13/11/2019

La Corte Suprema rechaza la prisión domiciliaria al genocida Etchecolatz

El genocida Miguel Etchecolatz, ex jefe de la Policía Bonaerense | Foto: Reuters

Este martes la Corte Suprema de Justicia desestimó un recurso extraordinario interpuesto a fines de que el represor Miguel Osvaldo Etchecolatz cumpla con sus condenas estimadas por la justicia en su domicilio. Ante otra embestida de la defensa del ex comisario, preso por delitos de lesa humanidad, el máximo órgano judicial ordenó que Etchecolatz deberá plasmar sus penas en prisión común. La flamante resolución carga con las firmas de cuatro integrantes del máximo tribunal, con la excepción de su presidente Carlos Rozenkrantz, y se expresa a favor de lo que había dispuesto la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que revocó la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6 que había dispuesto su prisión domiciliaria. Por Máximo Paz, para ANRed.


Sobre el mes de marzo de 2018, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a los recursos interpuestos por la fiscal María Ángeles Ramos – de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado – y la querella encabezada por Pablo Llonto, y revocó la resolución del 27 de diciembre pasado, dictada por el Tribunal Oral Federal N°6 de la Capital Federal, que hacía lugar a la solicitud de prisión domiciliara del ex comisario de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, Miguel Osvaldo Etchecolatz. Desde ese punto, los abogados defensores de Miguel Osvaldo Etchacoltaz, insertaron un recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ante la apelación de lo establecido por el Tribunal, la Cámara de Casación juzgó que el estado de salud no imposibilitaba que el represor bonaerense permaneciera alojado en la entidad carcelaria mientras reciba cuidados y controles médicos pertinentes.

«(…) La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia (…)», formula el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Sobre ese apartado, la vicepresidenta de la Corte Elena Highton de Nolasco y los ministros de Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Daniel Rosatti consideraron que el recurso extraordinario, cuya denegación había originado la queja, «es inadmisible».

Etchecolatz, de 90 años de edad, carga en su haber – por lo menos para la Justicia – la participación en nueve homicidios doblemente agravados por alevosía en concurso premeditado de dos o más personas, y en noventa y nueve privaciones ilegales de libertad, agravadas por mediar violencia o amenazas y tormentos, los cuales constituyen crímenes de lesa humanidad en perjuicio de 125 víctimas que pasaron por centros clandestinos de detención.

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