01/12/2004

La legislatura porteña sancionó la ley de expropiación definitiva para empresas recuperadas.

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El pasado 25 de noviembre la legislatura autónoma de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley de Expropiación Definitiva impulsada por el Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas y su abogado y legislador Diego Kravetz


Finalmente la legislatura porteña votó a favor el proyecto de ley de expropiación definitiva para fábricas y empresas recuperadas por sus trabajadores de la Capital Federal. El mismo fue promovido por el legislador Kirchenrista y abogado del Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas (MNER), Diego Kravetz. La resolución beneficia a 12 fábricas de la Capital Federal.

Dicha ley establece que a los 30 días de sancionada la norma, se proceda a las expropiaciones y que entre tanto la Ciudad ceda en títulos onerosos las instalaciones (inmuebles y maquinarias). Tales beneficios serían pagados por las cooperativas en 20 años a partir del tercer año de la expropiación a precio de remate.

En una comunicado de prensa, una vez sancionada la ley, aclaró que: queremos aclarar que en ninguno de los casos se afectó ni se afectará a la restante masa de acreedores, ya que hoy los bienes inmuebles no se realizan, o tardan entre 4 o 5 años en hacerlo, perdiendo su valor y los bienes muebles se liquidan en su mayoría como chatarra. Recuperar los activos productivos implicaría la capitalización por parte del Estado y el conjunto de la sociedad, ya que para constituir un nuevo puesto de trabajo de estas características se necesitaría de una inversión promedio de $ 500.000.

Esta medida favorece principalmente a la Imprenta Chilavert Artes Gráficas, dado que desde octubre pasado se le había vencido la expropiación transitoria y a una serie de empresas que iban tras ese camino.

Desde las 14.00, los trabajadores de varias empresas junto al MNER aguardaban, detrás el vallado que circunscribía a la fachada de la legislatura, la respuesta de los legisladores al tratamiento de los cinco proyectos presentados sobre leyes expropiatorias.

Estuvieron presentes las recuperadas Impa, Chilavert, algunos trabajadores de Brukman, Franco-Inglesa, Gatic Pigué, Gatic San Martín, Cooperativa Ceres y Viniplast además de la presencia de los obreros de Zanon, entre otras.

Asimismo apoyaron la jornada la Federación Gráfica Bonaerense y la Asociación de empleados de Farmacia de capital Federal (ADEF), además de sectores piqueteros como: El Movimiento Teresa Rodríguez, La Dignidad (MTR), La Unión de Trabajadores Piqueteros (UTP), Barridas del Sur «Carlos Almirón», El Movimiento de Trabajadores Desocupados (MTD) de Claypole, La Federación de Trabajadores Combativos Mesa Nacional (FTC), FTC Comodoro Rivadavia, delegados de Unión de Trabajadores Desocupados (UTD) Mosconi y desocupados de Pocitos.

Sin embargo la diferencia de criterios separó tras el vallado policial a los dos Movimientos que nuclear a empresas y fabricas recuperadas

Del otro lado ubicado en Perú y Alsina, se encontraba el Movimiento Nacional de Fábricas Recuperadas (MNFR) con la presencia de trabajadores de La Nueva Esperanza, Hospital Israelita, Lavalán y Brukman. Adriana, trabajadora de la Cooperativa La Nueva Esperanza, ex grissinopolis, explicó a Anred que el proyecto presentado del MNFR era aplazar por dos años más las expropiaciones y que ellos al estar nucleados en ese movimiento debían acatar las resoluciones de su abogado.

Finalmente cerca de las 17.00 a través de una radio abierta montada por los trabajadores, anunciaron que el proyecto de expropiación definitiva presentado por el MNER se concretó en ley con 45 votos y 5 en contra.

Los cuatro proyectos restantes, que no tuvieron éxito, fueron presentados por Luis Caro, abogado del MNFR, el diputado Helio Rebot del Frente Compromiso para el cambio, y el tercero por las diputadas Laura Moresi y Gabriela Michetti.

En el proyecto del diputado macrista, Rebot, apuntaba a crear un marco regulatorio para las empresas recuperadas pero que «no generara falsas expectativas en los emprendimientos que no tenían viabilidad». En el proyecto se detalla que una vez expropiadas, las cooperativas deberían pagar su costo a la Ciudad en un plazo de 10 años. Además como «facilidad adicional» se les daría prioridad para que las empresas sean proveedoras del Estado, siempre que los precios de los productos/ofertas estén a precio de mercado o hasta un siete por ciento mayor que los demás oferentes.

Por otro lado la propuesta de la ibarrista Laura Moresi y la macrista Gabriela Michetti propusieron la prórroga de las leyes sujetas a expropiación, de las fábricas que se han declarado de utilidad pública y están en proceso de quiebra. Moresi planteaba extender el plazo a un año más de prórroga antes de que se ejecuten las expropiaciones y en cambio Michetti esbozaba que fueran dos.

