13/08/2017

El CCPPIRA solicita a la ONU que intervenga en la desaparición de Santiago Maldonado

El Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina (CCPPIRA), presidido por el referente indígena Félix Díaz, solicitó al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU que intervenga para que el Estado argentino arbitre medidas para la aparición con vida de Santiago Maldonado y para que proteja de cualquier tipo de amenaza a la Comunidad del Pueblo Mapuche que habita en el Departamento de Cushamen, Provincia del Chubut. Difundimos el comunicado.

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El Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina notifica al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias la desaparición forzada de Santiago Maldonado

Buenos Aires, 8 de Agosto de 2017

Sr. Ugo Cedrangol, Secretario del
Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
Palais des Nations, 8-14 Avenue de la Paix,
CH-1211 Ginebra 10, Suiza

De nuestra mayor consideración:

El Consejo Consultivo y Participativo de Pueblos Indígenas de la República Argentina, creado bajo el Decreto Nacional 672/16 dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA de la NACIÓN, se presenta a través de su PRESIDENTE, Don Félix Díaz y su SECRETARIA GENERAL, Relmu Ñamku, constituyendo domicilio legal en Av. Libertador 8151, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, REPUBLICA ARGENTINA, a fin de notificar a ese Grupo de Trabajos sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, la desaparición forzada del Sr. Santiago MALDONADO, ocurrida el pasado el 1 de agosto de 2017, luego de la incursión de más de 100 efectivos de Gendarmería Nacional contra la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia, en la Provincia del Chubut, en la República Argentina.

1. INFORMACIÓN RELATIVA A LA PERSONA DESAPARECIDA

Desde el momento del operativo de Gendarmería Nacional, en la Comunidad del Pueblo Mapuche Pu Lof en Resistencia (Chubut), se desconoce el paradero de Santiago Maldonado, de 28 años: el joven fue visto la última vez mientras huía de la persecución de la Gendarmería Nacional.

2. INFORMACIÓN RELATIVA A LA DESAPARICIÓN

El martes 1° de agosto de 2017 alrededor de 100 efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina ingresaron de manera irregular y violenta al territorio de la comunidad mapuche. La Gendarmería disparó balas de plomo y de goma y quemó objetos pertenecientes a las familias.

Ese día, la Gendarmería Nacional ingresó de manera irregular y violenta al territorio de la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia en Cushamen, provincia de Chubut. Como ya ha ocurrido en otras ocasiones recientes, la Gendarmería desplegó un operativo violento, disparó balas de plomo y de goma, no tomó ninguna precaución para proteger a niños y niñas presentes en el lugar y tuvo un proceder inexplicable que incluyó la quema de objetos pertenecientes a las familias, como sus ropas y mantas, acciones que tienen como único fin el amedrentamiento de sus integrantes.

En el marco de este operativo, tres miembros de la comunidad fueron detenidos sin ninguna justificación y trasladados a una comisaría donde permanecieron durante varias horas. Además, desde el momento del operativo no se conoce el paradero de Santiago Maldonado, quien acompañaba los reclamos de la comunidad. Estos operativos y la criminalización de la Comunidad son avalados por el Ministerio de Seguridad de la Nación, tal como se desprende de las declaraciones radiales de Pablo Noceti, jefe de gabinete de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

El lunes había tenido lugar una represión de una protesta que los integrantes de la comunidad realizaban en las puertas del juzgado federal de Bariloche en reclamo por la detención arbitraria de Facundo Jones Huala, justificada en una segunda causa de extradición idéntica a la que está pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La manifestación fue reprimida por la Gendarmería Nacional y el Grupo Especial de Asalto Táctico de la Policía de Seguridad Aeroportuaria con disparos de balas de goma al cuerpo de los manifestantes; nueve personas fueron detenidas y muchas resultaron heridas.

No es la primera vez que ocurren hechos de este tipo. A principio de año, distintas fuerzas de seguridad reprimieron a la comunidad en tres operativos violentos, que ocasionaron heridos y que pusieron en riesgo la vida y la integridad de sus miembros. También está probado que integrantes de la comunidad fueron objeto de actividades de inteligencia ilegal en 2015. La reiteración de estos episodios que limitan el ejercicio del derecho a la protesta y amedrentan a la comunidad muestra un ensañamiento particular contra esta comunidad y sus reclamos.

