31/03/2011

La Plata: Un fallo «sexista y discriminatorio» denuncia el CIAJ

Reproducimos:

UN FALLO «SEXISTA Y DISCRIMINATORIO”

Las organizaciones de Derechos Humanos CIAJ, ELA y la ADC repudian el fallo de los jueces de casación Piombo y Sal Llargués que beneficia a un imputado condenado por cuatro violaciones a niñas menores de edad, absolviéndolo además del delito de corrupción de menores fundamentándose en el prejuicio de que las víctimas pertenecían a «comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas”.

El Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ), junto con el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) acompañaran con un amicus curiae el recurso presentado por el Fiscal de Casación ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires frente a una resolución sexista y discriminatoria firmada por los jueces Horacio Daniel Piombo y Benjamín Ramón Sal Llargués de la Sala I de Casación.

En un fallo polémico los jueces resolvieron reducir a la mitad la condena a prisión a Francisco Domingo Ávalos, fundamentando su resolución en que las niñas que fueron obligadas a mantener relaciones sexuales y quedaron embarazadas, son «mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas; que además, poseían experiencia sexual «“incluso en yacer con otros hombres- respecto de las cuales también operó el ejemplo brindado por otros sujetos para convencerlas de tener sexo natural con el objeto de estar en condiciones de concebir un hijo”.

Los magistrados afirman que los hechos sufridos por las niñas no son «moralmente edificantes” pero tampoco implican «un quehacer aberrante, repulsivo, que hiera la integridad sexual o que constituya, como se ha dicho, «la pompa de la deshonestidad”.

Los fundamentos expresados por los Dres. Horacio Daniel Piombo y Benjamín Ramón Sal Llargués se basan en prejuicios de carácter sexistas y clasistas. Esta resolución entiende que el contexto de vulnerabilidad en que se encuentran las víctimas «“es decir, ser niñas y pobres- actúa como un factor para absolver al imputado del delito de corrupción de menores, y atenuarle la pena por el otro delito impuesto por el tribunal de primera instancia.

Considerar que las niñas víctimas habían tenido experiencias sexuales previas y utilizar esto como un atenuante a la pena impuesta al pastor Francisco Ávalos, pone de manifiesto las concepciones prejuiciosas y discriminatorias en las que los jueces fundan sus resoluciones.

El argumento de los jueces para la absolución del imputado por el delito de corrupción, es que las víctimas pertenecían «a comunidades de un sector social que acepta las relaciones sexuales a baja edad», asentándose sobre el prejuicio de que las decisiones sobre cómo y cuándo ejercer la sexualidad le pertenecen «al grupo social», y no al individuo en particular. Siguiendo el razonamiento de los jueces, la esfera de autonomía sexual de las víctimas se modela de acuerdo a lo que su «sector social» supuestamente acepta. Y subrayamos el carácter de supuesto ya que no explican en qué basan su afirmación.

En esta resolución, como en otras, no sólo se produce un proceso de re-victimización sino de invisibilización de las situaciones de violencia sexual sufrida por niñas y mujeres. En este sentido, el sistema penal actúa como un factor legitimador de estas prácticas así como de los estereotipos de género que las subyacen.

Los criterios que son tenidos en cuenta por el derecho nacional e internacional en materia de derechos humanos para fortalecer la protección legal de las víctimas (condición económica desaventajada, condición de mujer y de niñas menores de 18 años), en esta causa son utilizados por los jueces Piombo y Sal Llargués para asegurar la impunidad de los perpetradores.

Condenamos el accionar de la justicia provincial

Repudiamos las declaraciones discriminatorias, sexistas y clasistas del fallo

CIAJ – Colectivo de Investigación y Acción Jurídica

ciajlaplata@yahoo.com.ar



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