05/03/2016

El Observatorio de Derechos Humanos (ODH) repudia el fallo de la Corte Suprema respecto al uso de las «Taser» por parte de la policía Metropolitana

Comunicado de Prensa:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires 3 de marzo de 2016

El ODH repudia el fallo de la Corte en la causa «Taser»

Desde el Observatorio de Derechos Humanos (ODH) expresamos nuestro repudio ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que eligió desentenderse en la causa «Taser”, avalando que la Policía Metropolitana pueda torturar a las personas que transiten por la ciudad de Buenos Aires utilizando las neopicanas Taser.

La Corte, con una celeridad asombrosa, prefirió no analizar el Recurso de Queja presentado por el ODH junto a la Defensoría General, declarándolo inadmisible en su primera intervención. Esta actitud procesal, ante la gravedad institucional que significa la posibilidad de que el Estado autorice la tortura, redunda en un fallo político lamentable al permitir la legalidad de un daño a la integridad física de las personas.

Sorprende que la Corte haya dado a conocer el fallo a su agencia de noticias antes que a las partes. También resulta absolutamente desafortunado que esa agencia (CIJ) haya editorializado la noticia sobre el fallo, indicando que la Corte evaluó que nuestro planteo resultó «prematuro”, cuando ese análisis no surge de ningún párrafo de la sentencia.

Desde el ODH y el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad habíamos alertado ya sobre el peligro que puede significar el uso de estas pistolas eléctricas. En 2010 interpusimos la acción de amparo para evitar que la Policía Metropolitana use las neopicanas Taser: Denunciamos -y probamos- que las armas Taser X26 son un elemento de tortura y que en diversos casos -de imposible previsión- causan la muerte de las personas.

Desde 2010 hubo 3 sentencias, de 2 instancias diferentes, que dieron la razón a nuestro planteo. Recién en 2015, en otro fallo de alto contenido político, el Tribunal Superior de la Ciudad falló a favor del Gobierno de la Ciudad, permitiendo a su policía salir con elementos de tortura a la calle.

La presentación del ODH ante la Corte fue acompañada por diferentes organizaciones que se presentaron como Amigos del Tribunal (Amicus Curiae), hecho que reforzaba la necesidad de un amplio tratamiento de los argumentos por parte del Máximo Tribunal. Amnistía Internacional, Unión de Trabajadores de la Educación (UTE «“ CTERA), Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, Agrupación HIJOS, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), APDH, Comunidad Homosexual Argentina (CHA), ATE, Abuelas de Plaza de Mayo, Comité para la Defensa de la Salud, la Ética Profesional y los Derechos Humanos (CODESEDH), CEPRODH, Asociación Americana de Juristas y Defensoría del Pueblo de la Ciudad entre otros organismos habían solicitado que su voz sea escuchada. El oscurantista fallo de la Corte prefirió el silencio.

Desde el Observatorio seguimos sosteniendo que la tortura con picana en un sótano de una comisaría es tan violatorio del derecho a la integridad física como la descarga eléctrica provocada por una moderna Taser X26 en una manifestación. Las Taser son un elemento de tortura por el intenso dolor que generan, hecho corroborado por el Comité contra la Tortura de la ONU y por Amnistía Internacional.
Ante este fallo vergonzoso, al haber agotado las instancias judiciales en el país sin que se haya hecho Justicia, analizaremos los pasos a seguir para hacer valer nuestros derechos ante las instancias internacionales correspondientes, a fin de poner un freno a la violación de los Derechos Humanos. No podemos permitir que se vuelvan a utilizar las picanas eléctricas en la Argentina.

Desde el ODH seguiremos exigiendo «Picanas, ¡Nunca Más!”



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