Desde el momento de este operativo, se desconoce el paradero de Santiago Maldonado, de 28 años: el joven fue visto la última vez mientras huía de la persecución de la Gendarmería Nacional. Varios testigos que han solicitado mantener su identidad en reserva por un justificado temor a las represalias, afirman que en los minutos previos a su desaparición, Santiago Maldonado corría junto a otras personas escapando de Gendarmería Nacional. Mientras otros lograron cruzar el río, el joven quedó rezagado del otro lado. En ese momento, pudieron escuchar que personal de las fuerzas gritaban «lo tenemos, lo tenemos”. Desde entonces, nada más se supo de Santiago y a pesar de que los miembros de la comunidad recorrieron la zona en su búsqueda, sólo encontraron tirado un cuello polar que portaba al momento de su desaparición. Esta versión, que necesariamente debe ser considerada como una hipótesis investigativa, autoriza a sospechar que el joven desapareció luego de ser detenido por personal de Gendarmería. La situación es sumamente grave ya que, en caso de confirmar esta hipótesis, estaríamos frente a una de las más graves violaciones a los derechos humanos.

A pesar de que la desaparición de Santiago Maldonado tomó estado público hace ya varios días, en los primeros días de su desaparición, ni el Ministerio de Seguridad de la Nación, del que depende la Gendarmería, ni la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación hicieron declaraciones que indiquen su posición sobre el caso ni las medidas que eventualmente hayan adoptado para encontrar al joven. Al mismo tiempo, sí hubo declaraciones de funcionarios del Ministerio de Seguridad que han avalado los operativos violentos contra la comunidad; en esta oportunidad y en ocasiones anteriores.

En este contexto, la comunidad del Pueblo Mapuche enfrenta un escenario de vulnerabilidad que se ha acentuado con la desaparición, ocurrida tras la represión a sus integrantes por la Gendarmería.

El Estado argentino debe tomar medidas urgentes para buscar y encontrar a Santiago Maldonado y para proteger a la comunidad mapuche que habita en el departamento de Cushamen de cualquier tipo de amenaza.

3. INFORMACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS DESPUÉS DE LA DESAPARICIÓN

En forma inmediata, a la denuncia realizada por los integrantes de la Comunidad Mapuche, la Defensoría Pública Federal del Juzgado Federal de Primera Instancia de Esquel (Chubut) inició un expediente de habeas corpus ante la desaparición de Santiago Maldonado.

En ese sentido, con fecha 8 de agosto, este Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de Argentina, en el marco de la acción urgente de habeas corpus presentado por el defensor oficial con el fin de que se inicie una búsqueda exhaustiva de Santiago Maldonado, se presentó ante el Juzgado Federal de Esquel, a través de una presentación, solicitando Medidas Urgentes, a través de las medidas de prueba que resultan indispensables en este caso y solicitamos que sean ordenadas con urgencia. A continuación, indicamos al Juzgado algunas medidas de prueba que son fundamentales para el esclarecimiento de este hecho y destacamos que su efectividad depende de dos factores: por un lado, que sean adoptadas en las próximas horas; y, por el otro, que sean controladas proactivamente por los funcionarios judiciales a cargo de esta investigación. Entre otras medidas, sugerimos:

1. Apartar a todas las fuerzas que intervinieron en el operativo en la comunidad Lof Cushamen el 1 de Agosto de 2017, ya que su personal podría estar implicado en la detención y desaparición del joven, en cumplimiento del art. 194 bis del CPPN.

2. Establecer una custodia de una fuerza no involucrada que preserve la zona donde fue visto por última vez con el fin de evitar que se contamine la escena del posible delito. Al ser posible que el último lugar en donde fuera visto sea dentro de la Comunidad, se deberá dar previo aviso a los miembros de la Comunidad Lof Cushamen y a su asesora legal Dra. Sonia Ivanoff.

3. Identificar a todas las fuerzas que participaron del operativo. En especial, obtener un listado completo del personal de Gendarmería Nacional.

