02/04/2014

La inundación en la Justicia

Inundaciones-La-Plata-3.jpgA un año de la inundación más grande de la historia de la cuidad de La Plata, se dictó la primer sentencia respecto de una de las causas abiertas. Ésta fue llevada adelante por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1, a cargo del Juez Luis Arias y se trata de un habeas corpus colectivo para esclarecer el número de víctimas de la tragedia. No es la primera ni la única causa que se inició contra el Estado provincial a partir de lo sucedido aquel trágico 2 de abril. Por ANRed La Plata.


A todo esto desde hace un año no existen números oficiales para el Juez Arias, puesto que «no hubo ningún número oficial, el Poder Ejecutivo nunca oficializo nada, no se expidió a través de actos sino con comunicados de prensa”. La sentencia dejó en claro que el número de víctimas que el Estado esgrimió de 51 víctimas era falaz, hasta ahora se han podido aprobar que el número llegue a 89, aunque sin embargo éste tendería a crecer si se tiene cuenta las maniobras por parte del Estado para ocultar la verdad.

Un recorrido por la causa en la justicia administrativa

La causa que dicto sentencia el pasado martes 25, comenzó gracias a una medida iniciada por Julián Axat Defensor del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, quién frente a la posibilidad de que existieran menores fatales en la inundación, y por ende delitos, emitió una medida preliminar, previa a la acción judicial. Esto fue así ya que para ejercer su competencia específica Axat debía obtener información, es decir, saber si había menores fallecidos en la inundación.

En este sentido se plantea un habeas data colectivo referido a los menores de edad. Para comenzar hay que tener en cuenta qué objetivo tuvo la causa, es decir, qué objetivo tiene un habeas corpus. Esta garantía constitucional además de ofrecer la garantía individual de la protección de datos personales a quien ve los ve afectados (por ejemplo estar en un listado púbico como el veras o en uno privado), también prevé que pueda ser utilizada como herramienta para requerir información invocando el derecho a la información y el derecho a la verdad, que no solamente puede ser individual sino también colectiva. En este caso, debido al número que el Estado dio a conocer días después de lo sucedido se puso en juego el derecho colectivo a la verdad, ya que la cantidad de personas que murieron fueron muchas más que las publicadas.

A partir de aquí lo primero que se comenzó a hacer es recolectar información para comprobar si efectivamente había más víctimas, se recorrieron morgues, hospitales, barrios para constatar la información, pero estas medidas nunca pudieron comprobar aquello que se buscaba, pues es aquí donde comienzan a observarse inconvenientes que luego se irían deshilando, dejando al descubierto las irregularidades tanto del Poder Ejecutivo como del Judicial.

disone.jpg

Palos en la rueda

Las piezas que comienzan a mover el 5 de abril, inmediatamente luego de la inundación, el Juez Arias, Soledad Escobar como «amicus curiae”, y el equipo que trabajó en la causa tocan intereses importantes del poder político, por lo cual comienzan las maniobras del Estado para apartar al juez de la causa.

Una primera medida que aparece en este sentido es la competencia que presenta del Juez Penal Atencio. Esta movida en palabras del uez Arias es «un disparate porque nada tiene que ver con el delito una medida que atiene a satisfacer el derecho a la información colectiva, como el habeas corpus. En todo caso de la información surgirán los delitos y después intervendrá la Justicia Penal”. Arias sospecha que esta medida que fue impulsada por el fiscal Condomí Alcorta, porque de esta manera cuando existe un conflicto de competencia (más de un Juez se declara competente), tiene que resolver la Corte Suprema de la Provincia por lo cual la causa se detiene y no se puede seguir avanzando. «Día a día, hasta que se resolvió la competencia, nosotros íbamos encontrando nuevas víctimas. Pero hasta que se resolvió y la causa volvió a mi juzgado se perdieron muchos días valiosísimos que nos impidió concretar pruebas, que teníamos ordenadas, por ejemplo, rastrillajes que teníamos coordinados con la policía federal”, dijo Arias.

Para la sorpresa de muchos, algunas de las causas penales luego de la tragedia fueron abiertas contra el Juez Arias. Una la inició la Policía Científica, raramente por haber secuestrado los libros de la morgue. «¿Un secuestro? Eso es una medida de prueba, es algo ridículo. El Fiscal me pedía que devuelva los libros porque la Procuradora me quería procesar”, dijo el Juez Arias.

Otra de las causas la inició la Procuradora General de la Provincia de Buenos Aires, Falbo, ésta es una denuncia penal contra Arias por abuso de poder, la cual prosperó y por la cual tiene una imputación. Estas cuestiones explicó el Juez que fueron obstáculos para que la causa se desarrollara correctamente, pues las personas que tenían información dudaban en declarar cuando sabían que el Juez de la causa estaba imputado y las palabras de Arias lo aclaran: «le decíamos a la gente venga a declarar y nos contestaban, pero Dr. si a usted le hacen causas penales, lo imputan, ¿quiere que yo vaya a una picadora de carne? Con eso generaron miedo. También confusión porque los que querían declarar no sabían si hacerlo en la justica penal o contencioso administrativa”.

