponer la aplicación de las suspensiones en forma alternada, simultanea, rotativa, total o parcial según sus respectivas realidades productivas”, aclara parte del párrafo comodín de los empresarios, y que fuera acordado entre la CGT y la Unión Industrial Argentina (UIA).
Tal artículo cobró vigor a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020 firmado por el Ejecutivo Nacional el 30 de marzo pasado. El DNU estableció la prohibición de despidos y suspensiones por fuerza mayor, aunque, desde la incorporación del mencionado apartado 223 bis, se efectuó un guiño a la patronal, en tanto se estableció la excepción para la aplicación de suspensiones si estas se encuentran pactadas de forma previa entre el empleador y el sindicato y, a su vez, homologadas por las autoridades competentes.
Por ello, la resolución conlleva los vistos buenos y las consiguientes firmas de Marcelo Belliotti, secretario del Ministerio de Trabajo de la Nación – segundo de Moroni, titular de la cartera- y los jefes de las filiales de la CABA, Pablo Fernandez; San Martín, Raúl Álvarez y Avellaneda, Carlos Pérez, del Sindicato Unido de Trabajadores de la Industria de Aguas Gaseosas de la ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUTIAGA).
Asimismo, el ofrecimiento de salarios mientras duren las suspensiones hacia las y los trabajadores estableció que “para los meses de junio y julio de 2020, una propuesta de pago de una suma equivalente al cien por ciento (100%) del salario neto que se hubiese devengado por cada trabajador comprendido en el convenio colectivo de trabajo. En el caso de la modalidad de suspensión por reducción de jornada laboral, el pago de la suma propuesta estará compuesto por un porcentaje que se liquidará como salario habitual (por las 5 horas de prestación efectiva) y otro porcentaje como “asignación no remunerativa”. En el resto de los casos se abonará en función de la cantidad de días en que se efectivice la suspensión.”
El ciclo de suspensiones y cierre de turnos aplicados por Femsa se monta sobre los recientes incidentes surgidos al detectarse a trabajadores contagiados de Coronavirus en las instalaciones de Pompeya y la correspondiente denuncia, en donde los empleados manifestaron que a pesar de los 25 trabajadores que habían contraído el virus del Covid 19, algunos de los cuales se tuvieron que ser internados con asistencia respiratoria, la empresa de gaseosas obligó a continuar con la producción a los trabajadores de la planta.