4. Secuestras las armas que portaban el día del operativo.

5. Identificar las camionetas de Gendarmería Nacional que se desplazaron al lugar de los hechos.

6. Secuestrar estas camionetas y realizar con urgencia una inspección ocular y levantamiento de rastros en su interior.

7. Rastrillar la zona donde fue visto por última vez el joven y las cercanías. En este procedimiento debe incluirse un rastrillaje del río y sus costas. Al ser posible que el último lugar en donde fuera visto sea dentro de la Comunidad, se deberá dar previo aviso a los miembros de la Comunidad Lof Cushamen y a su asesora legal Dra. Sonia Ivanoff.

8. Ordenar una pericia sobre el cuello polar para buscar material genético.

9. Solicitar a la morgue judicial que indique si se produjo el ingreso de algún cuerpo NN en las fechas 1/8/17, 2/8/17 y 3/8/17 y que continúe informando esta circunstancia en los próximos días y hasta tanto se resuelva este recurso.

10. Identificar los sistemas de comunicación que utilizaron ese día las fuerzas que intervinieron en el operativo. Solicitar los trunking, modulaciones y llamadas telefónicas que se cursaron el personal que intervino.

11. Allanamiento e inspección ocular de todas las dependencias, alcaidías y comisarías de todas las fuerzas locales y federales de la zona y en un radio de 100 km.

12. Secuestro de libros de entrada y salida de detenidos de las dependencias, alcaidías, comisarías de todas las fuerzas locales y federales de la zona y un radio de 100 km. Por último, siendo posible que su desaparición involucre el accionar de fuerzas de seguridad federales, solicitamos se considere este elemento a la hora de comunicar las medidas de prueba que se adopten. A su vez, en virtud de la urgencia, entendemos que sería útil que la comunicación de las órdenes que disponga sean realizadas en forma telefónica, evitando las dilaciones que implica el diligenciamiento de oficios.

13. Revelar secreto de inteligencia si intervino personal de inteligencia, revelar sus nombres, según lo prevé la Ley de inteligencia.

14. Secuestro de toda documentación relativa al operativo obrante en dependencias de gendarmería, anterior y posterior a la intervención del 1/8.

15. Secuestro de las computadoras de las dependencias involucradas en el operativo, urgente peritaje, a fin de verificar si en algún documento, correo, o cualquier otro archivo obra información relacionada a Santiago Maldonado u otra persona desaparecida desde el 1/8 en adelante.

16. Inspección en todos los hospitales y centros de salud de la zona, para determinar si hay personas internadas que no hayan sido identificadas o hubieran ingresado por guardia desde el 1/8 en adelante.

Estas medidas son solo algunas de las que deberían ordenarse inmediatamente.

Con fecha 5 de agosto, la ONG de Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), pidió una acción urgente al Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas para que el Estado argentino tome de manera inmediata todas las medidas necesarias para buscar y localizar a Santiago Maldonado. También solicitó que se adopten medidas concretas para proteger a la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia, en el departamento de Cushamen, provincia de Chubut. El pedido fue realizado en coordinación con la familia de Maldonado y su abogada Verónica Heredia.

Ante esta presentación el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas consideró que la desaparición de Santiago Maldonado exige «la acción urgente del Estado parte para buscarle y localizarle” y para identificar a los responsables; en una rápida respuesta al pedido urgente realizado por la ONG.

En la comunicación remitida el 7 de agosto de 2017 al Gobierno de Argentina, el Comité expresa su preocupación por la integridad física y psicológica de Maldonado y requiere al Estado que:

«“ adopte «una estrategia integral y exhaustiva para la búsqueda y localización”,

«“ tome inmediatamente «todas las medidas urgentes que sean necesarias para buscarlo y localizarlo, tomando en cuenta los datos proporcionados por los miembros de la comunidad mapuche Pu Lof presentes durante la acción represiva”,

«“ garantice «la efectiva conservación, resguardo y análisis de todos los elementos de prueba que ya obran en la investigación o puedan llegar a hacerlo y que podrían permitir determinar la ubicación del señor Santiago Maldonado y la identidad de las personas responsables de su desaparición”,

«“ y que «la Gendarmería Nacional Argentina se abstenga de participar en la búsqueda e investigación de la desaparición”, entre otras medidas.