Además de esto, el Estado movió las piezas para que en su trabajo tanto Arias como el equipo tengan problemas para recolectar la información necesaria para la causa. El Registro de las Personas de Berisso y Ensenada les negaron documentación, hasta que a fuerza de resistir, la consiguieron.

poer.jpg

Las maniobras del Estado

El día siete de Abril, cinco días después de la inundación, la Justicia ya constataba la primera víctima no registrada. La documentación de la inscripción del deceso de la persona había sido falseada, ¿Cómo?, gracias a una irregularidad facilitada por el Fiscal junto con la policía y las autoridades sanitarias. Luis Arias comenta la maniobra: «Antes del certificado de defunción existe una planilla (Formulario 03), que completa una parte un médico donde señala, entre otras cosas, la causa de la muerta tanto mediata como inmediata. La muerte inmediata puede ser traumática o no traumática (según la ley que rige el registro de las personas), y siempre que es traumática o existe alguna sospecha hay que judicializar el caso y determinar por qué se murió, es decir, hacer una autopsia. Más allá que exista delito, frente a una muerte traumática se abre una causa por averiguación de causales de muerte. Aquel siete de abril eso no ocurrió.”.

Los días siguientes de la inundación, dejaron cuerpos sin vida por las calles de La Plata, Ensenada y Berisso. Según testigos de la causa, las personas con eran instruidas por la propia policía a que buscaran casas funerarias como «Mónaco” o «Rio” para sepultar o cremar los cuerpos fallecidos como consecuencia de la inundación.
Estas casas de sepelio son las encargadas de llenar el Formulario 03, tras buscar un médico, para dar lugar a la inscripción en el registro de las personas. Según el juez Arias se sospecha que muchas casas funerarias tienen formularios en blanco firmados por un médico que después se encargan de llenar sin un doctor. En aquel momento este fue el mecanismo, según la causa, a través del cual se pudieron sepultar o cremar cuerpos sin la intervención judicial, ya que se hacían pasar por muertes no traumáticas por lo cual existieron muertes que se sacaron del circuito judicial y que no pudieron computarse como víctimas.

Por otro lado, el Fiscal de turno, Condomí Alcorta, dio la orden de que no se hicieran autopsias en los hospitales, solamente reconocimientos médicos. Entonces sin autopsia lo que sucedió es que hay casos en los que no se sabe bien a ciencia cierta las causales de muerte. Por este camino, los cuerpos que salieron del circuito judicial, en su mayoría fueron cremados.

Todo esto sucedía según indica el Juez de la causa, a costa de que el Fiscal y las autoridades sanitarias violaron la ley exige que frente a la muerte traumática o sospecha se abra una causa judicial. De hecho, el fiscal no instruyó en aquel momento a las autoridades sanitaras para que comuniquen cualquier muerte que pueda tener que ver con la inundación, otro elemento que dificultó el computo de las víctimas. Además de esto, el fiscal dio la facilidad de que el Registro de las personas diera la autorización para la inhumación del cuerpo aún cuando llegaban casos judicializados (por muerte traumática), las cuales necesitas una orden de un juez o del Fiscal para poder obtener la inscripción de deceso y la inhumación.

A partir de conocer todas estas irregularidades el Juez Arias presenta una denuncia contra el Fiscal Conomí Aclorta respecto de la violación de los procedimientos. Asimismo, explicó Arias que se le pide a la Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, María del Carmen Falbo que aparte al fiscal, pero lo mantuvo en el cargo.

asasd.jpg

51, la lista oficial

Una semana después de la inundación, la lista que divulgaba el Poder Ejecutivo era definitiva y se quedaba en 51. Juan Calos García, muere ahogado en la vía pública cuando quiso cruzar a la casa de un vecino que tenía dos plantas, para resguardarse. En el camino la corriente se lo llevó. En este caso como en muchos otros, como se dijo más arriba, gracias a la policía y un médico forense se certificó que la muerte había sido no traumática y que no había muerto ahogado, sino por un carcinoma hepático, es decir, de cáncer de hígado. Este cuerpo fue cremado y no quedó constancia que fue una víctima de la inundación.

Por otro lado, dentro de la lista había un ciudadano peruano, que en medio de la inundación tras manipular un cable con electricidad murió electrocutado. Días después de que se cerrara la lista de 51 personas apareció una nueva víctima, Nélida Reyes. Entonces el Poder Ejecutivo sacó un nuevo comunicado de prensa. Nuevamente el listado tenía 51 personas, es decir no se agregó a nadie. Suarez Salazar, quien había muerto electrocutado a causa de la inundación es quitado de la lista, pues para el poder político había muerto electrocutado, no era víctima de la inundación. En su lugar colocaron a Reyes, la nueva víctima. De esta manera se mantuvo el número en 51. No se sabe porqué pero sorprendentemente este fue el mismo número que tuvo la tragedia de Once, en un contexto en el que el Gobierno Nacional y el Provincial estaban enfrentados.

