12/02/2007

A un mes del asesinato de Darián Barzabal

COMUNICADO DE PRENSA

La Plata, 9 de febrero de 2007

A UN MES DEL ASESINATO DE DARIAN BARZABAL

«No hay maldita Policía sin maldito Poder Judicial”

Con motivo de cumplirse un mes del crimen de Dariá Barzábal por el Gatillo Fácil
de la Policía Bonaerense, el Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ)
que, junto a la Asociación Miguel Bru patrocinan a la Familia de Darian, informan
a la comunidad los pedidos que se hicieron a la Fiscalía y que todavía no tuvieron
ninguna respuesta:

 que el Ministerio Público Fiscal impute a quien se desempeñaba como Ayudante de
Guardia encargada de llevar el Libro de Novedades y Guardia de la Comisaría 3º de
Los Hornos, porque habría cometido delito de incumplimiento de los deberes de
funcionario público, encubrimiento y de falsedad ideológica de instrumento
público, al omitir llevar en tiempo real y en debidas formas los registros de la
mencionada dependencia policial.

Dicha omisión, conocida en la jerga policial como «parada de libros” es una de las
rutinas policiales aparentemente inofensivas, que consiste en llevar el registro
de los movimientos de las dependencias en «cuadernos paralelos” con un retraso no
menos de dos horas, para así disponer de un margen que les permita falsear datos,
o para maniobrar ante determinados casos de violencia policial.

La Ayudante de Guardia de la Comisaría Tercera de Los Hornos, si bien fue apartada
de las fuerzas de seguridad por la Auditoría General de Asuntos Internos
dependiente del Ministerio de Seguridad, aún no fue convocada como imputada por la
Fiscalía nº 4 tal como lo ordena la normativa vigente y ello es lo que exigen los
letrados que asisten a la familia de Darian.

 que en relación al arma de fuego, revolver calibre 32, marca Italo Gra Serie
4012, que trataron de «plantarle” a Darian para simular un enfrentamiento y así
justificar el asesinato del niño, la Auditoria General de Asuntos Internos,
determinó que era un secuestro que se encontraba en custodia en la dependencia
policial de Los Hornos. Una vez acreditado ello, el CIAJ y la Asociación Miguel
Bru, expresaron a la Fiscalía que investigue cuáles eran los funcionarios públicos
encargados y responsables de la custodia de dicho objeto. Ya que si bien dicho
arma resulta uno de los elementos para acreditar el fusilamiento y encubrimiento
respecto de la muerte del joven Darian, no es menos cierto, que tal objeto se
encontraba en custodia de los funcionarios policiales confiados a ellos en razón
de su cargo, y para aparecer en la escena del crimen debió ser sustraída
previamente del lugar donde se encontraba en custodia y ello debe ser investigado
a la luz de los artículos 255, 261
y 262 del Código Penal que prevén penas de hasta diez años de prisión.

 que se arbitren los medios tendientes a preservar a los testigos de represalias
e intimidaciones, y que se extremen las medidas a fin de resguardar todos los
efectos secuestrados en el marco de la causa. Ya que no resulta extraño que en las
causas donde están implicados policías, se «extravíen” las evidencias tal como
aconteció en el caso de Cristian Domínguez donde desaparecieron los cordones e
incluso, el paquete basculo nervioso obtenido en la operación de autopsia,
evidencia contundente para acreditar el asesinato.

 que debido a la negativa del imputado Santiago Regalía cuando se le
procedió a la extracción de sangre y orina durante el reconocimiento
médico legal que se le efectuara, se solicitó que se ordene el
secuestro de pelo para realizar, sobre las muestras obtenidas,
pericias toxicológicas tendientes a constatar la presencia de algún
tipo de residuo que permita demostrar si resulta consumidor de alguna
sustancia de uso prohibido. Este pedido que realizan los particulares
damnificados, se hace al inferir de tal negativa que Regalía pretende
ocultar que cuando asesino a Darián, se encontraba bajo los efectos de
alguna sustancia medicinal de uso prohibido.

 que trascurrido un mes del crimen, los patrocinante se han visto
impedidos de obtener copias de los varios cuerpos que tiene la causa.
Situación que impide la posibilidad de ejercer los derechos de los
fliares de Darian (Se presentó el pedido el 15 de enero, en dos
oportunidades más y en el día de ayer se presentó un pronto despacho
para que la causa pueda ser vista por la Defensa y para que la misma
obtenga copias).

El asesinato del joven Darian a través del Gatillo Fácil de la Policía Bonaerense
se suma a la larga lista de víctimas en manos de fuerzas de seguridad del Estado
Argentino. Se calcula según organizaciones de derechos humanos (Correpi), que
desde 1983 hasta la fecha, se registraron 2114 casos de gatillo fácil. Que en la
mayoría de ellos, las víctimas son jóvenes y pobres que viven en barrios
marginales.

El caso de Darian, en que la respuesta institucional fue acorde a lo esperado en
un Estado de Derecho, nos demuestra que en tantos otros casos impunes, no es
posible una maldita policía sin un maldito poder judicial.

Muchas son las causas en las que el poder judicial no tuvo la misma
respuesta. Algunas de ellas, donde el CIAJ junto a la Asociación
Miguel Bru acompañan a los familiares, son las siguientes: en el caso de Cristian Domínguez, el Fiscal Heredia, quien hoy sigue en su
cargo, paradójicamente ordenó iniciar la investigación de la muerte de Cristian a
los mismos policías de la Comisaría 1ra de Berisso, dependencia donde fue
asesinado el joven. En este caso desapareció el recibo de efectos, cortaron en
tres el cinto con que supuestamente se había ahorcado. En la autopsia que realizó
la Policía desaparecieron los paquetes vásculo nerviosos de Cristian, que
irrefutablemente hubiera podido determinar la causa de la muerte, e hicieron el
corte mentopubiano, casi hasta la altura de la mosca, sacando de ese modo un
pedazo de piel que acreditaba dónde había quedado marcada la hebilla del cinto.
La impunidad en el caso de Cristian Domínguez puede encontrarse
también en el asesinato de Migone Daniel Oscar, que el 10 de noviembre
de 2005 fue torturado y asesinado en el interior de la comisaría 9na
de La Plata.

Y la misma suerte corrió en Maximiliano Díaz Subils, que el 19 de
febrero de 2005 en la Comisaría de Tolosa encontró su muerte por
abandono de persona departe de los funcionarios policiales de dicha
dependencia.

En los casos de Díaz Subils y en el de Migone, no hay ningún policía
preso y en ambos casos, sumado al de Domínguez, el Poder Judicial, una
vez más, avaló las prácticas de la maldita policía.

Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ)

Tel 155242601-155683200



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