Caso Hernández: el Tribunal Superior de Justicia y su aval a la criminalidad policial
El Tribunal Superior de Justicia dictó una resolución atenuando la calificación legal del delito imputado al policía Claudio Salas, asesino de Braian Hernández, pasándola de homicidio calificado por haber sido cometido «abusando de su función o cargo, por ser miembro integrante de las fuerzas policiales” (art. 80 inc. 9 CP), a homicidio simple (art. 79 CP). Esto implica una reducción de la escala penal desde la prisión perpetua a una prisión de 8 a 25 años. Reproducimos comunicado de ZAINUCO/imágen: 8300web
El argumento esgrimido por los vocales Ricardo Kohon y Ricardo Cancela, consiste en que la sentencia condenatoria de primera instancia habría omitido fundamentar acabadamente la procedencia de tal agravante, por lo cual ellos entienden que si bien hubo un homicidio cometido por un policía en momentos en los que se encontraba cumpliendo funciones, y tal homicidio constituye un hecho criminal, eso no implica necesariamente un abuso de la función policial.Kohon y Cancela no dicen que no haya existido el delito de homicidio, sino solamente que la comisión de un homicidio por parte de un policía estando en funciones no constituye necesariamente abuso de la función policía.
El poder ni siquiera se preocupa por ocultar sus manifestaciones más extremas, lo dice explícitamente: el asesinato de Braian Hernández es una acción propia del ejercicio de la función policial, no constituye un abuso de la misma.Cabe agregar a todo esto que semejante disparate jurídico ni siquiera había sido planteado por la defensa de Salas. Es decir, a sus defensores particulares jamás se les ocurrió plantear que la agravante del inc. 9 del art. 80 del CP no fuera procedente. Tal cuestión nunca estuvo en discusión a lo largo de las numerosas instancias judiciales por las cuales la causa tuvo que atravesar.
Sin embargo, los vocales Kohon y Cancela decidieron introducirla, seguramente luego de la búsqueda desesperada de algún argumento posible para procurarle la impunidad a Salas y mandar un claro mensaje de respaldo a las acciones criminales llevadas adelante por la policía provincial.Resulta evidente la manipulación discrecional de los elementos jurídicos a los fines de favorecer la mancillada imagen que se ha construido la policía provincial, tras los repetidos hechos de abuso, tortura y asesinato de jóvenes en las cárceles y los barrios del oeste. Tamaña aberración jurídica presenta consecuencias insospechadas al poder ser extendida a otros casos de asesinatos policiales, y al ser receptada por la policía como una legitimación judicial de su accionar criminal.
Desde Zainuco hemos decidido acompañar a Ely Hernández en la querella penal y recurrir esta sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a los fines de que revoque la resolución y confirme la condena obtenida anteriormente, dando fin al largo camino que ha sido necesario recorrer para obtener el reconocimiento judicial de un hecho patente de homicidio policial.
ZAINUCO, 24 de Septiembre de 2014