El Poder Judicial y la Policía: ¿Irregularidades o decisiones?

Existieron muchas irregularidades, y de lo que se está seguro es que el Poder Judicial, como se dijo, le dio la potestad a la policía de gestionar muchos procedimientos. Fue el Fiscal el que ordenó que interviniera la morgue policial, cuando la Justicia tiene morgues y de esta manera se desligó de la dirección del proceso investigativo, poniéndola en manos de la Policía de la Provincia. Fue tal la intromisión de la Policía en los procedimientos luego de la tragedia que el Fiscal Condomí Alcorta, por tener la fiscalía inundada instruyó su lugar de trabajo en la Comisaría Primera de La Plata.

A partir de la denuncia de un vecino que se acercó a declarar haber visto a la policía y a los bomberos sacando cuerpos de una zona del gran La Plata, el Juez pone manos a la obra. Siguiendo la lógica, el magistrado ordenó una inspección en la morgue, pues si se habían encontrado nuevos cuerpos debían estar allí.

Una vez más la policía tomando el control de la situación, impide que la justicia entre a la morgue policial. Quien se encargó de negar la entrada a la morgue policial es el Comisario General Pablo Vázquez, a cargo de la superintendencia de la Policía Científica. Este funcionario tiene en su portuario el pedido de exoneración por el caso Candela.

Paradójicamente entonces, el brazo ejecutor de la justicia, la policía, viola la ley y comente el delito de alzarse contra una orden judicial.
«Al comisario Vázquez le hicimos la denuncia penal, que recae no me acuerdo en que fiscalía, la tramitan rápidamente y el Juez interviniente es el Dr Melazo, ex candidato a diputado del PAUFE (Partido Unidad Federalista) partido del comisario Patti quien lo sobresee rápidamente diciendo que no había delito”.

xsd.jpg

El caso de los dos entierros

Con el tiempo se acercó una testigo al Juzgado, una muchacha que decía que su padre había sido enterrado dos veces, es decir, había en el cementerio dos tumbas con el mismo nombre. Raúl Jaime Islas por un lado y Raúl Jaime Islas por el otro. Al observar la irregularidad el equipo judicial fue al registro del cementerio y se encontró con un duplicado de los trámites, al igual que en el Registro de las Personas.

La historia que relató la testigo fue que el cuerpo de su padre había sido enterrado por su tía, es decir, la hermana del fallecido. La testigo sin saber que su tía lo había enterrado fue a la morgue y pidió el cuerpo de su padre, por lo cual la policía le dio un cuerpo y lo enterró. Días después se comunicó con la tía para avisarle la inhumación. La tía responde que ella lo había enterrado en el mes de Enero.

«Ordenamos la exhumación el 30 de diciembre para hacerlo antes de la feria y lo logramos. Llevamos los cuerpos a la asesoría pericial y se determino que el cuerpo enterrado en enero era Jaime Islas, el que había enterrado la hermana y el otro cuerpo era de una persona de sexo masculino de 65 años aproximadamente pero no se sabe de quién es, el cuerpo esta reducido, se tomaron muestras de ADN pero no sabemos contra qué contrastarlo porque no hay un banco de datos genético en la provincia”, explicó Luis Arias. Además aclaró que más allá de la causa específica, la doble sepultura y la falsedad de la documentación registral de las causales de muertes «abrió una caja de pandora, pues pueden ser estos los mecanismos con los cuales se llevaron a cabo las desapariciones en Democracia”.

A modo de conclusión

Luego de la sentencia que se dictó y de lo descubierto por esta causa queda claro que el número de 89 víctimas no es definitivo. Para Arias «quedaron muchos cabos sueltos muchas cosas irresueltas, de hecho tenemos 16 víctimas que damos a conocer en la sentencia que son casos dudosos que no hay pruebas suficientes para poder incorporarlos pero probablemente hayan sido víctimas de la inundación.”

Asimismo, Arias expresó que también «queda al desnudo que la Justicia Penal y la Policía son una maquinaria enquistada en el Estado que está al servicio de cualquiera que le dé ordenes y esté dispuesto a cometer cualquier irregularidad e ilicitud”.

Con esta primera sentencia, lo que definitivamente se aclara es que hay que trascender el número, y hacer vivir a todas las víctimas, porque no se trata de una disputa numérica sino de personas que perdieron la vida por la injusticia que se ejerce desde el Estado.



0 comentarios

1000/1000
Los comentarios publicados y las posibles consecuencias derivadas son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Está prohibido la publicación de comentarios discriminatorios, difamatorios, calumniosos, injuriosos o amenazantes. Está prohibida la publicación de datos personales o de contacto propios o de terceros, con o sin autorización. Está prohibida la utilización de los comentarios con fines de promoción comercial o la realización de cualquier acto lucrativo a través de los mismos. Sin perjuicio de lo indicado ANRed se reserva el derecho a publicar o remover los comentarios más allá de lo establecido por estas condiciones sin que se pueda considerar un aval de lo publicado o un acto de censura. Enviar un comentario implica la aceptación de estas condiciones.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Ir arriba