Frente a la propuesta del macrismo, Ernesto Gonzáles de la imprenta Chilavert declaró a Anred que «el macrismo no quiere firmar nada que sea un regalo para los trabajadores. Su propuesta es que paguemos las deudas pero quien sabe que va a pagar en dos años».

Por su parte Luis Caro abogado del MNFR, declaró: «Nosotros queremos que se prorrogue por dos años y se incorpore la posibilidad de que los trabajadores puedan comprar la fábrica. Lo que ocurre es que la ley de quiebras es una norma nacional y hay que respetarla». La perspectiva de Caro implica que en caso que los trabajadores no reúnan los capitales para comprar la deuda, una vez cumplido el plazo, se les retiraría la tenencia transitoria y pierden la fuente de trabajo.

mners.jpgEn declaración pública el MNER expresó:Los trabajadores hemos decidido que no se puede perder un puesto de trabajo mas, vamos a seguir ocupando las empresas que cierran, para ponerlas a producir en manos de los trabajadores. Creemos que es un deber de los legisladores generar las leyes y las políticas públicas necesarias para consolidar este proceso. Nos comprometemos a seguir luchando para que ésta Ley de la Ciudad sea realidad en todo el país. Con esta Ley no solo se está legislando, también se está haciendo Justicia.


Reproducimos la nueva ley de expropiación

Articulo 1: Declarase de utilidad pública y sujeto a expropiación en los términos de la Ley 238 (BOCBA N 798 de fecha 15/10/99), los inmuebles y todas sus instalaciones enumerados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ley.

Articulo 2: Declarase de utilidad publica y sujeto a expropiación en los términos de la ley 238 (BOCBA N 798 de fecha 15/10/99), los bienes muebles e intangibles existentes en el predio identificado en el punto 3) del anexo I, conforme al inventario que como anexo II forma parte integrante de la presente Ley.

Articulo 3: La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede a título oneroso los inmuebles y todas sus instalaciones expropiados de conformidad al articulo 1, con cargo a continuar con la explotación de las unidades productivas y con la consecución de sus fines solidarios, autogestionarios y cooperativos a las siguientes Cooperativas de Trabajo:

Cooperativa de Trabajo VIEYTES Limitada

Cooperativa de Trabajo CHILAVERT ARTES GRAFICAS Limitadas

Cooperativa de Trabajo LA NUEVA ESPERANZA Limitada

Cooperativa de Trabajo DIÓGENES TABORDA Limitada

Cooperativa de Trabajo COOPERPEL ENVASES INDUSTRIALES Limitada

Cooperativa de Trabajo VINIPLAST Limitada

Cooperativa de Trabajo 18 DE DICIEMBRE Limitada

Cooperativa de trabajo GRAFICA PATRICIOS Limitada

Cooperativa de Trabajo LA ARGENTINA Limitada

Cooperativa de Trabajo FÉNIX SALUD Limitada

Cooperativa de Trabajo MADERERA CORDOBA Limitada

Cooperativa de Trabajo LACTEOS MONTE CASTRO Limitada

Articulo 4: El Banco de la Ciudad de Buenos Aires actúa como tasador de los bienes sujetos a expropiación no pudiendo abonarse suma alguna, en concepto de indemnización, que supere el monto que razonablemente pudiera ser obtenido en el correspondiente remate judicial.

Articulo 5: El poder Ejecutivo a los treinta (30) días de promulgada la presente Ley iniciará los procesos expropiatorios correspondientes.

Artículo 6: La Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, o aquella que en el futuro la reemplace, es la autoridad de aplicación de la presente Ley.

Artículo 7: La Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable deberá establecer los mecanismos con los que se llevará a cabo la cesión a titulo oneroso dispuesta en el artículo 3.

El monto a abonar por la cesionaria estará determinado por la suma que se pague en concepto de indemnización y se reintegrará en cuotas pagaderas en un plazo no menor a 20 (veinte) años. Contado a partir del tercer año del efectivo pago.

Articulo 8: Facultase al Poder Ejecutivo, a través de la subsecretaría de Control Comunal y sus dependientes: la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, o el organismo que en el futuro las remplace, a transferir en forma definitiva las habilitaciones necesarias para el normal funcionamiento de las actividades desarrolladas por las Cooperativas de Trabajo mencionadas en el Articulo 3, quedando exceptuadas las mismas de
la normativa específica que inhibiere la transferencia de las habilitaciones o registros correspondientes.

Articulo 9: Exímase a las Cooperativas de Trabajo mencionadas en el articulo 3, del pago de todo impuesto, tasa, sellado o timbrado, que tenga origen en la tramitación de las habilitaciones y certificaciones administrativas para el normal desarrollo de sus actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 10: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deben ser imputados al Presupuesto General de Gastos y Recursos del ejercicio 2004.

Articulo 11: El Poder Ejecutivo deberá agotar todas las instancias para obtener la compensación de créditos fiscales contra los titulares dominiales enunciados en el artículo 3.


Para más información:

Eduardo Murúa (presidente del MNER): 011 (1552476195)

ocuparresistirproducir@yahoo.com.ar

www.mnerweb.com.ar



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