Luego de conocer la cantidad de hechos de hostigamiento y represión sobre la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia, que incluyen un sucesión de operativos violentos y la realización de actividades de inteligencia ilegal, el Comité también pide al Estado que adopte de inmediato «las medidas cautelares de protección a favor de los familiares del señor Santiago Maldonado, sus representantes y los miembros de la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia involucrados en su búsqueda, que sean necesarias” para «preservar su vida e integridad personal” y «garantizar que puedan desarrollar las actividades relacionadas con la búsqueda del señor Santiago Maldonado, sin ser objeto de actos de violencia y hostigamiento”.

Finalmente, el Comité le solicita al Estado argentino que le informe «sobre las acciones tomadas por las autoridades competentes del Estado parte para localizarlo, para aclarar su desaparición y para garantizar que esté bajo la protección de la ley”.

4. SOLICITUD AL GRUPO DE TRABAJO

En función de lo establecido por la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, por la presente Comunicación, queremos solicitar su intervención a través de un Llamamiento Urgente, a fin de:

1. Arbitrar las medidas para la aparición con vida de Santiago Maldonado, luego de producirse su desaparición forzada, ocurrida el pasado el 1 de agosto de 2017, luego de la incursión de más de 100 efectivos de Gendarmería Nacional Argentina, contra la Comunidad Indígena del Pueblo Mapuche Pu Lof enResistencia, en la Provincia del Chubut, en la República Argentina.

2. Solicitar al Estado argentino la toma de medidas urgentes para buscar y encontrar a Santiago Maldonado y para proteger a la Comunidad Indígena del Pueblo Mapuche que habita en el departamento de Cushamen, Provincia del Chubut, de cualquier tipo de amenaza.

3. Reiterar y aplicar al Gobierno de Argentina las Observaciones finales realizadas por el Comité contra la Desaparición Forzada, sobre el informe presentado por la Argentina en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención; especialmente, los siguientes puntos (CED/C/ARG/CO/ 1):

Responsabilidad penal y cooperación judicial en materia de desaparición forzada (artículos 8 a 15)

14. El Comité acoge con beneplácito la información recibida por el Estado parte relativa a los avances en las investigaciones y enjuiciamiento de personas responsables de delitos de desapariciones forzadas ocurridas durante la dictadura militar. Sin embargo, el Comité expresa su preocupación por la existencia en la actualidad de nuevos casos de desaparición forzada de los cuales son víctimas, particularmente, personas jóvenes en situación de extrema pobreza y marginación social; estas desapariciones son realizadas aplicando métodos policiales violentos, haciendo un uso arbitrario de la detención y utilizando la desaparición como un método para encubrir los delitos cometidos y procurarse la impunidad (arts. 6 y 12).

15. El Comité alienta al Estado parte a adoptar todas las medidas que resulten necesarias e incrementar los esfuerzos con miras a combatir eficazmente estas formas contemporáneas de desaparición forzada. El Comité recomienda, asimismo, que el Estado parte promueva reformas institucionales en el seno de los cuerpos policiales para erradicar la violencia y asegurar que los policías responsables de estas violaciones sean debidamente investigados, enjuiciados y sancionados.

16. El Comité toma nota con preocupación de los informes recibidos que dan cuenta de casos recientes de desapariciones forzadas, que no han sido investigados de manera debida, particularmente casos en los que hubo un retraso injustificado en el inicio de las investigaciones o en los que no se investigó a todas las personas supuestamente involucradas en el delito (art. 12).

17. Al respecto, el Comité insta al Estado parte a que adopte todas las medidas necesarias para garantizar que las investigaciones de todos los casos de desaparición forzada sean exhaustivas e imparciales y se realicen diligente y eficazmente, aun cuando no se haya presentado denuncia formal, así como que las investigaciones continúen hasta que se establezca la suerte o se determine el paradero de la persona desaparecida.

A la espera de una respuesta a nuestra solicitud, le saludan con atta. consideración.

FÉLIX DÍAZ «“ Presidente
RELMU ÑAMKU – Secretaria General
ARIEL ARAUJO «“ Secretario Ejecutivo

CONSEJO CONSULTIVO Y PARTICIPATIVO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA – Decreto 672/2016

http://consejoconsultivoindigena.blogspot.com.ar/2017/08/el-consejo-consultivo-notifica-al-grupo.html



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