03/10/2019

Las tierras indígenas siguen con inseguridad jurídica

Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro

Jueces en Río Negro ordenan desalojos. Las leyes existentes que garantizan los derechos de los pueblos indígenas no se cumplen y las que regularían los derechos ya consagrados quedan cajoneadas. En estas décadas con derechos adquiridos, los originarios siguen luchando para ser reconocidos y poder vivir dignamente. Por Agustina López Oribe.


Actualmente en ambas cámaras del Congreso hay proyectos de ley para regular la propiedad comunitaria indígena. El proyecto (S-1984/19) que tramita en el Senado es la tercera vez consecutiva que se presenta. La primera, fue en 2015 mientras los pueblos qom, wichí, pilagá y nivaclé de Formosa esperaban que la Presidenta Cristina Fernández los recibiera acampando 10 meses en la avenido 9 de Julio. En plena campaña presidencial Macri les prometió prioridad en su agenda política y los convenció para que desalojen. Pero luego, en todo su mandato, la ley de propiedad comunitaria no avanzó ni un centímetro.

En tanto no se regule la propiedad comunitaria indígena, la ley de emergencia territorial (26160), que prohíbe los desalojos a nivel nacional hasta no se releven las tierras que les corresponden a los pueblos, sigue vigente. Y no se cumple. Hubo desalojos durante estos largos 13 años de vida de la ley. La Mesa Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro está denunciando que en pocos días tres desalojos fueron ordenados por jueces provinciales. Las comunidades Pino Quiñe, Newen Kurruf y Buenuleo son las imputadas por el delito de usurpación pero en ningún caso están realizados los relevamientos para garantizarles tierras aptas y suficientes para su desarrollo como ordena la Constitución Nacional.

En una jornada dictada en el Colegio Público de Abogados sobre “La Propiedad Comunitaria Indígena- Desafíos de su implementación”, Paula Barbieri de la Defensoría General de la Nación explicó que “la ley ordena dos cosas: por un lado suspende los desalojos y por otro, ordena que se realice un relevamiento territorial. No puede avanzarse con los desalojos cuando existe una ley de emergencia territorial que los suspende”; y agrega que “es fundamental que la administración de justicia tenga una mirada de la diversidad cultural y un enfoque de derechos humanos de los pueblos indígenas por parte de los funcionarios judiciales. Esta va a ser la única forma de encontrar respuesta adecuada a los planteos de las comunidades o cuando las comunidades están involucradas en algún proceso. Muchas veces la estrategia es iniciar desalojos de toda una comunidad. Entonces, que quien reciba el expediente no perciba que está tratando un caso de un denunciante contra otro privado, sino que detrás hay un derecho colectivo, que hablamos de tierra indígena, que no hablamos de propiedad privada. Es algo que parecería básico pero no siempre sucede”.

Jornada sobre propiedad comunitaria indígena en el Colegio Público de Abogados

La realidad es otra. Jorgelina Duarte, del Consejo Continental de la Nación Guaraní (CCNAGUA) participó en septiembre de la 42° sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra y dio un claro mensaje de falta de cumplimiento de las normativas que refieren a los territorios: “Las leyes y los instrumentos legales están ahí, pero no se ponen en práctica. Se siguen violando de manera sistemática. En Argentina tenemos una ley muy débil, ya que solamente se aprobó un presupuesto, en primera instancia, para demarcar nuestros territorios. Luego se prorrogó dos veces pero continúa sin finalizar el proceso”, transcribió el portal El Orejiverde. Y añadió: “Por estas razones nos vemos amenazados, porque no tenemos la seguridad de nuestros territorios ya que falta el cumplimiento real y efectivo del artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional”.

Entonces, hay dos vías posibles y complementarias para dar solución a los problemas territoriales de los pueblos indígenas y que, luego de una histórica lucha, cumplirían con lo que ordena la Carta Magna. Por un lado, que el INAI termine con las demarcaciones de los territorios de las comunidades, lo que requiere de la voluntad de las provincias y de la Nación. Y, por otro lado, una ley que regule la entrega de los títulos de la propiedad comunitaria, de características superadoras a la propiedad privada. “Es la deuda pendiente hacia los pueblos del Estado Nación porque terminaría con la inseguridad que tienen hoy las comunidades en sus posesiones tradicionales y ancestrales. El desafío es implementar los derechos”, dijo el abogado Benito Espíndola, del pueblo diaguita en la misma jornada en el Colegio de Abogados. Y se refirió a la ley 26160: “Es un problema que después de tres prórrogas no se haya terminado con los relevamientos territoriales. Quizás el motivo de tanta demora sea por las propias características de la propiedad comunitaria, hay muchos intereses en juego. Por suerte o por desgracia, los recursos naturales están en territorios indígenas. Ahí se entiende cómo después de tantos años algunas provincias no terminan con los relevamientos”.

Lo que dice Espíndola tiene sentido tanto en Río Negro como en Neuquén donde no se otorgan personerías jurídicas que garantizarían los inicios de los trámites de relevamiento. Y es que las comunidades mapuche Pino Quiñe y Newen Kurruf están sobre tierras con alto potencial para extraer hidrocarburos, en plena zona de Vaca Muerta y la comunidad Buenuleo es de gran interés para explotación turística porque se ubica al pie del cerro Ventana, en Bariloche. Y la intención que expresan los pueblos indígenas es la de preservar los territorios de la contaminación que provocan estas actividades.

Los pueblos qom, wichí, nivaclé y pilagá de Formosa también siguen luchando por sus territorios y todavía no obtuvieron sus títulos comunitarios. Las promesas de Macri se diluyeron de su agenda y las prioridades escritas allí fueron otras.



0 comentarios

1000/1000
Los comentarios publicados y las posibles consecuencias derivadas son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Está prohibido la publicación de comentarios discriminatorios, difamatorios, calumniosos, injuriosos o amenazantes. Está prohibida la publicación de datos personales o de contacto propios o de terceros, con o sin autorización. Está prohibida la utilización de los comentarios con fines de promoción comercial o la realización de cualquier acto lucrativo a través de los mismos. Sin perjuicio de lo indicado ANRed se reserva el derecho a publicar o remover los comentarios más allá de lo establecido por estas condiciones sin que se pueda considerar un aval de lo publicado o un acto de censura. Enviar un comentario implica la aceptación de estas condiciones.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Ir arriba