15/01/2016

La Municipalidad de Jáchal y OSSE deberán proveerles agua envasada a los pobladores de Mogna

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El Juzgado de Jáchal hizo lugar a la cautelar solicitada por el Centro de Productores Agropecuarios y Productores de Mogna, por lo que se le impone a la Municipalidad de aquel departamento y a OSSE, encargada del agua en la provincia, que se hagan cargo de la provisión de agua potable envasada en esa localidad. Por Radio comunitaria La Lechuza


El juez Oritja «hizo lugar a la cautelar y obliga a OSSE y a la Municipalidad de Jáchal a proveerlos (a los pobladores de Mogna) de agua en condiciones hasta que se resuelva la cuestión de fondo, es decir hacer una nueva perforación o una planta de ósmosis inversa que provea de agua potable a esa localidad”, según contó Diego Seguí, abogado de los pobladores de Mogna, a www.radiolalechuza.com.ar.

Según consta en la resolución judicial, a 4 meses de que ocurriera el derrame de cianuro en la mina Veladero sobre las nacientes del río Jáchal, «en virtud del informe emitido por la Universidad Nacional de Cuyo” , el agua «se encuentra por fuera de lo que establece el Código Alimentario Argentino, siendo la misma no apta para el consumo humano, atento al alto contenido de: arsénico (0,069 mg/l), boro (6 mg/l), cloruros (773 mg/l) y sulfatos (540 mg/l), superando los límites de los valores establecidos como máximos” en el código antes mencionado.

Desde el Juzgado consideran que es necesario evitar la ingesta de dicha agua por parte la población, ya que «afecta la garantía constitucionalmente reconocida en los artículos 58 y 60 de la Constitución Provincial y 41 de la Constitución Nacional, y lesiona el derecho a un ambiente humano de vida saludable y ecológicamente equilibrado; y el deber de conservarlo».

Por último, el escrito resuelve dos cuestiones puntuales y fundamentales. Una es «ordenar a la Unión Vecinal de Mogna la inmediata interrupción de la extracción del agua de pozo donde se abastece y su distribución domiciliaria”. La otra cuestión es que, «conforme al deber de prevención incorporado al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, se ordena a la Municipalidad de Jáchal y OSSE que «provean de agua embotellada a los usuarios de la red domiciliaria afectada de Mogna”.

Por otra parte, respecto a las repercusiones que pueda tener el fallo, Seguí comentó que «es de esperar que el gobernador y el presidente de OSSE le den instrucciones políticas a su abogado a que no apele la decisión judicial, no sólo porque fracasará en la instancia superior como fracasaron ya en el amparo de San Roque (otra localidad de Jáchal), sino porque se trata del consumo de agua potable que es un derecho humano reconocido en pactos internacionales que no se pueden negar”.



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